Autorizan a la APCI gasto por pasajes aéreos, seguros y viáticos para el desplazamiento de cooperantes peruanas quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el Ecuador

Resolución Ministerial

N° 0240-2025-RE

Lima, 22 de abril de 2025

VISTOS:

El Memorándum N° APC001442025, de 9 de abril de 2025, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el Memorándum N° DCI004222025, de 11 de abril de 2025, de la Dirección de Cooperación Internacional; el Memorándum N° LEG007632025, de 16 de abril de 2025, de la Oficina General de Asuntos Legales; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, la referida Agencia es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece; ejecuta la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI); y, proyecta la oferta peruana de cooperación técnica internacional, en el marco de las prioridades de desarrollo nacional y de la política exterior;

Que, el literal c) del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú;

Que, la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 por el numeral iv. de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, a financiar, con cargo a su presupuesto institucional y en el marco de lo señalado por el Decreto Legislativo N° 719, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de cooperantes peruanos al exterior, para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de beneficiarios extranjeros hacia el Perú para recibir capacitación, ambos de corta duración. Los gastos que se efectúen en el marco de la citada disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, la cooperación entre la República del Perú y la República del Ecuador se enmarca en el “Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Ecuador”, suscrito el 11 de agosto de 1999;

Que, en la II Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República del Ecuador, se aprobó el Programa Bilateral de Cooperación Técnica 2024 - 2026, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado “Fortalecimiento de capacidades productivas de la especie forestal no maderable de la Tara para productores fronterizos de los cantones Paltas, Gonzanamá y Espíndola de la provincia de Loja”;

Que, en el marco del mencionado Proyecto se ha programado la actividad denominada “Visita a la provincia de Loja, para capacitar y asesorar en la implementación de una parcela de Progenie”, a realizarse en la ciudad de Loja, República del Ecuador, del 27 de abril al 1 de mayo de 2025, y cuyas instituciones ejecutoras son el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) de la República del Perú y el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza, Capítulo Ecuador, de la República del Ecuador;

Que, mediante el Informe N° 0037-2025-APCI/DGNI, de 21 de marzo de 2025, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, ha señalado que en la referida actividad del Proyecto participarán las cooperantes peruanas Fátima Elizabeth Marcelo Bazán, Sandra Johana Mendez Farroñan y Haydee Miriam Ramos León, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Loja, República del Ecuador; con el objetivo de fortalecer técnicas de selección de semillas de la “Tara” que garanticen una productividad sostenible mediante la instalación de parcelas de progenie en los cantones Paltas, Espíndola y Gonzanamá; concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de tres (3) funcionarias del INIA de la República del Perú, en calidad de cooperantes peruanas;

Que, cabe indicar que conforme al Memorándum Nº 0837-2025-APCI/DGNI, de 7 de abril de 2025, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI hizo de conocimiento de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, entre otros, los nombres y apellidos correctos de una de las cooperantes peruanas, siendo que además remite información actualizada de los gastos solicitados respecto de viáticos, pasajes y seguros de viaje;

Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 por el numeral iv de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de los citados cooperantes peruanos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

Que, la participación de los cooperantes peruanos se inscribe en el marco de lo dispuesto en la “Directiva que establece el procedimiento de adquisición de pasajes, asignación de viáticos y rendición de cuentas en el marco de la gestión de la Oferta Peruana de Cooperación Técnica Internacional”, aprobada por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 080-2019/APCI-DE;

Que, mediante la Memoranda N° 0092-2025-APCI/OPP, 0121-2025-APCI/OPP y N° 0146-2025-APCI/OPP, de 27 de enero de 2025 y, 11 y 18 de febrero de 2025, respectivamente, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI ha emitido las Notas N° 0000000052, N° 0000000067 y N° 0000000084, otorgando la certificación de crédito presupuestario y las ampliaciones que permitirán atender el citado gasto;

Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, mediante el Informe N° 0085-2025-APCI/OAJ, de 8 de abril de 2025, ha emitido opinión favorable respecto a la autorización de gasto;

Que, a través del Memorándum N° DCI004222025, de 11 de abril de 2025, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha verificado que lo requerido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol del Perú como oferente de cooperación;

De conformidad con la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; y, el Decreto Supremo N° 028-2007-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de gasto

Se autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de las cooperantes peruanas Fátima Elizabeth Marcelo Bazán, Sandra Johana Mendez Farroñan y Haydee Miriam Ramos León, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la actividad denominada “Visita a la provincia de Loja, para capacitar y asesorar en la implementación de una parcela de Progenie”, a realizarse en la ciudad de Loja, República del Ecuador, del 27 de abril al 1 de mayo de 2025, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y apellidos

Pasajes aéreos internacionales

Lima-Loja-Lima

(USD)

Seguros personales

(USD)

Viáticos

por día

(USD)

Número

de días

Total de

viáticos

(USD)

FATIMA ELIZABETH MARCELO BAZAN

1,795.25

47.79

370.00

5

1,850.00

SANDRA JOHANA MENDEZ FARROÑAN

1,795.25

47.79

370.00

5

1,850.00

HAYDEE MIRIAM RAMOS LEON

1,795.25

47.79

370.00

5

1,850.00

Artículo 2.- Remisión de informe

La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remite al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado, con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización.

Artículo 3.- Pago de impuestos o derechos aduaneros

La presente resolución ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELMER SCHIALER SALCEDO

Ministro de Relaciones Exteriores

2392833-1