“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Independencia, 11 de abril del 2025
VISTO:
La Ordenanza Nº D000493-2025-AL-MDI, que crea el Programa Municipal de Voluntariado del distrito de Independencia; el Informe Nº D000030-2025-GDHS-MDI de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social; Memorando Nº D001044-2025-OGPPM-MDI de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Informe Nº D000242-2025-OGAJ-MDI de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Memorando Nº D000380-2025-GM-MDI de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, autonomía que, según lo estipulado en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 6) artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que una de las atribuciones del Alcalde es: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; concordante con el artículo 42º del precitado marco normativo, que estipula: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;
Que, el artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones exclusivas de las municipalidades distritales, la planificación de estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, fundamentalmente dirigidos hacia la ejecución de programas locales de asistencia, protección y apoyo de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en riesgo, promoviendo y concertando la cooperación pública y privada para estos fines;
Que, la Ley Nº 28238, Ley General del Voluntariado, modificada por la Ley Nº 29094 y el Decreto Legislativo Nº 1294, en su artículo 2º define al voluntariado como aquella labor o actividad realizada sin fines de lucro, en forma gratuita y sin vínculos ni responsabilidades contractuales. Asimismo, el voluntariado comprende actividades de interés general para la población, como: actividades asistenciales, sanitarias, de servicios sociales, cívicas, de capacitación, culturales, científicas, deportivas, de cooperación al desarrollo, de defensa del medio ambiente, de saneamiento, vivienda, urbanismo, de defensa de la economía o de la investigación, de desarrollo de la vida asociativa, de promoción del voluntariado entre otras de naturaleza análoga, tendientes al bien común;
Que, asimismo, la referida Ley prescribe que una voluntaria o un voluntario, es toda persona natural, peruana o extranjera, que promueve y realiza acciones de voluntariado en entidades públicas o privadas, zonas urbanas de poblaciones vulnerables, comunidades campesinas y nativas, rondas campesinas, centros asistenciales de salud pública, entre otras;
Que, mediante Ordenanza Nº D000493-2025-AL-MDI, se crea el Programa Municipal de Voluntariado del distrito de Independencia, con la finalidad de brindar apoyo a las diferentes actividades de carácter social y comunal que la Municipalidad promueva o desarrolle, tomando como referencia, lo dispuesto en la Ley General del Voluntariado, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2015-MIMP y normas conexas;
Que, a través del Informe Nº D000030-2025-GDHS-MDI de fecha 31 de marzo de 2025, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, concluye indicando que, es necesario contar con el Reglamento de la Ordenanza Nº D000493-2025-AL-MDI, que crea el Programa Municipal de Voluntariado del distrito de Independencia, el cual tendrá por finalidad, establecer las disposiciones específicas orientadas a estructurar el desarrollo óptimo del programa, garantizando a los actores involucrados, una estructura acorde a las necesidades y metas del programa y servirá de apoyo para las diferentes actividades de carácter social y comunal que se desarrollan habitualmente, así como las modalidades con las que contará el Programa; para ello, se ha tomado como referencia a las distintas necesidades, problemáticas y convergencias que presentan las 6 zonas del distrito;
Que, por medio del Memorando Nº D001044-2025-OGPPM-MDI de fecha 07 de abril de 2025, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización brinda Opinión Técnica favorable al Proyecto del Reglamento del Programa Municipal de Voluntariado del Distrito de Independencia, mencionando que se encuentra acorde al marco normativo vigente, así como a las competencias y responsabilidades del Reglamento de Organización y Funciones (ROF). De otro lado, se encuentra alineado a los objetivos y acciones estratégicas institucionales, plasmadas en el Plan Estratégico Institucional (PEI), de la entidad, no generando mayor necesidad de destinación de recursos presupuestales;
Que, mediante Informe Nº D000242-2025-OGAJ-MDI de fecha 08 de abril de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable sobre el Reglamento del Programa Municipal de Voluntariado del distrito de Independencia al considerar que el mismo, se encuentra en concordancia con la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº D000493-2025-AL-MDI, Ordenanza que crea el Programa Municipal de Voluntariado en el distrito de Independencia;
Que, a través del Memorando D000380-2025-GM-MDI de fecha 09 de abril de 2025, la Gerencia Municipal deriva todo lo actuado a la Secretaría General, a efecto de que se emita el Decreto de Alcaldía correspondiente, conforme a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Programa Municipal de Voluntariado del distrito de Independencia, creado por Ordenanza Nº D000493-2025-AL-MDI, el cual consta de 02 Títulos, 07 Capítulos, 24 Artículos y 02 Disposiciones Complementarias que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento que se aprueba en el artículo primero, conforme a sus competencias.
Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, a la Oficina de Imagen Institucional la debida difusión y a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación del Decreto con su respectivo Reglamento y anexos en el Portal Institucional de la entidad (www.muniindependencia.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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