Designan representante del Ministerio de Salud, ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL

resolución suprema

N° 003-2025-SA

Lima, 11 de abril de 2025

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30224, se crea el Sistema Nacional para la Calidad (SNC) y el Instituto Nacional de Calidad (INACAL), el mismo que, de conformidad con el artículo 9 de la referida norma, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; asimismo, se constituye en el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del SNC, responsable de su funcionamiento en el marco de lo establecido en la mencionada Ley;

Que, la referida Ley N° 30224, en los numerales 13.1 y 13.4 del artículo 13, señala que el Consejo Directivo es el órgano máximo del INACAL, integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Salud, designado por resolución suprema refrendada por el Titular del Sector correspondiente, por un período de cuatro (04) años, pudiendo ser designados por un período adicional; asimismo, el numeral 13.2 precisa que, los perfiles, mecanismos y procedimientos de designación de los representantes ante el Consejo Directivo serán establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones del INACAL;

Que, la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, en su artículo 7, establece los requisitos que deben cumplir los miembros del Consejo Directivo de la citada entidad;

Que, el literal a) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, en concordancia con el artículo 17 de la Ley N° 30224, establece que el cargo de miembro del Consejo Directivo queda vacante por aceptación de renuncia formalizada a través de la resolución correspondiente; asimismo, precisa que, en caso de vacancia, el sector correspondiente debe designar a la persona que complete el periodo en función;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 003-2024-SA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de mayo de 2024, se designa al señor HERBERTH ULISES CUBA GARCÍA, como representante del Ministerio de Salud ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL;

Que, el citado representante ha formulado renuncia a la referida designación, siendo pertinente aceptar la misma, y designar al representante del Ministerio de Salud ante el citado Consejo Directivo, a fin de completar el periodo correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor HERBERTH ULISES CUBA GARCÍA, como representante del Ministerio de Salud, ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar al señor MANUEL EDUARDO LARREA SÁNCHEZ, como representante del Ministerio de Salud, ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, hasta completar el periodo restante del total de cuatro (4) años calendario, que vence el 10 de mayo de 2028.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ

Ministro de Salud

2390260-2