Designan fiscales en los Distritos Fiscales de Piura y de Lima Centro

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 1272-2025-MP-FN

Lima, 25 de abril de 2025

VISTOS:

El oficio Nº 000036-2025-ARIF/JNJ, de fecha 20 de marzo de 2025, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 112-2025-JNJ, de fecha 19 de marzo de 2025, el oficio Nº 001741-2025-MP-FN-PJFSPIURA, de fecha 21 de abril de 2025, y el informe Nº 00049-2025-MP-FN-OREF-MRUO, de fecha 21 de abril de 2025, y;

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 279-2024-MP-FN, de fecha 30 de enero de 2024, se resolvió designar a la abogada Claudia Natali Montero Soto, fiscal provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5o Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis.

Por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1751-2018-MP-FN y 462-2020-MP-FN, de fechas 30 de mayo de 2018 y 2 de marzo de 2020, respectivamente, se resolvió designar al abogado Pío Jorge Vidalón Cabanillas, fiscal provincial titular penal (corporativo) de Morropón, Distrito Fiscal de Piura, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ventanilla.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 379-2025-MP-FN, de fecha 10 de febrero de 2025, se resolvió declarar procedente el pedido de traslado por permuta formulado por los abogados Claudia Natali Montero Soto, fiscal provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro; y Pío Jorge Vidalón Cabanillas, fiscal provincial titular penal (corporativo) de Morropón, Distrito Fiscal de Piura.

En razón a ello, a través del oficio de vistos, cursado por la abogada Carmen Mirta Obando Zavala, jefa del Área de Registro de Información Funcional de la Junta Nacional de Justicia, se remite la Resolución Nº 112-2025-JNJ, de fecha 19 de marzo de 2025, mediante la cual la Junta Nacional de Justicia dispone cancelar los títulos de nombramiento de los abogados Claudia Natali Montero Soto como fiscal provincial penal de Lima del Distrito Fiscal de Lima Centro y Pío Jorge Vidalón Cabanillas, como fiscal provincial penal (corporativo) de Morropón del Distrito Fiscal de Piura, expidiéndoles nuevos títulos como fiscal provincial penal (corporativo) de Morropón del Distrito Fiscal de Piura y fiscal provincial penal de Lima del Distrito Fiscal de Lima Centro, respectivamente.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

En ese sentido, en virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, considerando el oficio de vistos cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura y el marco normativo antes señalado, corresponde emitir el acto resolutivo que disponga las designaciones de los abogados Claudia Natali Montero Soto y Pío Jorge Vidalón Cabanillas conforme a los nuevos títulos de nombramiento expedidos por la Junta Nacional de Justicia.

Del mismo modo, estando a que la abogada Claudia Natali Montero Soto, será designada en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Catacaos, corresponde dar por concluido el nombramiento de la abogada Ely Natalia Fiestas Anton como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, y su designación en el referido despacho.

Consecuentemente, teniendo en cuenta que la abogada Ely Natalia Fiestas Anton, retiene cargo de carrera como fiscal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Catacaos, Distrito Fiscal de Piura, resulta oportuno designarla en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Catacaos, para lo cual previamente deberá darse por concluida la designación de la abogada Marianella Wong Cardoza, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, en el mencionado despacho.

Asimismo, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar la labor fiscal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”, resulta necesario contar con fiscales con experiencia en el desempeño de la función fiscal, así entonces, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Paita, en mérito al marco normativo se ha considerado oportuno designar a la abogada Marianella Wong Cardoza, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, en la fiscalía antes señalada.

Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificado por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Claudia Natali Montero Soto, fiscal provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5o Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 279-2024-MP-FN, de fecha 30 de enero de 2024.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Pío Jorge Vidalón Cabanillas, fiscal provincial titular penal (corporativo) de Morropón, Distrito Fiscal de Piura, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ventanilla, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1751-2018-MP-FN y 462-2020-MP-FN, de fechas 30 de mayo de 2018 y 2 de marzo de 2020, respectivamente.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Ely Natalia Fiestas Anton, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, y su designación en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Catacaos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2915-2019-MP-FN , 971-2020-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 18 de octubre de 2019, 4 de septiembre de 2020 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Cuarto.- Dar por concluida la designación de la abogada Marianella Wong Cardoza, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Catacaos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3978-2018-MP-FN, 2915-2019-MP-FN y 971-2020-MP-FN, de fechas 9 de noviembre de 2018, 18 de octubre de 2019 y 4 de septiembre de 2020, respectivamente.

Artículo Quinto.- Designar a la abogada Claudia Natali Montero Soto, fiscal provincial titular penal (corporativa) de Morropón, Distrito Fiscal de Piura, en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Catacaos.

Artículo Sexto.- Designar a la abogada Ely Natalia Fiestas Anton, fiscal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Catacaos, Distrito Fiscal de Piura, en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Catacaos.

Artículo Séptimo.- Designar a la abogada Marianella Wong Cardoza, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Paita.

Artículo Octavo.- Designar al abogado Pío Jorge Vidalón Cabanillas, fiscal provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5o Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis.

Artículo Noveno.- Hacer de conocimiento a los abogados mencionados que deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Décimo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Piura, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA

Fiscal de la Nación

2394242-9