Autorizan viaje de personal policial a Chile, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 0663-2025-IN

Lima, 22 de abril de 2025

VISTOS, el Oficio Nº 662-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 001100-2025-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta s/n, de fecha 29 de enero de 2025, el General Director de Carabineros de Chile cursa invitación al Comandante General de la Policía Nacional del Perú, con la finalidad de que, acompañado de su edecán, participe en la Ceremonia Oficial conmemorativa del 98º aniversario de los Carabineros de Chile, a realizarse el 28 de abril de 2025, en la ciudad de Santiago de la República de Chile;

Que, con Informe Nº 14-2025-COMGEN PNP/SEC.SECPRI, la Comandancia General sustenta la importancia y viabilidad de la participación del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú y del Comandante de la Policía Nacional del Perú DANNY CHRISTIAN SEVILLA ARIAS, en la comisión descrita precedentemente;

Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión Nº 109-2025-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú y del Comandante de la Policía Nacional del Perú DANNY CHRISTIAN SEVILLA ARIAS, del 27 al 29 de abril de 2025, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, precisando que la participación del alto mando resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto, permitirá fortalecer los vínculos de cooperación con una de las principales instituciones policiales de la región en materia de seguridad y orden público; asimismo, contribuirá al posicionamiento de la institución en el ámbito internacional y facilitará al desarrollo de futuras iniciativas conjuntas en beneficio de la seguridad regional, a través del intercambio de experiencias en gestión institucional, la adopción de buenas prácticas y el fortalecimiento de los mecanismos de cooperación en la lucha con el crimen organizado transnacional;

Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de hospedaje, alimentación y transporte local son asumidos por los Carabineros de Chile, conforme se indica en la Carta s/n de fecha 29 de enero de 2025 y en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 109-2025-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI; mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de conformidad con lo señalado en el Oficio Nº 2305-2025-DIRADM-PNP/DIVECO.DEPPRE y en la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000001465;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú y del Comandante de la Policía Nacional del Perú DANNY CHRISTIAN SEVILLA ARIAS, del 27 al 29 de abril de 2025, a la ciudad de Santiago de la República de Chile;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú y del Comandante de la Policía Nacional del Perú DANNY CHRISTIAN SEVILLA ARIAS, del 27 al 29 de abril de 2025, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y retorno, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, del General de Policía VICTOR JOSE ZANABRIA ANGULO, Comandante General de la Policía Nacional del Perú y del Comandante de la Policía Nacional del Perú DANNY CHRISTIAN SEVILLA ARIAS son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle:

Importe

Personas

Total

Pasajes aéreos

US$ 462,00

2

US$ 924,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO DIAZ ZULUETA

Ministro del Interior

2392874-1