Crean Unidades Territoriales del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (OEDI)

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000029-2025-OEDI/JEF

San Luis, 14 de abril del 2025

VISTOS:

El Informe N° 000011-2025-OEDI/JEF-DATEC de la Dirección de Asistencia Técnica y Capacitación; el Memorando N° 000042-2025-OEDI/JEF-DEP de la Dirección de Estudios de Preinversión; el Informe N° 000028-2025-OEDI/JEF-DET de la Dirección de Expedientes Técnicos; el Informe Nº 000040-2025-OEDI/GG-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Legal N° 000030-2025-OEDI/GG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1615 se crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado de brindar asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, incluyendo su elaboración, previo convenio de delegación; así como, la asistencia técnica durante la ejecución física del proyecto de inversión, respecto del expediente técnico elaborado por el OEDI; y cuenta con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y se constituye como un pliego presupuestario;

Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, los mismos que en su numeral 14.1 del artículo 14, define a los órganos desconcentrados como, aquellos órganos que desarrollan funciones sustantivas para prestar bienes o servicios, y se crean para atender necesidades no cubiertas en el territorio, requieren de una organización desconcentrada, distinta a la de la entidad de la cual forman parte;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 002-2024-OEDI, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OEDI, (en adelante, el TIROF del OEDI), el cual contempla en su estructura orgánica a las unidades desconcentradas;

Que, el artículo 30 del TIROF del OEDI, establece que las Unidades Territoriales son unidades orgánicas desconcentradas encargadas de gestionar y coadyuvar en la prestación de la asistencia técnica y en la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales; así como, en las acciones de capacitación, en el marco de la normativa vigente;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal j) del artículo 9 del TIROF del OEDI, la Jefatura tiene como función aprobar la creación y/o extinción de las unidades de organización desconcentradas; así como supervisar el cumplimiento de las funciones;

Que, mediante el Informe N° 000011-2025-OEDI/JEF-DATEC, la Dirección de Asistencia Técnica y Capacitación, sustenta la necesidad de creación de las unidades territoriales en que facilitará una mayor cobertura y un enfoque integral, permitiendo que los talleres de capacitación logren una convocatoria exitosa, asegurando la concurrencia masiva de los equipos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

Que, a través del Memorando N° 000042-2025-OEDI/JEF-DEP, la Dirección de Estudios de Preinversión, sustenta la necesidad de creación de las unidades territoriales en que permitirá asegurar una efectiva implementación de estrategias que faciliten el éxito del desarrollo de convenios y la elaboración de los estudios de preinversión de los proyectos de inversión de los gobiernos subnacionales, dentro del ámbito de sus responsabilidades;

Que, mediante Informe N° 000028-2025-OEDI/JEF-DET, la Dirección de Expedientes Técnicos, sustenta la necesidad de creación de las unidades territoriales en que fortalecerá el acercamiento entre el OEDI y los gobiernos regionales y locales, a través de reuniones programadas y coordinación de actividades para lograr la suscripción de convenios;

Que, mediante Informe N° 000040-2025-OEDI/GG-OPPM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable a la propuesta de creación de las Unidades Territoriales;

Que, mediante el Informe N° 000030-2025-OEDI/GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal respecto a la propuesta de creación de las Unidades Territoriales;

Con el visado de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (OEDI); a Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión, aprobado por Resolución Jefatural N° 002-2024-OEDI-JEF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear las siguientes Unidades Territoriales del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (OEDI):

1. Unidad Territorial Macrorregión Norte - OEDI, cuyo ámbito geográfico son los departamentos Ancash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Piura y Tumbes.

2. Unidad Territorial Macrorregión Centro - OEDI, cuyo ámbito geográfico son los departamentos Ayacucho, Callao, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima y Pasco.

3. Unidad Territorial Macrorregión Oriente - OEDI, cuyo ámbito geográfico son los departamentos Amazonas, Loreto, San Martín y Ucayali.

4. Unidad Territorial Macrorregión Sur - OEDI, cuyo ámbito geográfico son los departamentos Apurímac, Arequipa, Cusco, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna.

Artículo 2.- Disponer que la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Administración, realice las acciones, y/o coordinaciones para implementar lo dispuesto en la presente resolución, en lo que les corresponda.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (www.gob.pe/oedi). el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA SERRUDO ECHAIZ

Jefe del Organismo de Estudios y Diseño de

Proyectos de Inversión

Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de

Inversión

2390835-1