Autorizan viaje de personal naval a Colombia, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00460-2025-DE
Lima, 23 de abril del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 3091/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00785-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00751-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, en el Acta de XXVI Reunión de Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, realizada en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia el 6 de agosto de 2024, en el Anexo “A”, Entendimiento E-10-XXVI-24, acuerdan continuar con la ejecución de la Jornada Binacional de Apoyo al Desarrollo, en las poblaciones ribereñas del Río Putumayo y del Río Amazonas, con presencia de Unidades Fluviales de ambos países;
Que, mediante Acta de la Conferencia Inicial de Planeamiento para la Jornada de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, del 12 de diciembre de 2024, se señaló que, a fin de iniciar las coordinaciones pertinentes entre la Fuerza Naval de la Amazonía y la Comandancia General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú, para continuar con el esfuerzo operacional y de acción social, el cual viene beneficiando a la población ribereña de los Ríos Putumayo y Amazonas, se acordó la participación de Unidades Fluviales de ambas Armadas y/o Marinas;
Que, posteriormente, a través del del Acta de la Conferencia Media de Planeamiento para la Jornada de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, del 7 de febrero de 2025, se continuó con las coordinaciones para la ejecución de la Jornada Binacional 2025; asimismo, la Comandancia General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú confirmó la participación de las Unidades Fluviales B.A.P. “UCAYALI” (CF-14) y B.A.P. “PASTAZA” (ABH-305) en la ceremonia de clausura de la Jornada Binacional 2025, a realizarse en la ciudad de Puerto Leguízamo, República de Colombia, entre el 18 y 19 de junio de 2025;
Que, durante la Conferencia Final de Planeamiento de la XVI Jornada Binacional de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, se determinó una versión final del plan de intención de maniobras, lo que previa a la ceremonia de clausura, la Fuerza Naval de la Amazonía de la República de Colombia requiere que el B.A.P. “UCAYALI” (CF-14) y el B.A.P. “PASTAZA” (ABH-305) se encuentren el 18 de junio de 2025 en la República de Colombia, a fin de facilitar suministros logísticos o alguna otra necesidad;
Que, de acuerdo al Itinerario de Viaje del B.A.P. “UCAYALI” (CF-14) y el B.A.P. “PASTAZA” (ABH-305), anexada al expediente, señala que el zarpe de las citadas unidades se realizará el 1 de mayo de 2025 del Puerto de Iquitos, República del Perú, con escala en los Puertos de Santa Rosa, El Estrecho y Lupita, República del Perú, arribando al Puerto de Leguízamo, República de Colombia, el 18 de junio de 2025; asimismo, el zarpe de retorno al Perú será al término de la Ceremonia desde el Puerto de Leguízamo, República de Colombia, el 19 de junio de 2025, y arribar al Puerto de Iquitos (según demanda), considerando dos (2) días de pago de asignación especial por estadía en puerto extranjero;
Que, con Informe Legal N° 011-2025, la Oficina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú opina que resulta legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval a bordo de las Unidades Fluviales B.A.P. “UCAYALI” (CF-14) y B.A.P. “PASTAZA” (ABH-305), para participar en la Ceremonia de Clausura de la XVI Jornada de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, a realizarse el 18 y 19 de junio de 2025, en el Puerto Leguízamo, República de Colombia;
Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente, se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá afianzar los lazos de unión y fraternidad entre ambos países, necesarios para poder enfrentar problemas comunes en la Amazonía, contribuyendo a las acciones dispuestas en los aspectos institucionales de soberanía e integridad territorial y en apoyo a la política exterior; asimismo, se señala que el Comandante de la Flotilla de Unidades Fluviales de la Amazonía ha considerado la participación de las Unidades Fluviales del B.A.P. “UCAYALI” (CF-14) y del B.A.P. “PASTAZA” (ABH-305), con sus respectivas dotaciones en comisión de servicio al exterior para la ejecución de la Jornada Binacional de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, y al término participar en la ceremonia de clausura de dicha actividad;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 078-2025, suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos y por el Jefe de la Oficina de Gestión de Remuneraciones, Pasajes