Designan Asesora de la Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado

RESOLUCIÓN Nº D000452-2025-JUS/PGE-PG

San Isidro, 23 de abril del 2025

VISTOS:

El Proveído Nº D004408-2025-JUS/PGE-GG, emitido por la Gerencia General; el Informe Nº D000211-2025-JUS/PGE-OA, emitido por la Oficina de Administración; y, el Informe Nº D001056-2025-JUS/PGE-OA-UFRH, emitido por la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la Oficina de Administración.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1326, modificado por la Ley Nº 31778, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como ente rector del Sistema y organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de Derecho Público Interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; estableciéndose en su artículo 18 que la Procuradora General del Estado es la titular del pliego y funcionaria de mayor nivel jerárquico de Procuraduría General del Estado.

Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas.

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30057, establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasifican en los grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias, señalando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de confianza.

Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 3 de la Ley Nº 30057, el servidor de confianza es el servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la confianza por parte de la persona que lo designó. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; debiendo cumplir con el perfil del puesto en función de formación, conocimientos y experiencia y no están sujetos a período de prueba, conforme lo prevén los artículos 178 y 263 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 30057 dispone que el vínculo entre los servidores de confianza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confianza de quien los designa; en tanto que su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad.

Que, con Resolución de Gerencia General Nº D000103-2024-JUS/PGE-GG, se aprueba el Manual de Perfiles de Puestos de la Procuraduría General del Estado - PGE, donde se establece los requisitos del puesto “Asesor(a)” de Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado, el cual se encuentra asignado en el código de puesto Nº CO20004, previsto como “puesto de confianza”.

Que, el puesto de Asesor(a) de la Presidencia Ejecutiva, se encuentra comprendido en la Sección Nº 1 del Registro de Contratación Directa de la Procuraduría General del Estado, referida a los servidores de confianza, asimismo este puesto se encuentra comprendido en el Plan de Implementación para Puestos del Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil de la Procuraduría General del Estado aprobados por Resolución Nº D000005-2025-JUS/PGE-GG, actualizado por Resolución Nº D000042-2025-JUS/PGE-GG.

Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor(a) de la Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo, mediante la emisión del acto resolutivo correspondiente.

Que, por otro lado, conforme al numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y se dictan otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022- PCM, las Oficinas de Recursos Humanos o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción.

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado que compendia las Secciones Primera y Segunda del referido instrumento de gestión, publicado por Decreto Supremo Nº 009-2020-JUS y Resolución Ministerial Nº 0186-2020-JUS, respectivamente, la Oficina de Administración es el órgano de apoyo responsable de gestionar, entre otros, el sistema administrativo de recursos humanos, para cuyo efecto, por medio de la Unidad Funcional de Recursos Humanos, le corresponde la verificación de los requisitos del perfil del cargo en la entidad, emitiendo para ello la opinión técnica correspondiente.

Que, en ese sentido, mediante informe de vistos, la Oficina de Administración, hace suyo el Informe Nº D001056-2025-JUS/PGE-OA-UFRH, emitido por la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, en el cual se concluye que la señora Rosario Esther Tapia Flores, cumple con el perfil y los requisitos requeridos para ser designada en el cargo de Asesora de la Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado.

Con los vistos de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, y de la Oficina de Asesoría Jurídica.

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS; por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; y por las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado, aprobadas por Decreto Supremo Nº 009-2020-JUS y Resolución Ministerial Nº 0186-2020-JUS, respectivamente.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designación

Designar a la señora Rosario Esther Tapia Flores, en el puesto de Asesora, de la Presidencia Ejecutiva de la Procuraduría General del Estado, bajo el régimen de la Ley del Servicio Civil.

Artículo 2.- Régimen Laboral

El vínculo de la señora Rosario Esther Tapia Flores, se rige exclusivamente por el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, su reglamento y las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

Artículo 3.- Notificación

Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución a la señora Rosario Esther Tapia Flores, para su conocimiento y fines correspondientes.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA AURORA CARUAJULCA QUISPE

Procuraduria General

Procuraduría General del Estado

2393406-1