Designan fiscal en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro y lo destacan a la Segunda Fiscalía Suprema Penal
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1266-2025-MP-FN
Lima, 25 de abril de 2025
VISTOS:
El oficio Nº 000141-2025-SG/JNJ, de fecha 14 de abril de 2025, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 141-2025-JNJ, de fecha 8 de abril de 2025, y el informe Nº 0085-2025-MP-FN-OREF-YGRC, de fecha 23 de abril de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, cursado por la abogada Giovanna María Díaz Revilla, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación el 16 de abril de 2025, se remite copia certificada de la resolución de vistos en el marco del concurso público para la selección y nombramiento de fiscales adjuntos provinciales - acceso abierto, de la convocatoria Nº 006-2024-SN/JNJ; por la cual se nombró al abogado Gustavo Enrique Gamero Osorio como fiscal adjunto provincial penal de Lima del Distrito Fiscal de Lima Centro.
Con fecha 11 de abril de 2025, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Gustavo Enrique Gamero Osorio, en el cargo descrito en el párrafo que antecede.
Mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1452-2020-MP-FN, 834-2021-MP-FN y 511-2022-MP-FN de fechas 22 de diciembre de 2020, 8 de junio de 2021 y 29 de marzo de 2022, respectivamente, se resolvió nombrar al abogado Gustavo Enrique Gamero Osorio como fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Penal; quien labora a la fecha en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.
El Manual Normativo de Personal Nº 003-93-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 001-93-INAP/DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa en el numeral 3.4.2 de su apartado III sobre Licencias y Permisos que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente”.
En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, corresponde emitir el acto resolutivo a fin de designar al abogado Gustavo Enrique Gamero Osorio, para lo cual previamente se deberá dar por concluido su nombramiento y designación señalados en el tercer párrafo de la presente resolución.
En ese contexto y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar a la labor fiscal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”, se considera necesario contar con fiscales con experiencia en el desempeño de la función fiscal, así entonces, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fiscal adjunto provincial en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, se ha considerado oportuno, en mérito al marco normativo, designar al abogado Gustavo Enrique Gamero Osorio en la referida fiscalía, asimismo, por necesidad de servicio, destacarlo a la Segunda Fiscalía Suprema Penal.
Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gustavo Enrique Gamero Osorio, como fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Segunda Fiscalía Suprema Penal; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1452-2020-MP-FN, 834-2021-MP-FN, 511-2022-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 22 de diciembre de 2020, 8 de junio de 2021, 29 de marzo de 2022 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Designar al abogado Gustavo Enrique Gamero Osorio, fiscal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro; asimismo, destacarlo a la Segunda Fiscalía Suprema Penal, a partir de la fecha de posesión de cargo en la citada fiscalía hasta el 31 de diciembre de 2025 u otra disposición por necesidad de servicio.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Gustavo Enrique Gamero Osorio que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Segunda Fiscalía Suprema Penal, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2394242-3