Modifican el artículo segundo de la Resolución Administrativa 049-2025-P/TC

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 060-2025-P/TC

Lima, 22 de abril de 2025

VISTA

La Resolución Administrativa 049-2025-P/TC, de fecha 16 de abril de 2025; la comunicación electrónica de la Secretaría General de la fecha; y,

CONSIDERANDO

Que, mediante la Resolución Administrativa 049-2025-P/TC, se concede licencia con goce de haber al magistrado Manuel Monteagudo Valdez, para que en comisión de servicios asista como expositor el Seminario Internacional “Diálogo sobre el Derecho Internacional, la Constitución y el Derecho Interno: Una visión nacional y comparada”, que se realizará los días 08 y 09 de mayo del 2025, en Santiago de Chile, Chile;

Que, en el artículo segundo de la resolución, se advierte un error de redacción, en tanto se ha consignado en letras un valor del pasaje aéreo que discrepa del valor estimado del pasaje aéreo por S/ 7,500.00 soles, que informa el director general de administración el 16 de abril de 2025;

Que, en los numerales 212.1 y 212.2 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, se precisa que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos, pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión y que producida la rectificación ella adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

Que, dicho ello, corresponde rectificar el error material contenido en el artículo segundo de la Resolución Administrativa 049-2025-P/TC emitida el 16 de abril de 2025;

Es uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo,

SE RESUELVE

Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo segundo de la Resolución Administrativa 049-2025-P/TC, de fecha 16 de abril de 2025, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, por el valor estimado del pasaje aéreo por S/ 7,500.00 soles (siete mil quinientos con 00/100 soles) y de S/ 138.75 (ciento treinta y ocho con 75/100 soles) por la adquisición del seguro de viaje internacional del magistrado comisionado.

Artículo Segundo.- COMUNICAR la presente resolución al magistrado comisionado, a la vicepresidencia, a los señores magistrados del Tribunal Constitucional; a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración, y a las Oficinas Gestión y Desarrollo Humano, Logística, Contabilidad y Tesorería, Asesoría Jurídica, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional, para los fines de ley.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional (www.tc.gob.pe).

Regístrese, publíquese y comuníquese.

LUZ I. PACHECO ZERGA

Presidenta

2392964-1