Designan fiscales en los Distritos Fiscales de Lima Centro y Cañete

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 1232-2025-MP-FN

Lima, 23 de abril de 2025

VISTOS:

El oficio Nº 000091-2025-SG/JNJ, de fecha 17 de marzo de 2025, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 094-2025-JNJ, de fecha 10 de marzo de 2025 y el informe Nº 00014-2025-MP-FN-OREF-JABE, de fecha 10 de abril de 2025, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, cursado por la abogada Giovanna María Díaz Revilla, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación el 18 de marzo de 2025, se remite copia certificada de la resolución de vistos emitida por la Junta Nacional de Justicia en el marco del concurso público para la selección y nombramiento de fiscales adjuntos supremos, fiscales superiores, fiscales adjuntos superiores y fiscales provinciales - acceso abierto, de la convocatoria Nº 004-2024-SN/JNJ, por la cual se nombró a los abogados Gabriela Milagros Burgos Ruidías y Edison Calderón Campana como fiscales provinciales especializados en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro del Distrito Fiscal de Lima Centro.

Con fecha 14 de marzo de 2025, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó los títulos de nombramiento a los abogados Gabriela Milagros Burgos Ruidías y Edison Calderón Campana, en los cargos descritos en el párrafo que antecede.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2809-2023-MP-FN, de fecha 25 de octubre de 2023, se resolvió nombrar a la abogada Gabriela Milagros Burgos Ruidías, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándola en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad de Sullana y Tumbes, con sede en el Distrito Fiscal de Tumbes; quien labora a la fecha en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2790-2024-MP-FN, de fecha 4 de diciembre de 2024, se resolvió nombrar al abogado Edison Calderón Campana, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 5º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María; quien labora a la fecha en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1089-2024-MP-FN, de fecha 2 de mayo de 2024, se resolvió designar a la abogada Rosa Luz Retamozo Eguía, fiscal provincial titular penal (corporativa) de Cañete, Distrito Fiscal de Cañete, en el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales; quien labora a la fecha en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 245-2025-MP-FN, de fecha 29 de enero de 2025, se resolvió nombrar al abogado Jaime Enrique Ortega Gómez, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2430-2023-MP-FN, de fecha 27 de septiembre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Brayan Wilmer Montero De La Cruz, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete; quien labora a la fecha en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, prevé que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa.

Mediante los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.

El Manual Normativo de Personal Nº 003-93-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 001-93-INAP/DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa en el numeral 3.4.2 de su apartado III sobre Licencias y Permisos que: “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente”.

En ese sentido y en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, corresponde emitir el acto resolutivo a fin de designar a los abogados Gabriela Milagros Burgos Ruidías y Edison Calderón Campana conforme a sus títulos de nombramiento; para lo cual previamente se deberá dar por concluidos los nombramientos y designaciones de los fiscales mencionados en el quinto, sexto y séptimo párrafo de la presente resolución.

Asimismo, en atención a la necesidad de servicio y a fin de coadyuvar con la distribución de la carga procesal, resulta oportuno emitir el acto resolutivo respectivo con el fin de disponer el destaque de la abogada Gabriela Milagros Burgos Ruidías a la Fiscalía Penal Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificado por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Gabriela Milagros Burgos Ruidías, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, y su designación en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Sullana y Tumbes, con sede en la ciudad de Tumbes; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2809-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 25 de octubre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Rosa Luz Retamozo Eguía, fiscal provincial titular penal (corporativa) de Cañete, Distrito Fiscal de Cañete, en el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1089-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 2 de mayo de 2024 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Edison Calderón Campana, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el 5º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2790-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 4 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jaime Enrique Ortega Gómez, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 245-2025-MP-FN, de fecha 29 de enero de 2025.

Artículo Quinto.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Brayan Wilmer Montero De La Cruz, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2430-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 27 de septiembre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Sexto.- Designar a la abogada Gabriela Milagros Burgos Ruidías, fiscal provincial titular especializada en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, destacándola a la Fiscalía Penal Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos.

Artículo Séptimo.- Designar al abogado Edison Calderón Campana, fiscal provincial titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales.

Artículo Octavo.- Designar a la abogada Rosa Luz Retamozo Eguía, fiscal provincial titular penal (corporativa) de Cañete, Distrito Fiscal de Cañete, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete.

Artículo Noveno.- Designar al abogado Jaime Enrique Ortega Gómez, fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Cañete, Distrito Fiscal de Cañete, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete.

Artículo Décimo.- Hacer de conocimiento a los abogados Gabriela Milagros Burgos Ruidías, Edison Calderón Campana, Rosa Luz Retamozo Eguía, Jaime Enrique Ortega Gómez y Brayan Wilmer Montero De La Cruz que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Décimo Primero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Cañete, Lima Centro, Sullana y Tumbes, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA

Fiscal de la Nación

2393182-5