Aprueban la “Política Antisoborno” versión 2 y los “Objetivos para el Sistema de Gestión Antisoborno”

Resolución de Junta

de Fiscales Supremos

N° 035-2025-MP-FN-JFS

Lima, 11 de abril de 2025

VISTOS:

El oficio N° 000177-2025-MP-FN-OII de fecha 14 de marzo de 2025, suscrito por la gerente de la Oficina de Integridad Institucional; el artículo 4 de la Ley N° 27658, “Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado”; el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, publicado el 14 de setiembre de 2017; el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM publicado el 22 de abril de 2018; la cláusula 5.2. de la norma ISO 37001: “Sistema de gestión antisoborno”; la Resolución Directoral N° 012-2017-INACAL-DN expedida por la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad; la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1076-2020-MP-FN; la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 0015-2022-MP-FN-JFS, y;

CONSIDERANDO:

Primero: El artículo 4 de la Ley N° 27658, “Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado”, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión.

Segundo: A través del Decreto Supremo N° 092-2017-PCM publicado el 14 de setiembre de 2017, se aprobó la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, de obligatorio cumplimiento para todas las entidades de los diferentes poderes del Estado, organismos constitucionales autónomos y de los diferentes niveles de gobierno.

Tercero: Mediante Decreto Supremo N° 042-2018-PCM publicado el 22 de abril de 2018, se establecieron medidas para fortalecer la integridad pública y la lucha contra la corrupción.

Cuarto: Conforme lo dispuesto en la cláusula 5.2. de la norma ISO 37001: “Sistema de gestión antisoborno” -la cual constituye un conjunto de normas técnicas de carácter voluntario, diseñada para ayudar a una organización a prevenir, detectar y enfrentar el soborno, así como, para cumplir con las leyes antisoborno y aquellos compromisos voluntarios aplicables a sus actividades-, se establecen los requisitos para la elaboración de una Política de gestión antisoborno.

Quinto: Mediante la Resolución Directoral N° 012-2017-INACAL-DN expedida por la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad, se aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017 denominada: “Sistemas de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso 1° Edición”; que tiene por objeto especificar los requisitos y proporcionar una guía para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno; asimismo, la citada norma técnica establece que la Alta Dirección de la organización debe demostrar su liderazgo y compromiso, para asegurarse de que las responsabilidades y autoridades para los roles pertinentes se asignen y comuniquen dentro y a través de todos los niveles de la organización.

Sexto: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1076-2020-MP-FN, se creó la Oficina de Integridad Institucional como unidad orgánica dependiente del Despacho de la Fiscalía de la Nación, describiéndose sus funciones en el Artículo 152-B del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público 2025, entre ellas, la función descrita en el numeral a.: “Implementar, conducir y dirigir la estrategia institucional de integridad y lucha contra la corrupción, así como supervisar su cumplimiento”.

Sétimo: En ese contexto, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 0015-2022-MP-FN-JFS se aprobó la “Política Antisoborno”, la misma que, según lo evaluado e informado por la Oficina de Integridad Institucional, requiere ajustes para el cumplimiento de la NTP ISO 37001:2017; por lo que, mediante el oficio N° 000177-2025-MP-FN-OII de fecha 14 de marzo de 2025, la Oficina de Integridad Institucional del Ministerio Público, solicita la aprobación de la Política Antisoborno versión 2, y los Objetivos para el Sistema de Gestión Antisoborno.

Octavo: En tal sentido, resulta necesario aprobar la “Política Antisoborno” versión 2 y los “Objetivos para el Sistema de Gestión Antisoborno”, con el objetivo de disponer y exponer de forma permanente el alto compromiso institucional con el desarrollo de actividades con máximo nivel de transparencia, integridad y cumplimiento de la normativa vigente, en pro de alcanzar altos estándares nacionales e internacionales.

Noveno: En consecuencia, estando a lo informado y a los proyectos remitidos, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo N° 043-2025, adoptado en sesión ordinaria de fecha 11 de abril de 2025, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprobar la “Política Antisoborno” versión 2 y los “Objetivos para el Sistema de Gestión Antisoborno”.

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución N° 0015-2022-MP-FN-JFS, que aprueba la “Política Antisoborno”.

