Disponen publicación de proyecto de “Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030”, la Hoja de Ruta y su Exposición de Motivos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000167-2025-PRODUCE

Lima, 28 de abril de 2025

VISTOS: Los Memorandos N°s. 00000505-2025-PRODUCE/DGAAMI y 00000556-2025-PRODUCE/DGAAMI de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, el Informe N° 00000085-2025-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, y el Informe N° 00000397-2025-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, establece que dicho Ministerio es competente, entre otros, en industria, micro y pequeña empresa y comercio interno; y, el numeral 6.1 del artículo 6 de la citada norma señala que tiene entre sus funciones específicas dictar normas y políticas nacionales, entre otros, sobre la promoción de la industria y comercio interno, en armonía con la protección del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad de conformidad con lo establecido por el ente rector en materia ambiental;

Que, la Política Nacional de Competitividad y Productividad, aprobada por el Decreto Supremo N° 345-2018-EF, contiene el Objetivo Prioritario N° 9: Promover la sostenibilidad ambiental en la operación de actividades económicas, mediante la conservación de la infraestructura natural, la promoción de la economía circular en los mercados, la creación de capacidades para gestión de la puesta en valor de recursos naturales y la generación de soluciones sostenibles y diversificadas para el desarrollo productivo empresarial;

Que, el “Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2024-2030”, aprobado por el Decreto Supremo N° 237-2019-EF y actualizado por el Decreto Supremo N° 203-2024-EF, en la Medida de Política 9.2 “Gestión integral de residuos sólidos y transición hacia una economía circular” del Objetivo Prioritario 9: “Promover la sostenibilidad ambiental en la operación de las actividades económicas”, señala como resultado esperado que se desarrollen acciones para continuar los esfuerzos en la transición hacia una economía circular, iniciados por la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria, aprobada por el Decreto Supremo N° 003-2020-PRODUCE; para dicho efecto, la Medida de Política 9.2 dispone, como uno de sus hitos a cumplir, que el Ministerio de la Producción apruebe la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria 2025-2030;

Que, la “Hoja de Ruta Nacional de Economía Circular al 2030”, aprobada por el por el Decreto Supremo N° 003-2025-MINAM, es un instrumento de planificación y orientación de las políticas, normas y prácticas de las actividades económicas a nivel sectorial y territorial para una transición justa, efectiva, coherente y coordinadas del Perú hacia una economía circular; además, la “Acción Estratégica 1.2. Actualizar e implementar el marco estratégico nacional para promover y facilitar la economía circular” del Objetivo Estratégico 1 “Gobernanza y políticas circulares”, establece como uno de sus indicadores, el número de Hojas de Ruta de Economía Circular Sectoriales aprobadas y/o en implementación; para dicho efecto, se aprueba como Anexo 4 los “Lineamientos para la elaboración de Hojas de Ruta de EC Sectoriales”;

Que, el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, establece como uno de los lineamientos para la gestión ambiental de las actividades de la industria manufacturera y comercio interno, el promover el máximo aprovechamiento de material de descarte de las actividades productivas, mediante el establecimiento de alcances, condiciones u otros aspectos, así como la prevención y/o minimización de la generación de residuos sólidos, su valorización y el tránsito hacia una economía circular;

Que, el artículo 10 del referido Reglamento dispone que el Ministerio de la Producción propicia la transición hacia la economía circular de las actividades industriales manufactureras y de comercio interno, garantizando que las oportunidades que genera la transición a la economía circular, sean igualmente accesibles y beneficiosas tanto para las mujeres como para los hombres, mediante la promoción de estrategias, normas, procedimientos y/o incentivos, para el desarrollo de acciones de fortalecimiento de capacidades, reglamentación técnica, adopción de tecnologías, valorización, aprovechamiento de material de descarte, facilitación del flujo de materiales y/o sinergias productivas, entre otros;

Que, el artículo 16 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que las entidades de la Administración Pública difunden las normas jurídicas de carácter general que sean de su competencia, a través de sus respectivas sedes digitales, revistas institucionales, en caso cuenten con ellas, y en general todos aquellos medios que hagan posible la difusión colectiva; asimismo, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 de la precitada norma dispone que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario;

Que, a través del Informe N° 00000036-2025-PRODUCE/DIGAMI-pdelgado, la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria sustenta la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030”, a fin de cumplir con uno de los hitos de la Medida de Política 9.2 “Gestión integral de residuos sólidos y transición hacia una economía circular” del Objetivo Prioritario 9 “Promover la sostenibilidad ambiental en la operación de las actividades económicas” del “Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2024-2030”;

Que, por el Informe N° 00000023-2025-PRODUCE/DN-pportella, la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio considera pertinente la emisión de una Resolución Ministerial que disponga la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030”, a fin de recoger los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general;

Que, mediante el Informe N° 00000397-2025-PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, desde el punto de vista legal, resulta viable disponer la publicación del referido proyecto de Decreto Supremo y sus anexos;

Que, de acuerdo con el sustento técnico antes indicado y atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, resulta necesario publicar el proyecto de “Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030”, la referida Hoja de Ruta y su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción, por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo

Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta de Economía Circular de la Industria Manufacturera y Comercio Interno al 2030”, la referida Hoja de Ruta y su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de su publicación, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general.

Artículo 2.- Mecanismos de participación

Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo al que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sean presentados a través de la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, o remitidos a la dirección de correo electrónico: dgaami@produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO GONZALEZ GUERRERO

Ministro de la Producción

2394369-1