Aprueban “Lineamientos que establecen el modelo de gestión y los procesos para la adhesión, operación y monitoreo de los Centros que conforman la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, en el marco de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción” y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000155-2025-PRODUCE
Lima, 16 de abril de 2025
VISTOS: Los Memorandos Nos 00000146-2025- PRODUCE/DGITDF, 00000265-2025-PRODUCE/DGITDF y 00000349-2025-PRODUCE/DGITDF de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, los Informes Nos 00000040-2025-PRODUCE/DGPAR, 00000070-2025-PRODUCE/DGPAR y 00000086-2025-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, los Memorandos Nos 00000167-2025-PRODUCE/DVMYPE-I y 00000320-2025-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando N° 00000344-2025-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 00000395-2025-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 59 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio, e industria; asimismo, brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; y promueve las pequeñas empresas en sus modalidades;
Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, dispone que dicha entidad es competente, entre otros, en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; asimismo, el numeral 5.2 del artículo 5 de la citada norma señala que tiene como funciones rectoras dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, entre otras;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2023-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba las Líneas prioritarias del Sector Producción “Perú Produce”, se establece las Líneas prioritarias de intervención del Ministerio de la Producción , denominadas en su conjunto “Perú Produce”, las cuales están orientadas a fomentar la competitividad y productividad empresarial en las micro y pequeñas empresas (MYPE), cooperativas, asociaciones y otras formas de organización empresarial del subsector MYPE e Industria y de los subsectores Pesca y Acuicultura; así, se aprueban cuatro (4) líneas prioritarias: (i) Mujer Produce; (ii) Mype digital; (iii) Mype sostenible; y (iv) Mype global;
Que, el numeral 2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 006-2023-PRODUCE señala que la Línea prioritaria de intervención “Mype Digital” tiene por objetivo acompañar a las Unidades de Negocio en el proceso de adopción y uso de tecnologías digitales de comercio electrónico, medios de pago digital, marketing digital, análisis de datos, y otras que permitan la digitalización y transformación productiva digital de las mismas para mejorar sus procesos productivos y de gestión empresarial, según corresponda. Bajo este eje, también se generan espacios de articulación para promover una oferta de recursos digitales, que brinden soporte a las Unidades de Negocio, coadyuvando con el incremento de sus niveles de innovación, productividad y competitividad y calidad;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 000159-2024-PRODUCE se aprueban los “Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción”, a través de los cuales se establece el modelo de ecosistema conformado por la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial;
Que, por la Resolución Ministerial N° 000498-2024-PRODUCE se dispuso publicar el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos que establecen el modelo de gestión y los procesos de la adhesión, operación y monitoreo de los Centros que conforman la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, en el marco de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción” y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción, por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general;
Que, los Informes N°s. 00000005-2025-PRODUCE/DDF-jvelasquez y 00000010-2025-PRODUCE/DDF-jvelasquez de la Dirección de Digitalización y Formalización de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización sustenta la necesidad de aprobar los “Lineamientos que establecen el modelo de gestión y los procesos para la adhesión, operación y monitoreo de los Centros que conforman la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, en el marco de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción”; así como modificar las definiciones establecidas en los “Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción” para: (i) la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, (ii) los Centros de Servicios de Transformación Digital Empresarial, (iii) los Centros de Servicios de Digitalización Empresarial, y (iv) otros centros, en virtud de adecuar y fortalecer el marco conceptual y operativo de la Red y sus centros;
Que, por los Informes N°s. 00000007-2025- JYOVERA, 00000086-2025-PRODUCE/DN, 00000156- 2025-PRODUCE/DN y 00000191-2025- PRODUCE/DN de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio se propone y sustenta la necesidad de aprobar los mencionados Lineamientos;
Que, mediante el Memorando N° 00000344- 2025-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización se considera pertinente continuar con el trámite de aprobación de los mencionados Lineamientos;
Que, por el Informe N° 00000395-2025-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, desde el punto de vista legal, considera viable aprobar los referidos Lineamientos;
Que, de acuerdo con el sustento técnico antes indicado, resulta necesario aprobar los “Lineamientos que establecen el modelo de gestión y los procesos para la adhesión, operación y monitoreo de los Centros que conforman la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, en el marco de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción”; así como modificar las definiciones establecidas en los “Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción”, aprobados por la Resolución Ministerial N° 000159-2024-PRODUCE;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 006-2023-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba las Líneas prioritarias del Sector Producción “Perú Produce”; y la Resolución Ministerial N° 159-2024-PRODUCE que aprueba los “Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de los Lineamientos
Aprobar los “Lineamientos que establecen el modelo de gestión y los procesos para la adhesión, operación y monitoreo de los Centros que conforman la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, en el marco de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Monitoreo y evaluación
Encargar a la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria el monitoreo y evaluación de la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial del Ministerio de la Producción.
