Resolución Ministerial que aprueba versión actualizada del Marco Estratégico de Reforma de la Administración Financiera del Sector Público 2023-2027
resolución ministerial
N° 184-2025-EF/11
Lima, 22 de abril del 2025
RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE APRUEBA VERSIÓN ACTUALIZADA DEL MARCO ESTRATÉGICO DE REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO 2023-2027
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, se establecieron normas básicas sobre la Administración Financiera del Sector Público para su gestión integrada y eficiente, de manera intersistémica, en un contexto de sostenibilidad y responsabilidad fiscal;
Que, el numeral 6.3 del artículo 6 del citado Decreto Legislativo establece que los integrantes de la Administración Financiera del Sector Público se articulan mediante el Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público;
Que, el artículo 2 del Reglamento Interno del Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 057-2019-EF/10, establece que una de sus funciones es aprobar estrategias y medidas orientadas a la integración extrasistémica e intersistémica del marco normativo de la Administración Financiera del Sector Público con todos sus integrantes;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 402-2023-EF/11, se aprueba el Marco Estratégico de Reforma de la Administración Financiera del Sector Público 2023 - 2027;
Que, con Informe N° 004-2025-EF/11.06.02, la Secretaría Técnica del Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público, en el marco de las competencias establecidas en el citado Reglamento Interno, propone la aprobación de una versión actualizada del Marco Estratégico de Reforma de la Administración Financiera del Sector Público, que facilite el seguimiento de las mencionadas reformas;
Que, durante la sétima sesión extraordinaria del Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público, llevada a cabo el 14 de abril de 2025, se aprobó de manera unánime la versión actualizada del Marco Estratégico de Reforma de la Administración Financiera del Sector Público 2023-2027; por lo que resulta necesario expedir la norma que apruebe el referido documento;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Reglamento Interno del Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 057-2019-EF/10; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar la versión actualizada del Marco Estratégico de Reforma (MER) de la Administración Financiera del Sector Público 2023-2027, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Implementación del MER
Los Objetivos Generales del MER se alcanzan mediante la interacción intersistémica con la contribución de cada una de las Direcciones Generales integrantes del Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público. Corresponde a dichas Direcciones Generales, a través de la implementación de sus Planes de Acción de Reforma (PAR), la consecución de los objetivos específicos del MER.
Artículo 3.- Seguimiento del MER
3.1. El Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público realiza el seguimiento del MER a través de un Tablero de Control que registra y muestra la información de los indicadores de resultado del MER y progresivamente sobre los indicadores de producto de los PAR.
3.2. Corresponde a las Direcciones Generales integrantes del Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público, la elaboración de las fichas detalladas de cada uno de los indicadores de resultado del MER y reportar sobre los indicadores de producto de sus PAR, sobre la base de información existente y de producción periódica; que permita la medición de los avances en la implementación de la reforma.
Artículo 4.- Planes de Acción de Reforma
4.1. El MER se implementa a través de los PAR de cada Sistema Administrativo y de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos integrantes de la Administración Financiera del Sector Público. Dichos PAR están alineados con la versión actualizada del Marco Estratégico de Reforma de la Administración Financiera del Sector Público que se aprueba con la presente norma. Su actualización posterior se aprueba por acuerdo del Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público.
4.2. Es responsabilidad de cada Dirección General establecer y dar a conocer en la ficha detallada de cada uno de los indicadores de producto del PAR a su cargo, la línea de base, las metas y los plazos que permitan el seguimiento a través del Tablero de Control; y en tanto se implemente este, a través de reportes trimestrales al Viceministerio de Hacienda. Corresponde a la Secretaría Técnica del Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público, presentar dicha información en las sesiones de dicho Comité.
Artículo 5.- Publicación
La presente Resolución Ministerial y la versión actualizada del Marco Estratégico de Reforma de la Administración Financiera del Sector Público 2023-2027 se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ
Ministro de Economía y Finanzas
2393001-1