y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú se detalla el gasto por concepto de asignación especial por estadía en puerto extranjero, que se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 089-2025, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000001 emitida por el Director de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, con Oficio N° 3091/51 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará en la ceremonia de clausura de la XVI Jornada de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025; asimismo, adjunta los Anexos “A” y “B” que contienen la relación nominal del personal participante y el itinerario de viaje, respectivamente; quienes viajarán a bordo de las Unidades Fluviales B.A.P. “UCAYALI” (CF-14) y B.A.P. “PASTAZA” (ABH-305), al Puerto Leguízamo, República de Colombia, del 18 al 19 de junio de 2025, y de acuerdo al itinerario previsto, deberán zarpar del Puerto de Iquitos, República del Perú el 1 de mayo de 2025, con escala en los Puertos de Santa Rosa, El Estrecho y Lupita, República del Perú, arribando al Puerto de Leguízamo, República de Colombia, el 18 de junio de 2025; asimismo, el zarpe de retorno al país será al término de la Ceremonia desde el Puerto de Leguízamo, República de Colombia, el 19 de junio de 2025;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF establece que, en el caso que la comisión de servicios se realice a bordo de Unidades Navales de Superficie o Submarinas, el monto de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero será calculado teniendo en cuenta cada día de estadía en puerto extranjero y según los porcentajes del monto de la compensación extraordinaria determinada conforme al artículo precedente y que se señala en el Anexo 4 del citado decreto supremo;
Que, a través del Oficio N° 00785-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 064-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 00751-2025-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú; del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que se detalla en la relación nominal del Anexo “A”, que forma parte integrante de la presente resolución ministerial, para participar en la ceremonia de clausura de la XVI Jornada de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, a bordo de las Unidades Fluviales del B.A.P. “UCAYALI” (CF-14) y del B.A.P. “PASTAZA” (ABH-305), a realizarse en el Puerto Leguízamo, República de Colombia, del 18 al 19 de junio de 2025, y de acuerdo al itinerario que se detalla en el anexo “B”, el cual forma parte integrante de la presente resolución; los cuales zarparán del Puerto de Iquitos, República del Perú, el 1 de mayo de 2025; y el zarpe de retorno del Puerto de Leguízamo, República de Colombia será el 19 de junio de 2025, al término de la citada ceremonia.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente concepto:
Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero
Puerto de Leguízamo (República de Colombia)
US$ 74.86 x 4 Oficiales Subalternos x 2 días US$ 598.88
Puerto de Leguízamo (República de Colombia)
US$ 71.28 x 41 Personal Subalterno x 2 días US$ 5,844.96
Puerto de Leguízamo (República de Colombia)
US$ 44.91 x 5 Personal de Marinería x 2 días US$ 449.10
Total a pagar: US$ 6,892.94
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar el puerto de recalada, la fecha de zarpe o arribo y la duración de la estadía en puerto que no amerite mayor asignación económica a la autorizada en el artículo 2 de la presente resolución ministerial, sin incrementar la asignación especial por estadía en puerto extranjero y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, así como, en situaciones de urgencia que afecten el itinerario e impidan cumplir con los días establecidos, como las que se indican a continuación:
• Por condiciones meteorológicas desfavorables, averías mayores y cualquier situación logística de emergencia que puedan afectar la seguridad del personal o ponga en riesgo las unidades durante la navegación o en su permanencia en los puertos a recalar.
• Por evaluación de la situación política o de seguridad del país de recalada previo al arribo o durante su permanencia en él.
• Por condiciones de salud de algún tripulante de las dotaciones que requiera ser evacuado o trasladado para atención médica de emergencia.
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina, queda facultado para reemplazar, desembarcar y/o disponer el retorno al Puerto del Iquitos, con cargo al presupuesto institucional, a cualquier tripulante que cometa infracciones disciplinarias graves o muy graves, por motivos de salud personal o de familiar directo o en casos de fuerza mayor que requieran la presencia del tripulante.
