Decreto Supremo que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de diversos Gobiernos Locales y un Gobierno Regional ganadores del Concurso FIDT 2024

DECRETO SUPREMO

Nº 076-2025-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1435, Decreto Legislativo que establece la implementación y funcionamiento del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial – FIDT, señala que el FIDT tiene como finalidad el financiamiento o cofinanciamiento de inversiones y estudios de preinversión, incluyendo los estudios de perfil y las fichas técnicas, de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, orientados a reducir las brechas en la provisión de servicios e infraestructura básicos, que tengan mayor impacto en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país y que generen un aumento de la productividad con un enfoque territorial, para lo cual la Secretaría Técnica del FIDT brindará asistencia técnica a las entidades beneficiarias en el marco de los concursos FIDT;

Que, en los párrafos 8.1 y 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1435, se establece que los recursos depositados en la cuenta del FIDT se incorporan en el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que resulten ganadores del concurso respectivo, mediante modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados; las que se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Secretaría Técnica. Asimismo, la incorporación de dichos recursos se limita al monto de gasto que se ha previsto ejecutar durante el año fiscal correspondiente, conforme a los respectivos cronogramas. Los montos a ser ejecutados en los años fiscales subsiguientes de acuerdo al citado cronograma se incorporan en cada año fiscal conforme al procedimiento establecido;

Que, los artículos 11 y 12 del mencionado Decreto Legislativo establecen como función del Consejo Directivo del FIDT, entre otras, aprobar la lista final de las inversiones y estudios de preinversión, incluyendo los estudios de perfil y las fichas técnicas, que reciben el financiamiento o cofinanciamiento, en atención a las recomendaciones propuestas por la Secretaría Técnica; y, como función de la Secretaría Técnica, entre otras, la de ejecutar los acuerdos aprobados por el Consejo Directivo;

Que, mediante el Acuerdo Nº 01-30-2024 del Acta Nº 30 de la Sesión del Consejo Directivo del FIDT desarrollada los días 23 de setiembre y 04 de octubre de 2024, se aprueban las Bases del Concurso FIDT 2024: “Concurso para el financiamiento o cofinanciamiento de inversiones y estudios de preinversión a nivel de perfil y fichas técnicas”, por un monto concursable ascendente a S/ 260 933 839,40 (DOSCIENTOS SESENTA MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 40/100 SOLES);

Que, las citadas Bases se publicaron el 10 de octubre de 2024 en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante el Comunicado Nº 007-2024-FIDT: “Invitación a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Mancomunidades (regionales y municipales) a participar en el Concurso FIDT 2024”; publicándose el texto de las Bases, el cronograma del concurso, así como los formatos y anexos correspondientes; y el 12 de octubre de 2024 en el Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano se publicó la Convocatoria al Concurso FIDT 2024 – Concurso para el financiamiento o cofinanciamiento de inversiones y estudios de preinversión a nivel de perfil y fichas técnicas;

Que, luego de la evaluación realizada por la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FIDT a las solicitudes presentadas por diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, se cuenta con un total de ochenta y cuatro (84) propuestas seleccionadas, correspondiente a ochenta y tres (83) gobiernos locales y un (01) gobierno regional, por el monto ascendente a S/ 260 611 437,36 (DOSCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 36/100 SOLES), de las cuales sesenta y un (61) propuestas obtuvieron el 100% de financiamiento por el monto ascendente a S/ 174 833 350,88 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 88/100 SOLES); mientras que veintitrés (23) propuestas obtuvieron un cofinanciamiento entre el 75% y 95% por un monto de S/ 85 778 086,48 (OCHENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y SEIS Y 48/100 SOLES);

Que, con fecha 30 de enero de 2025, se publicó en la sede digital del MEF el Comunicado Nº 002-2025-FIDT: Publicación de propuestas seleccionadas en el Concurso FIDT 2024, mediante el cual la Secretaría Técnica pone en conocimiento que mediante el Acuerdo Nº 01-31-2025 del Acta Nº 31 de la Sesión del Consejo Directivo del FIDT, de fecha 24 de enero de 2025, se aprobaron los resultados y la lista de propuestas seleccionadas en el marco del Concurso FIDT 2024, Concurso para el financiamiento y cofinanciamiento de inversiones y estudios de preinversión a nivel de perfil y fichas técnicas. Asimismo, se indica que la lista de propuestas seleccionadas comprende un total de ochenta y cuatro (84) propuestas con un monto de S/ 260 611 437,36 (DOSCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 36/100 SOLES);

Que, la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FIDT informa que suscribió ochenta y cuatro (84) convenios con ochenta y tres (83) gobiernos locales y un (01) gobierno regional que cumplieron con presentar la documentación requerida en las Bases, por un monto total de S/ 260 611 437,36 (DOSCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 36/100 SOLES), cuyo objeto es financiar o cofinanciar: i) la elaboración de veintitrés (23) estudios de preinversión/fichas técnicas; ii) la elaboración de cincuenta y seis (56) expedientes técnicos y ejecución física de proyectos de inversión; iii) la ejecución física de un (01) proyecto de inversión; y, iv) la ejecución física de cuatro (04) IOARR;

Que, de acuerdo con los cronogramas de desembolso previstos en los ochenta y cuatro (84) convenios suscritos, la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FIDT informa que corresponde autorizar la incorporación de recursos en el Año Fiscal 2025, por el monto total de S/ 182 020 146,00 (CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES VEINTE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor de ochenta y tres (83) gobiernos locales y un (01) gobierno regional para el financiamiento o cofinanciamiento de la elaboración de estudios de preinversión / fichas técnicas y la ejecución de inversiones;

Que, mediante el Memorando Nº 0393-2025-EF/52.06, de fecha 14 de abril de 2025, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas informa que los recursos del FIDT depositados en moneda nacional y moneda extranjera en el Banco Central de Reserva del Perú, al 31 de marzo de 2025 ascienden a S/ 225 003 398,74 (DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 74/100 SOLES) y US$ 44 137 234,62 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 62/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, en consecuencia, corresponde autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor de ochenta y tres (83) gobiernos locales y un (01) gobierno regional, correspondiente a ochenta y cuatro (84) convenios suscritos, hasta por la suma de S/ 182 020 146,00 (CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES VEINTE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del FIDT, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para financiar o cofinanciar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1435, Decreto Legislativo que establece la implementación y funcionamiento del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial - FIDT, así como su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2019-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Autorización de Crédito Suplementario a favor de diversos gobiernos locales y de un gobierno regional

1.1 Autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 182 020 146,00 (CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES VEINTE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales y un gobierno regional ganadores del Concurso FIDT 2024, para financiar o cofinanciar los gastos que demanden la elaboración de estudios de preinversión a nivel de perfil/ fichas técnicas y la ejecución de inversiones, de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS En Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5: Recursos Determinados

1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 182 020 146,00

(Recursos provenientes del Fondo Invierte

para el Desarrollo Territorial – FIDT)

--------------------

TOTAL INGRESOS 182 020 146,00

============

EGRESOS En Soles

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGO : Gobiernos Regionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 874 416,00

---------------

Sub total Gobiernos Regionales 874 416,00

=========

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGO : Gobiernos Locales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 181 145 730,00

--------------------

Sub total Gobiernos Locales 181 145 730,00

--------------------

TOTAL EGRESOS 182 020 146,00

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos a ser incorporados, se consignan en el Anexo: “Lista de 84 convenios suscritos en el marco del Concurso FIDT 2024 (financiamiento y cofinanciamiento)” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Procedimiento para la autorización institucional

2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en el Crédito Suplementario, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ

Ministro de Economía y Finanzas

2394315-2