Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Resolución Directoral que aprueba el listado de subespecialidades y tipologías de obras y consultoría de obras en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 175-2025-EF/54

Lima, 15 de abril del 2025

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que la Administración Financiera del Sector Público, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, está conformada, entre otros, por el Sistema Nacional de Abastecimiento;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, señala que el Sistema Nacional de Abastecimiento es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de bienes, servicios y obras, a través de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público, orientadas al logro de los resultados, con el fin de alcanzar un eficiente y eficaz empleo de los recursos públicos;

Que, el literal t) del artículo 3 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas tiene, entre otras, la función general de elaborar principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de los bienes, servicios y obras, a través de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público, orientadas al logro de los resultados, con el fin de lograr un eficiente y eficaz empleo de los recursos públicos;

Que, por su parte, el artículo 170 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas precisa que la Dirección General de Abastecimiento es el órgano de línea del Ministerio, rector del Sistema Nacional de Abastecimiento y como tal, se constituye a nivel nacional como la más alta autoridad técnico - normativa en materia de abastecimiento, encargada de proponer políticas, dictar normas y procedimientos para la conducción de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público; así como monitorear, supervisar y evaluar la gestión de dichas actividades;

Que, por su parte, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, tiene por objeto establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular, en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento, la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública;

Que, el numeral 157.1 del artículo 157 del Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, establece que, al aprobar el expediente de contratación, la entidad debe identificar y registrar en la Pladicop la clasificación de la obra a convocar según: i) especialidad, ii) subespecialidad y iii) tipología;

Que, de acuerdo con el numeral 157.2 del mismo artículo, las especialidades de obra o consultoría de obra son: a) edificaciones y afines, b) viales, puertos y afines; c) saneamiento y afines; d) electromecánicas, energéticas, telecomunicaciones y afines; y e) represas, irrigaciones y afines;

Que, asimismo, el numeral 157.3 del artículo 157 del citado Reglamento señala que la subespecialidad y la tipología de obras y consultoría de obras se establece en un listado aprobado por la Dirección General de Abastecimiento mediante resolución, asimismo, establece que las obras rurales que por su naturaleza correspondan a cada una de las subespecialidades, son incluidas en dicho listado;

Que, la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas remite el proyecto de Resolución Directoral que aprueba el listado de subespecialidades y tipologías de obras y consultoría de obras en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento;

Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso;

Que, en ese sentido, considerando que el proyecto de Resolución Directoral que aprueba el listado de subespecialidades y tipologías de obras y consultoría de obras en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, corresponde a una norma de carácter general, resulta necesario efectuar su publicación previa, a fin de recoger la opinión de los actores involucrados en la contratación pública, así como comentarios del público en general, lo que coadyuvará a mejorar la propuesta normativa bajo comentario; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto

Disponer la publicación del proyecto de Resolución Directoral que aprueba el listado de subespecialidades y tipologías de obras y consultoría de obras en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recoger las opiniones, comentarios y sugerencias de los actores involucrados en la contratación pública, así como del público en general.

Artículo 2.- Mecanismo de participación

Disponer que las opiniones, comentarios y sugerencias de los actores involucrados en la contratación pública, así como del público en general, pueden ser presentadas en la Mesa de Partes del Ministerio de Economía y Finanzas, ubicada en el Jirón Lampa Nº 594, Cercado de Lima; o a través del enlace https://forms.office.com/r/FhX1fwMssB y establecer que la Dirección General de Abastecimiento se encuentra a cargo de su recepción, sistematización y análisis.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ

Ministro de Economía y Finanzas

2391453-1