Artículo 5.- El personal naval más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
ANEXO “A”
RELACIÓN NOMINAL DEL PERSONAL PARTICIPANTE EN LA CEREMONIA DE CLAUSURA
DE LA XVI JORNADA DE APOYO AL DESARROLLO COLOMBIA - PERÚ 2025 A BORDO
DE LA UNIDAD FLUVIAL B.A.P. “UCAYALI” (CF-14)
Nº |
GRADO |
ESP. |
APELLIDOS Y NOMBRES |
CIP. |
DNI. |
1 |
Tte. 1° |
CG. |
DAVILA AREVALO JUAN MIGUEL |
00121046 |
73804554 |
2 |
Tte. 1° |
SN.(MC) |
SERRANO FUNG SOFIA ALEJANDRA |
00202460 |
47223944 |
3 |
Tte. 2° |
CG. |
LUQUE PEREYRA FERNANDO MANUEL |
01169439 |
72305480 |
4 |
T1. |
SEÑ. |
CALLE MARTINEZ DAVID |
04936206 |
9995382 |
5 |
T2. |
ELE. |
TORRES CARDENAS DANIEL |
01942773 |
43383830 |
6 |
T2. |
ART. |
VILLANUEVA CASAÑO HUGO JESUS |
00070026 |
44757382 |
7 |
T2. |
RAR. |
MEJIA MICHA JOSE DILMER |
01052251 |
41971411 |
8 |
T2. |
BSA. |
POETIZA PEREZ GINO LINDER |
00085467 |
40834570 |
9 |
T3. |
MAN. |
SAAVEDRA SOTO FREDDY MARTIN |
02077395 |
44654440 |
10 |
T3. |
ART. |
CAHUAZA DEL AGUILA SANDRO |
02074308 |
42399513 |
11 |
T3. |
COC. |
CURICHIMBA RIVERA RAUL |
01911909 |
44124214 |
12 |
OM1. |
MAY. |
GUAYABERO PANAIFO OLEGARIO |
00079625 |
43645724 |
13 |
OM1. |
BSA. |
RODRIGUEZ QUISPE ANGEL ADRIAN |
01140474 |
76211131 |
14 |
OM1. |
BSA. |
HUAMANI VARONA RENZO ARTURO |
01149416 |
47519340 |
15 |
OM2. |
ART. |
HUAMAN VARGAS ANDRES JULINHO |
00145543 |
76954456 |
16 |
OM2. |
ADM. |
RAMIREZ VASQUEZ OSWALDO MARCELO |
00173721 |
70321578 |
17 |
OM2. |
BSA. |
LOZANO ISIDRO CHRISTOPHER |
01099978 |
46803727 |
18 |
OM2. |
IMA. |
QUEREVALU ATOCHE EDWAR FRANKLIN |
01119527 |
73233137 |
19 |
OM3. |
ELE. |
PACHECO PALOMINO BRANDON YIN |
02153671 |
76742347 |
20 |
OM3. |
MOT. |
GAMBOA PALOMINO LUIS FERNANDO |
00153953 |
77575028 |
21 |
OM3. |
PRA. |
HUAMAN MONTOYA JHOJAN |
01100750 |
73208017 |
22 |
OM3. |
ART. |
APAZA HUANCA GONZALO |
00251100 |
72509136 |
23 |
OM3. |
PRA. |
CHUICA RUIZ RASHMIR JOFRAN |
00239136 |
73654349 |
24 |
OM3. |
MOT. |
MARQUEZ PIE JOSUE ELI |
00267168 |
62174556 |
25 |
OM3. |
MOT. |
FRANCISCO MORALES JOSE ANTONIO |
00250120 |
72844895 |
26 |
OM3. |
ENF. |
HUANAY PALACIOS ABEL |
00142803 |
77086382 |
27 |
OM3. |
MAN. |
ALLACARIMA CASTILLO GERONIMO ANDRE |
00246190 |
76569914 |
28 |
OM3. |
PAN. |
MANIHUARI SOLIS LUIS MIGUEL |
00134508 |
74552915 |
29 |
OM3. |
TEL. |
RETUERTO NUÑEZ OSCAR JUNIOR |
03132560 |
48808708 |
30 |
OM3. |
IMA. |
VASQUEZ PICHARDO JOSE ENRIQUE |
00173927 |
72913911 |
RELACIÓN NOMINAL DEL PERSONAL PARTICIPANTE EN LA CEREMONIA DE CLAUSURA
DE LA XVI JORNADA DE APOYO AL DESARROLLO COLOMBIA - PERÚ 2025
A BORDO DE LA UNIDAD FLUVIAL B.A.P. “PASTAZA” (ABH-305)
ANEXO “B”
ITINERARIO DE VIAJE DEL B.A.P. “UCAYALI” (CF-14) y B.A.P. “PASTAZA” (ABH-305)
2393253-1