Artículo 3.- Canal digital de la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial del Ministerio de la Producción
La Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, implementa un canal digital para la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, a través de la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe).
Artículo 4.- Modificación de los “Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción”, aprobados por la Resolución Ministerial N° 000159-2024-PRODUCE
Modificar el literal c) del numeral IX y los literales a) y d) del numeral XI de los “Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype Digital” del Ministerio de la Producción”, aprobados por la Resolución Ministerial N° 000159-2024-PRODUCE, en los siguientes términos:
“IX GOBERNANZA, COORDINACIÓN Y ARTICULACIÓN
(…)
c) MONITOREO Y SEGUIMIENTO
(…)
Acciones:
(…)
• Emitir reportes periódicos al DVMYPE-I sobre los avances de la implementación, a fin de que sean elevados al DM para conocimiento y fines correspondientes.
(…)”
“XI. MODELO DE ECOSISTEMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LÍNEA PRIORITARIA “MYPE DIGITAL”
(…)
a) Red de Centros de Transformación Digital Empresarial: Son aquellas organizaciones interconectadas y adheridas a la Red, que acompañan a las unidades de negocio en su proceso de digitalización y transformación digital. Estos centros tienen como objetivo promover y fortalecer la productividad y competitividad de las empresas mediante la adopción e implementación de tecnologías digitales.
• Centros de Servicios de Transformación Digital Empresarial (CSTD): Son aquellas organizaciones calificadas y adheridas a la RED que operan a través de plataformas físicas y/o digitales y brindan servicios especializados y enfocados en cadenas productivas de manera personalizada a las unidades de negocio, para incentivar y fortalecer su productividad y competitividad, mediante la adopción y uso de tecnologías y servicios digitales.
• Centros de Servicios de Digitalización Empresarial (CSD): Son aquellas organizaciones, calificadas y adheridas a la RED, que operan a través de plataformas físicas y/o digitales y brindan servicios básicos de manera personalizada a las unidades de negocio para incentivar y fortalecer su productividad y competitividad, mediante la adopción y uso de tecnologías y servicios digitales.
• Centros de Desarrollo Productivo Digital (CDPD): Son parte de la intervención de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, con el objetivo de promover la apropiación de tecnologías digitales y la transformación productiva digital de las unidades productivas que atiende, en articulación con gobiernos subnacionales, universidades u organizaciones de la sociedad civil, dentro del marco de las competencias y funciones de ITP.
• Otros centros: Son aquellas organizaciones calificadas y adheridas a la RED que operan a través de plataformas físicas y/o digitales y brindan servicios con componentes de transformación digital de manera personalizada a las unidades de negocio para incentivar y fortalecer la productividad y competitividad, mediante la adopción y uso de tecnologías digitales y servicios digitales.
PRODUCE, a través de la DGITDF, i) define los lineamientos estratégicos para la operación de la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, ii) establece los canales de difusión para promover la red de centros a nivel nacional y, iii) monitorea la adecuada implementación de la red de centros.
(…)
d) Indicadores de resultados: La DGITDF, en su calidad de responsable de la línea prioritaria de intervención “MYPE digital”, emite reportes periódicos al DVMYPE-I sobre los avances de su implementación, a fin de que sean elevados al DM para conocimiento y fines correspondientes.
(…)”
Artículo 5.- Financiamiento
Lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Producción.
Artículo 6.- Notificación
Notificar la presente Resolución Ministerial a los órganos y programas del Ministerio de la Producción para su conocimiento y fines.
Artículo 7.- Publicación
Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO GONZALEZ GUERRERO
Ministro de la Producción
2391914-1