Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles – PRONACEJ
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0135-2025-JUS
Lima, 15 de abril de 2025
VISTOS, el Oficio N° 000294-2025-JUS/PRONACEJ, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ; el Informe N° 0005-2025-OGPM-OOM, de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 290-2025-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos; con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el Decreto Legislativo N° 1299 dispuso la transferencia del Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal - SINARSAC al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2019-JUS se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles (en adelante PRONACEJ) con el objeto fortalecer la reinserción social de los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles a nivel nacional;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0247-2021-JUS, de fecha 9 de diciembre de 2021, se aprobó el Manual de Operaciones - MOP del Programa Nacional de Centros Juveniles;
Que, mediante Informe Nº D000232-2022-PCM-SGP, de fecha 11 de julio de 2022, la Subsecretaría de Administración Pública, de la Secretaría de Gestión Pública, de la Presidencia del Consejo de Ministros, manifiesta haber realizado una revisión integral del MOP del PRONACEJ, en el marco de la verificación posterior aleatoria facultada en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, producto de dicha revisión, comunica al PRONACEJ observaciones respecto al referido documento de gestión;
Que, mediante documento de vistos, la Dirección Ejecutiva del PRONACEJ ha propuesto la aprobación de un nuevo Manual de Operaciones, para lo cual remitió los documentos de sustento, los cuales han sido analizados por la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la misma que ha otorgado opinión favorable;
Que, mediante Oficio N° D000608-2025-PCM-SGP la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros remite el Informe N° D000098- 2025-PCM-SSAP, de la Secretaría de Administración Pública – SSAP, que señala que el Manual de Operaciones propuesto cumple con las disposiciones establecidas en los Lineamientos de Organización del Estado;
Con los visados del Programa Nacional de Centros Juveniles; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; en el Decreto Legislativo N° 1299, Decreto Legislativo que transfiere el Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en conflicto con la Ley Penal al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, en el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, modificado por Decreto Supremo N° 006-2019-JUS, que crea el Programa Nacional de Centros Juveniles – PRONACEJ;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0247-2021-JUS que aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles – PRONACEJ.
Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General remita a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles posteriores a su aprobación.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo aprobado en las sedes digitales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.gob.pe/pronacej) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
2391141-1