Nombran fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 1214-2025-MP-FN
Lima, 21 de abril de 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 000660-2025-MP-FN-FSCN-FEDLA, de fecha 7 de abril de 2025, cursado por el Coordinador Nacional de la Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, mediante el cual se eleva la propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto provincial transitorio en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, la misma que, se encuentra vacante.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483 Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar a la labor fiscal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”, encontrándose vacante la plaza propuesta, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo; en atención al marco normativo antes citado, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe Nº 00017-2025-MP-FN-OREF-JABE, de fecha 15 de abril de 2025.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jhan Carlos Vereau Trigoso como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el 5º Despacho Provincial Penal de la Octava Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1774-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 14 de diciembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Jhan Carlos Vereau Trigoso como fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, con reserva de su plaza de origen.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2392526-7