Designan Auxiliar Coactivo del INDECOPI

RESOLUCIÓN Nº 000043-2025-PRE/INDECOPI

San Borja, 23 de abril del 2025

VISTOS: El Informe Nº 000059-2025-UEC/INDECOPI de la Unidad de Ejecución Coactiva; el Informe Nº 000042-2025-OAF/INDECOPI de la Oficina de Administración y Finanzas; el Informe Nº 000211-2025-ORH/INDECOPI de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe Nº 000169-2025-OAJ/INDECOPI de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 00142-2025-GEG/INDECOPI de la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal d) del artículo 2 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 26979, “Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, señala que el Auxiliar Coactivo es aquél cuya función es colaborar con el Ejecutor Coactivo;

Que, el artículo 5 del TUO de la Ley Nº 26979 señala como funciones del Auxiliar Coactivo las delegadas por el Ejecutor Coactivo, encontrándose entre estas la realización de diligencias ordenadas por este último; la suscripción de notificaciones, actas de embargo y demás documentos que se vinculen al procedimiento de ejecución coactiva; así como dar fe de los actos en los que interviene en el regular desempeño de sus funciones;

Que, el artículo 7 del TUO de la Ley Nº 26979, establece que tanto la designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar Coactivo se efectúa mediante concurso público de méritos y, en su calidad de funcionarios de la entidad, la representan y ejercen su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva;

Que, mediante el Informe Nº 000059-2025-UEC/INDECOPI, la Unidad de Ejecución Coactiva comunica que, habiendo resultado el señor Antonio Ortiz Guevara ganador de la Convocatoria CAS Nº 063-2025, corresponde su designación como Auxiliar Coactivo del INDECOPI, con eficacia anticipada a partir del 08 de abril de 2025;

Que, en la misma línea de lo señalado por la Unidad de Ejecución Coactiva, con el Informe Nº 000042-2025-OAF/INDECOPI, la Oficina de Administración y Finanzas señala que corresponde emitir el acto resolutivo de designación del señor Ortiz Guevara como Auxiliar Coactivo del INDECOPI;

Que, con el Informe Nº 000211-2025-ORH/INDECOPI la Oficina de Recursos Humanos, tras la evaluación respectiva, emite opinión técnica señalando que corresponde emitir la resolución que dé publicidad el cargo del mencionado servidor, con eficacia a partir del 08 de abril de 2025;

Que, de conformidad con el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros, por lo que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que este tenga eficacia anticipada a su emisión, siempre que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; como ocurre en el presente caso, por efecto de haber ganado el señor Ortiz Guevara la Convocatoria CAS Nº 063-2025 como Auxiliar Coactivo y haberse incorporado a la institución a partir del 08 de abril de 2025;

Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado mediante Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, establecen que el Presidente Ejecutivo del INDECOPI es la autoridad interna de mayor nivel jerárquico de la entidad, su titular y, en tal sentido, su representante institucional;

Que, mediante el Informe Nº 000169-2025-OAJ/INDECOPI, la Oficina de Asesoría Jurídica manifiesta que la Presidencia Ejecutiva de la institución está facultada para emitir el acto resolutivo de designación del señor Antonio Ortiz Guevara como Auxiliar Coactivo del INDECOPI;

Que, en virtud de la naturaleza de las funciones del Auxiliar Coactivo, las mismas que son de interés general, resulta necesaria la difusión y conocimiento de la identidad del servidor que ejerce el cargo por parte de los administrados, terceros y entidades correspondientes;

Con los vistos de la Gerencia General, de la Unidad de Ejecución Coactiva, de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Oficina de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y

De conformidad, con lo establecido en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado mediante Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al señor Antonio Ortiz Guevara como Auxiliar Coactivo del INDECOPI, con eficacia anticipada al 08 de abril de 2025.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Web Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI (www.indecopi.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), el mismo día de la publicación de la resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALBERTO VILLANUEVA ESLAVA

Presidente Ejecutivo

2393323-1