Designan Ejecutor Coactivo de la Unidad de Cobranza y Ejecución Coactiva de la Oficina de Administración de la SUNAFIL
Resolución de Superintendencia
N° 000067-2025-SUNAFIL
Lima, 23 de abril de 2025
VISTOS:
El Informe N° 44-2025-SUNAFIL/GG/OAD/UCEC, de fecha 15 de abril de 2025, de la Unidad de Cobranza y Ejecución Coactiva de la Oficina de Administración; el Informe N° 124-2025-SUNAFIL/GG/ORH, de fecha 16 de abril de 2025, de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe N° 184-2025-SUNAFIL/GG-OAJ, de fecha 22 de abril de 2025, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;
Que, el artículo 12° y el literal f) del artículo 13° de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobada por Decreto Supremo N° 010-2022-TR, dispone que la Superintendencia es el órgano de Alta Dirección que ejerce la conducción general de los órganos y unidades orgánicas de la entidad y está a cargo del Superintendente que es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego Presupuestal, y tiene por función designar y remover a los directivos y/o servidores de confianza de la SUNAFIL;
Que, a través del Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, el cual dispone en su artículo 7°, numeral 7.1, que la designación del Ejecutor Coactivo, como del Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos. Y el numeral 7.2, dispone que, tanto el ejecutor como el auxiliar coactivo ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva;
Que, de conformidad, al artículo 1° de la Ley N° 27204, Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza, establece que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación se efectúa, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y, el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7° establece que el régimen de la eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17° es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros; aspectos que se advierten han sido observados en el presente caso, de acción de personal, lo cual hace viable la emisión del acto resolutivo correspondiente;
Que, a través del Informe N° 44-2025-SUNAFIL/GG/OAD/UCEC, la Unidad de Cobranza y Ejecución Coactiva de la Oficina de Administración, solicitó a la Oficina de Recursos Humanos, realizar las acciones correspondientes para designar, al señor David Paul Rosas Gandullia, en el puesto de Ejecutor Coactivo de la Unidad de Cobranza y Ejecución Coactiva de la Oficina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, quien resultó ganador de la convocatoria CAS N° 024(SC)-2025-SUNAFIL-GG-ORH;
Que, mediante Informe N° 124-2025-SUNAFIL/GG/ORH, la Oficina de Recursos Humanos, en el ámbito de sus competencias, ha emitido opinión técnica favorable para designar, a partir del 16 de abril de 2025, al señor David Paul Rosas Gandullia, en el puesto de Ejecutor Coactivo de la Unidad de Cobranza y Ejecución Coactiva de la Oficina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL; así como, para viabilizar la acción de personal antes mencionada;
Que, mediante el informe de vistos la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal favorable para designar al señor David Paul Rosas Gandullia, en el puesto de Ejecutor Coactivo de la Unidad de Cobranza y Ejecución Coactiva de la Oficina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL;
Por las consideraciones antes expuestas, con el visado del Gerente General, del Jefe de la Oficina de Recursos Humanos, y de la Jefa (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica; de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobada por el Decreto Supremo N° 018-2018-JUS.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Designar, con eficacia anticipada, a partir del 16 de abril de 2025, al señor DAVID PAUL ROSAS GANDULLIA, en el puesto de Ejecutor Coactivo de la Unidad de Cobranza y Ejecución Coactiva de la Oficina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL.
Artículo 2°.- Notificar la presente resolución a la persona mencionada en el artículo precedente, así como a la Oficina de Recursos Humanos y a la Unidad de Cobranza y Ejecución Coactiva de la Oficina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, para las acciones correspondientes.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL (www.gob.pe/sunafil).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE MICHAEL GUEVARA VARELA
Superintendente
2393302-1