Autorizan viaje del Defensor del Pueblo a Italia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN DEFENSORIAL

N° 005-2025/DP

Lima, 24 de abril de 2025

VISTO:

El Informe N° 0226-2025-DP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y sus antecedentes, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modificatorias; y, mediante Resolución Defensorial N° 0021-2024/DP se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones;

Que, Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, disponen que las resoluciones que autoricen viajes al exterior de la República serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, deberán indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje y el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac, y deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, en ese sentido, con el Informe N° 0226-2025-DP/OGAJ, de fecha 24 de abril de 2025, en atención a lo comunicado a través de los Memorandos N° 019-2025-DP/GAB y N° 0264-2025-DP/OGAF y el Informe N° 0179-2025-DP/OGGDH, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que “(…) resulta de interés institucional que se emita el acto resolutivo que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, al Defensor del Pueblo del 27 de abril de 2025 al 01 de mayo de 2025, considerando el itinerario del viaje, inclusive, a la ciudad de Roma - Italia, para participar -como máximo representante de la Entidad- en la Primera reunión presencial de la Red y taller temático de la Red de Funcionarios contra el Racismo y la Discriminación de la UNESCO, cuyo objetivo central marca un momento crucial en la implementación del programa de trabajo de la Red y busca consolidar nuestro compromiso común en la lucha contra el racismo y la discriminación mediante la colaboración institucional, el intercambio de conocimientos y la acción conjunta. Los gastos serán financiados con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: - Viáticos Internacionales US$ 2,160.00 dólares americanos (equivalente a S/ 8,640.00 Soles aproximadamente).- Pasajes Internacionales US$ 3,665.00 dólares americanos (equivalente a S/. 13,560.50 Soles aproximadamente); precisándose que, por motivos de transporte aéreo a la ciudad de Roma - Italia, se está considerando el viaje, a partir del día 27 de abril de 2025 y el retorno de la comisión del servicio el día 01 de mayo de 2025. En ese sentido, en tanto dure la ausencia del Titular, el Despacho Defensorial deberá ser encargado a la Defensora Adjunta General, en cumplimiento de lo establecido en el primer párrafo del artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones vigente.”;

Con los visados de la Oficina General de Gestión y Desarrollo Humano, de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7° y los literales d) y q) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 0021-2024/DP;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Defensor del Pueblo, señor Josué Manuel GUTIÉRREZ CÓNDOR, a la ciudad de Roma - Italia del 27 de abril al 01 de mayo de 2025, considerando el itinerario del viaje, inclusive, para participar en la Primera reunión presencial de la Red y taller temático de la Red de Funcionarios contra el Racismo y la Discriminación de la UNESCO.

Artículo Segundo.- Los gastos serán financiados con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: - Viáticos Internacionales US$ 2,160.00 dólares americanos (equivalente a S/ 8,640.00 Soles aproximadamente).- Pasajes Internacionales US$ 3,665.00 dólares americanos (equivalente a S/. 13,560.50 Soles aproximadamente). La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo Tercero.- ENCARGAR la atención del Despacho Defensorial a la abogada Rina Karen RODRÍGUEZ LUJÁN, Defensora Adjunta General de la Defensoría del Pueblo, a partir del 27 de abril al 01 de mayo de 2025 y/o en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR

Defensor del Pueblo

2394032-1