Artículo Segundo.- Aprobar la “Política Antisoborno” versión 2, así como los “Objetivos para el Sistema de Gestión Antisoborno”, que forman parte de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución, la Política y los Objetivos a través de la Intranet y de la página web de la institución.

Artículo Cuarto.- DISPONER la notificación de la presente resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, los Fiscales Supremos Titulares, Gerencia General, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Escuela del Ministerio Público, Oficina de Imagen Institucional, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y a la Oficina General de Asesoría Jurídica, para conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA

Fiscal de la Nación

Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos

POLÍTICA ANTISOBORNO

El Ministerio Público es un organismo autónomo que conforme señala su naturaleza jurídica, se encuentra integrado al proceso de Administración de Justicia y a la defensa de los derechos constitucionales y legales de la sociedad.

En tal sentido, el Ministerio Público acorde a sus valores institucionales, manifiesta su posición de luchar frontalmente contra la corrupción y su firme decisión de adoptar todas las medidas necesarias para combatirlos, comprometiéndose a:

• Promover una cultura ética al prohibir y rechazar ser parte de actividades de soborno en todas sus formas, ya sea de forma directa o indirecta, en relación con un funcionario, organismo público, una persona u organización privada.

• Asegurar la adecuada implementación de la gestión de riesgos de soborno.

• Asegurar no existan represalias cuando se reporten inquietudes de buena fe o sobre la base de una creencia razonable ante informes de casos de soborno.

• Establecer y aplicar medidas disciplinarias ante el incumplimiento de esta política antisoborno, reglamentos y valores institucionales. Ante actos comprobados de corrupción o soborno, se aplicará lo dispuesto por la autoridad judicial.

• Cumplir y hacer cumplir las leyes o toda norma antisoborno que sean aplicables a la institución.

• Garantizar la eficacia, mejora continua, cumplir con la normativa legal vigente que son aplicables a la entidad y los requisitos del sistema de gestión antisoborno.

El Ministerio Público ha designado un Oficial de Cumplimiento, cuya función recae en el/la Oficial de Integridad de la Oficina de Integridad Institucional, quien goza de autoridad e independencia para ejercer su rol en la institución, así como de promover y supervisar la implementación progresiva, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Antisoborno.

OBJETIVOS ANTISOBORNO

Política

Nro

Descripción

El Ministerio Público es un organismo autónomo que conforme señala su naturaleza jurídica, se encuentra integrado al proceso de Administración de Justicia y a la defensa de los derechos constitucionales y legales de la sociedad.

OBJ-01

Establecer una cultura de integridad y transparencia.

En tal sentido, el Ministerio Público acorde a sus valores institucionales, manifiesta su posición de luchar frontalmente contra la corrupción y su firme decisión de adoptar todas las medidas necesarias para combatirlos, comprometiéndose a:

• Promover una cultura ética al prohibir y rechazar ser parte de actividades de soborno en todas sus formas, ya sea de forma directa o indirecta, en relación con un funcionario, organismo público, una persona u organización privada.

• Asegurar la adecuada implementación de la gestión de riesgos de soborno.

• Asegurar no existan represalias cuando se reporten inquietudes de buena fe o sobre la base de una creencia razonable ante informes de casos de soborno.

• Establecer y aplicar medidas disciplinarias ante el incumplimiento de esta política antisoborno, reglamentos y valores institucionales. Ante actos comprobados de corrupción o soborno, se aplicará lo dispuesto por la autoridad judicial.

• Cumplir y hacer cumplir las leyes o toda norma antisoborno que sean aplicables a la institución.

• Garantizar la eficacia, mejora continua, cumplir con la normativa legal vigente que son aplicables a la entidad y los requisitos del sistema de gestión antisoborno.

OBJ-02

Asegurar la eficacia en la gestión Antisoborno

El Ministerio Público ha designado un Oficial de Cumplimiento, cuya función recae en el/la Oficial de Integridad de la Oficina de Integridad Institucional, quien goza de autoridad e independencia para ejercer su rol en la institución, así como de promover y supervisar la implementación progresiva, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Antisoborno.

OBJ-03

Gestionar las denuncias de soborno

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