Designan fiscales adjuntos en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Loreto y en la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto - Nauta

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 1147-2025-MP-FN

Lima, 14 de abril de 2025

VISTOS:

El oficio Nº 000120-2025-SG/JNJ, de fecha 1 de abril de 2025, la Resolución Nº 120-2025-JNJ, de fecha 25 de marzo de 2025, y el informe Nº 00020-2025-MP-FN-OREF-JFSC, de fecha 3 de abril de 2025, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, cursado por la abogada Giovanna María Díaz Revilla, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 2 de abril de 2025, se remite copia certificada de la resolución de vistos, emitida por la Junta Nacional de Jusiticia en el marco del concurso público para la selección y nombramiento de fiscales adjuntos provinciales - acceso abierto, de la convocatoria Nº 006-2024-SN/JNJ; por la cual se nombró al abogado Augusto Jesús Esquivel Delgado como fiscal adjunto provincial especializado en prevención del delito de Loreto del Distrito Fiscal de Loreto.

Con fecha 28 de marzo de 2025, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Augusto Jesús Esquivel Delgado en el cargo descrito en el párrafo que antecede.

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1766-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021, se resolvió nombrar al abogado Humberto Mosquera Rengifo, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Loreto; laborando a la fecha conforme a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos corresponde emitir el acto resolutivo, a fin de designar al abogado Augusto Jesús Esquivel Delgado, conforme a su título de nombramiento, para lo cual previamente será necesario dar por concluida la designación del fiscal señalado en el párrafo tercero de la presente resolución, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designado el fiscal titular.

Asimismo, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar a la labor fiscal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”, se considera necesario contar con fiscales con experiencia en el desempeño de la función fiscal, así entonces, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto - Nauta, se ha considerado oportuno, en mérito al marco normativo, designar al abogado Humberto Mosquera Rengifo, en su condición de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, en la citada fiscalía.

Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Humberto Mosquera Rengifo, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Loreto; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1766-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021.

Artículo Segundo.- Designar al abogado Augusto Jesús Esquivel Delgado, fiscal adjunto provincial titular especializado en prevención del delito de Loreto, Distrito Fiscal de Loreto, en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Loreto.

Artículo Tercero.- Designar al abogado Humberto Mosquera Rengifo, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, en la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto - Nauta.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento al abogado Humberto Mosquera Rengifo que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA

Fiscal de la Nación

2391015-13