“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
La Punta, 25 de abril de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA
VISTOS:
El Memorando Nº 001556-2025-MDLP/GM-OGPPMI emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones; el Informe Nº 000057-2025-MDLP/GM-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 000158-2025-MDLP/AL-GM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante la Ley Nº 31433, se incorpora el artículo 119-A a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, estableciendo que “Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”;
Que, el numeral 5.3.1 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 015-2024-PCM/ SD, que aprueba el «Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales» establece que la realización y el desarrollo de las audiencias públicas de rendición de cuentas es responsabilidad de la máxima autoridad de los gobiernos locales. Sin embargo, considerando que el informe de rendición de cuentas versa sobre el desarrollo de la gestión, corresponde al gobierno local, en su conjunto, organizar y realizar las audiencias públicas. De esta manera, en su realización deben participar los diferentes órganos e instancias de los gobiernos descentralizados, los cuales asumen diferentes responsabilidades, previamente reguladas;
Que, el artículo 12.2º de la Ordenanza Nº 010-2024-MDL/AL, que aprueba el Reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de La Punta, establece que: “La convocatoria se realiza en un plazo no menor a treinta (30) días calendarios previos al desarrollo de la audiencia y contiene:
- Fecha, hora y lugar de la audiencia pública.
- Propuesta de agenda y el plazo de quince (15) días calendarios improrrogables para formular propuestas sobre la temática de la audiencia.
- Lugar y plazo para la inscripción de participantes.”
Que, mediante el Memorando Nº 001556-2025-MDLP/GM-OGPPMI de fecha 09 de abril de 2025, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones remite la propuesta de Cronograma de Actividades de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad del periodo 2025, a realizarse el 28 de mayo de 2025, indicando su aprobación mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante el Informe Nº 000057-2025-MDLP/GM-OGAJ de fecha 09 de abril de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que procede expedir el Proyecto de Decreto de Alcaldía, que apruebe la convocatoria de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de La Punta del año 2025, fijada para el 28 de mayo de 2025, conforme el Memorando Nº 001556-2025-MDLP/GM-OGPPMI de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones;
Estando a lo expuesto, contando con los vistos de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y en uso de las facultades otorgadas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Artículo 1º.- CONVOCAR a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año 2025, la cual se realizará el día miércoles 28 de mayo de 2025, a las 18:00 horas, en el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), ubicado en Malecón Pardo Nº 125, distrito de La Punta, conforme al siguiente cronograma:
Nº |
ACTIVIDAD |
FECHA |
1 |
Convocatoria a la Primera Audiencia Pública de "Rendición de Cuentas" para el periodo 2025 |
28 de abril de 2025 |
2 |
Propuesta de agenda de participantes inscritos (Plazo 15 días calendarios desde la convocatoria) |
Del 28 de abril hasta el 12 de mayo de 2025 |
3 |
Inscripción de participantes en general |
Del 28 de abril hasta el 28 de mayo de 2025 |
4 |
Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de "Rendición de Cuentas" para el periodo 2025 |
28 de mayo de 2025 |
Artículo 2º.- FIJAR los puntos de la Agenda de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, de acuerdo con el detalle señalado en el siguiente cuadro, que forma parte integrante de la presente resolución:
Nº |
TEMAS A TRATAR |
1 |
Nivel de ejecución presupuestal para el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI), por temáticas como programas sociales, gestión de riesgo de desastres, seguridad ciudadana u otros temas priorizados de acuerdo a la realidad territorial. |
2 |
Cartera de proyectos de inversión priorizada, indicando el Código Único de inversiones (CUI), nombre del proyecto, su estado actual, gestiones realizadas, responsables de ejecución y fecha de cumplimiento. |
3 |
Planes para mejorar la gestión y la calidad de servicios públicos específicos, así como los avances, dificultades y lecciones aprendidas en su ejecución, de acuerdo a la realidad territorial. |
4 |
Adopción de políticas públicas locales y el avance en su implementación, sobre todo, respecto de aquellas de interés para determinados grupos de la población. |
5 |
Las disposiciones municipales de relevancia e impacto para la ciudadanía, emitidas en el último semestre. |
6 |
Adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, montos comprometidos, proveedores y consultorías contratadas, indicando las necesidades satisfechas. |
7 |
Acciones de prevención en gestión de riesgo de desastres. |
8 |
Acciones para promover la implementación de los mecanismos de transparencia e integridad en la gestión local. |
9 |
Funcionamiento de espacios de concertación, como el Consejo de Coordinación Local (CCL), así como otros mecanismos de participación ciudadana que existan en el territorio. |
10 |
Funcionamiento de la Instancia de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres, del comité de seguridad ciudadana, consejo de coordinación de salud y educación, consejo local o mesas de trabajo para personas adultas mayores, comisión de lucha contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, comisión local anticorrupción, entre otros que funcionen en el distrito. |
11 |
Otros temas que son informados de manera obligatoria en el portal de transparencia estándar de la entidad y demás que la autoridad local considere de importancia. |
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Secretaría General, Archivo y Comunicaciones, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones, la Gerencia de Desarrollo Humano y las demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de La Punta, el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe) y la plataforma del estado peruano (www.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAMÓN RICARDO GARAY LEÓN
Alcalde
OSCAR GUILLERMO ARANA SILVA
Secretario General
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