Autorizan viaje de la Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria a Chile, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN ministerial

N° 190-2025-EF/10

Lima, 25 de abril del 2025

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Oficio N° GEO-O- NJ-11042025-01, el Secretario Ejecutivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) cursa invitación a la Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria para que participe en la 59ª Asamblea General del CIAT y en las Reuniones Institucionales del CIAT: Consejo Directivo y la Sesión Administrativa, que se llevarán a cabo el 5 de mayo de 2025, en la ciudad de Santiago, República de Chile;

Que, el CIAT es un organismo internacional público, sin fines de lucro, que brinda asistencia técnica especializada para la actualización y modernización de las administraciones tributarias; en ese sentido, su labor se centra en apoyar a los gobiernos nacionales de sus países miembros, entre los cuales se encuentra el Perú, promoviendo la aceptación social y el fortalecimiento institucional de las administraciones tributarias, así como fomenta la cooperación internacional y el intercambio de experiencias y mejores prácticas;

Que, la SUNAT es parte del Consejo Directivo del CIAT, desde abril del 2024, por un periodo de dos años, por lo que resulta necesario que participe de las reuniones institucionales, donde se abordarán temas de suma importancia como la aprobación del Acta N° 214, los Informes del Secretario Ejecutivo, la Conformación del Consejo Directivo 2025-2026, el Comité de Temas para la 60a Asamblea General y la Declaración Técnica de la 59a Asamblea General, entre otros;

Que, al ser la SUNAT parte del Consejo Directivo del CIAT se estima conveniente la participación de la señora Marilú Haydeé Llerena Aybar, Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, en las referidas reuniones, considerando que ello permitirá intercambiar experiencias y tomar decisiones con los representantes de otras jurisdicciones que enfrentan retos similares a los que enfrenta Perú; lo cual coadyuvará al cumplimiento de las metas y objetivos institucionales de la SUNAT;

Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la SUNAT;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Marilú Haydeé Llerena Aybar, Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 4 al 6 de mayo de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle:

Pasajes aéreos : US$ 869.58

Viáticos (1+1) : US$ 740.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante el Titular del Sector, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ

Ministro de Economía y Finanzas

2394323-1