Autorizan viaje de personal policial a la República Federativa de Brasil, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 0649-2025-IN

Lima, 21 de abril de 2025

VISTOS, el Oficio Nº 670-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 001101-2025-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 113-2024-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano DAVID JAVIER TUESTA ROJAS, de la República Federativa de Brasil, formulada por la Primera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano;

Que, a través de la comunicación electrónica con referencia I-24/7 Nº5943/2025 - CGCJUR/DCI/PF, de fecha 31 de marzo de 2025, la Oficina Central Nacional de INTERPOL – Brasilia informa a la Oficina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido declarada procedente la solicitud de extradición del ciudadano peruano DAVID JAVIER TUESTA ROJAS, asimismo, acepta la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición, del 22 al 25 de abril de 2025;

Que, con Informe Nº 194-2025-COMOPPOL PNP/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima, sustenta la designación del Suboficial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú HEINER LUIS ZUÑIGA DEVOTTO y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú LUIS ALFREDO RUIZ CORONEL, para que viajen en comisión de servicio, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil, a fin de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano peruano DAVID JAVIER TUESTA ROJAS;

Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 112-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado precedentemente, del 22 al 25 de abril de 2025, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil, para que ejecuten la extradición activa antes citada;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”;

Que, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000001492, y los gastos por pasajes aéreos (ida y vuelta) serán asumidos por el Poder Judicial, conforme se precisa en el Informe Nº 194-2025-COMOPPOL PNP/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE y en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 112-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;

Que, asimismo el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 22 al 25 de abril de 2025, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del 22 al 25 de abril de 2025, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del siguiente personal policial:

- Suboficial Técnico de Primera PNP HEINER LUIS ZUÑIGA DEVOTTO

- Suboficial de Segunda PNP LUIS ALFREDO RUIZ CORONEL

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe

Días

Personas

Total

Viáticos efectivos policiales

US$ 370,00

4

2

US$ 2 960,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO DIAZ ZULUETA

Ministro del Interior

2392436-1