“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

Ordenanza que aprueba el Reglamento que Regula el Desarrollo de las

Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital

de San Juan de Lurigancho

ORDENANZA N° 502-MDSJL

San Juan de Lurigancho, 3 de abril de 2025

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

VISTO: En Sesión de Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, el Dictamen N° 004-2025-MDSJL/CM-COAJGTD de la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos, Gobierno y Transformación Digital y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9, articulo 39 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL DESARROLLO

DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento que Regula el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, la cual consta de cinco (5) Capítulos, treinta y seis (36) Artículos y cinco (5) Disposiciones Finales y Complementarias.

Artículo 2.- Derogar la Ordenanza N° 448-MDSJL, que aprueba el Reglamento para el Desarrollo de la de Rendición de Cuentas de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho en relación a la normativa vigente.

Artículo 3.- Dejar sin efecto cualquier otra norma que se oponga a la presente ordenanza.

Artículo 4.- Encargar al Equipo Técnico de la Audiencia Pública, las acciones correspondientes a la organización, preparación y realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho.

Artículo 5.- Disponer que todas las áreas administrativas de la entidad, brinden las facilidades del caso al equipo técnico, con la finalidad de garantizar el logro de los objetivos propuestos.

Artículo 6.- Encargar a Oficina General de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Gobierno Digital e Innovación, su difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (www.munisjl.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JESÚS MALDONADO AMAO

Alcalde

REGLAMENTO QUE REGULA EL DESARROLLO DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS

DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN JUAN DE LURIGANCHO

CAPÍTULO I

ASPECTOS GENERALES

Artículo 1.- DEFINICIÓN

La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas es una de las modalidades principales que conforman la estrategia de participación vecinal en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, siendo espacios de encuentro e información entre autoridades, funcionarios públicos, representantes de la sociedad civil organizada y población en general, que permiten informar a la población sobre los logros, avances, dificultades y perspectivas de gestión municipal, en las que el Alcalde da a conocer a los ciudadanos, la información pública municipal, aspectos presupuestales, logros y dificultades que impidieron el cumplimiento de los compromisos, todo esto con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la gestión municipal con proyección al cierre del año fiscal.

Artículo 2.- OBJETO

2.1 Regular el desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho estableciendo procedimientos para sus tres etapas: etapa preparatoria, etapa de ejecución y etapa de seguimiento.

2.2 Dar a conocer las gestiones realizadas, con respecto al presupuesto, logros y dificultades para cumplir compromisos por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, reforzando de esta manera el vínculo entre la autoridad y la población.

2.3 Contribuir al desarrollo de los principios constitucionales de transparencia, responsabilidad, eficacia e imparcialidad y participación ciudadana en el manejo de los recursos públicos.

2.4 Evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal.

2.5 Garantizar la neutralidad del evento, con respecto a la información compartida con la comunidad del distrito.

Artículo 3.- FINALIDAD

Establecer los procedimientos que rigen las Audiencias Públicas convocadas por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, con el propósito de informar a la ciudadanía sobre el resultado de la gestión municipal de manera transparente y clara, en sus aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y dificultades que impidieron el cumplimiento de los compromisos, promover y facilitar la participación ciudadana de forma democrática, transparente y responsable de la sociedad civil e instituciones públicas y privadas.

Artículo 4.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente reglamento tiene competencia dentro de la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho.

Artículo 5.- PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS

El procedimiento de Audiencia Pública debe garantizar el respeto de los siguientes principios:

5.1 Control Ciudadano: Es la forma de participación ciudadana en los asuntos públicos, contenidos de vigilancia, crítica, seguimiento, evaluación, deliberación y sanción social.

5.2 Derecho de Acceso a la Información Pública: Toda persona tiene el derecho fundamental de solicitar y recibir información del ente municipal.

5.3 Igualdad: Todos los ciudadanos participantes deben ser tratados con dignidad, respeto y consideración, participando con base igualitaria con los demás concurrentes.

5.4 Inclusión: Está dirigido a todos los ciudadanos y ciudadanas que residan dentro del distrito de San Juan de Lurigancho, sin distinción alguna. discriminación de ningún tipo (etnia, raza, lengua u otra condición). De este modo, se trata que todas las personas o grupos que tengan interés puedan hacerlo.

5.5 Integridad: Es la actuación coherente con valores, principios y normas, que promueve y protege el desempeño ético de la función pública, de modo que los y recursos confiados al Estado se dispongan hacia los fines que se destinaron, asegurando que el servicio público a la ciudadanía esté al interés general y a la generación de valor público.

5.6 Neutralidad: Se debe de favorecer la participación de los diversos grupos de la población, no solo de aquellos que manifiesten una opinión favorable a la gestión.

5.7 Participación Ciudadana: Todo ciudadano tiene derecho individual o colectivo para intervenir, deliberar, discutir y cooperar con las autoridades en las decisiones públicas, de manera que garantice a la población el conocer la fecha y lugar de realización de la audiencia, además de promover el control social.

5.8 Publicidad: No existe limitaciones para el conocimiento del contenido de la audiencia, los resultados, documentos producto de ella, estarán a disposición de los ciudadanos y ciudadanas en la página web institucional de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho.

5.9 Transparencia: Los funcionarios y servidores públicos tienen el deber de presentar información clara y verdadera a la ciudadanía.

5.10 Respeto: Tolerancia a los intercambios de opiniones de los participantes, reconociendo diversas opiniones y puntos de vista.

Artículo 6.- MARCO NORMATIVO

6.1 Constitución Política del Perú

6.2 Ley N° 27783, artículo 17° de la Ley de bases de la descentralización.

6.3 Ley N° 26300, Ley de los derechos de Participación y Control Ciudadanos.

6.4 Ley N° 27680, Ley de la reforma Constitucional del capítulo XIV del título IV sobre descentralización, artículos 194°, 195° y 197°.

6.5 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS y modificatorias.

6.6 Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización del Estado.

6.7 Decreto Supremo N° 043-2003-PCM TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública y sus modificatorias.

6.8 Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias.

6.9 Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades con sus modificatorias, artículo IX del Título Preliminar; artículo 9° numerales 14 y 34; artículo 20° numerales 34 y 36; artículos 67°, 111° 112°, 113 y 121°, artículo 148°, artículo 119°-A y Decima Sexta Disposición Complementaria.

6.10 Decreto Supremo N° 103-2022-PCM, aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030.

6.11 Decreto Supremo N° 033-2023-PCM, aprueba el V Plan de Acción de Gobierno Abierto.

6.12 Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia de Consejo de Ministros.

CAPÍTULO II

ETAPA PREPARATORIA

Artículo 7.- INSTALACIÓN DE LA MESA

Se efectuará la instalación de la mesa, con la presencia del Alcalde y la comitiva que lo acompañe (Regidores, Jefes, Gerentes, Subgerentes y Especialistas si fuere el caso).

Artículo 8.- EQUIPO TÉCNICO DE AUDIENCIA PÚBLICA

8.1 Para la elaboración del informe de Audiencia Pública se conformará el siguiente Equipo Técnico de Audiencia Pública:

1. Gerente Municipal.

2. Jefe/a de Oficina General de Secretaría General.

3. Jefe/a de Oficina General de Comunicación e Imagen Institucional.

4. Jefe/a de Oficina General de Administración y Finanzas.

5. Jefe/a de Oficina General de Asesoría Jurídica.

6. Jefe/a de Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización.

7. Jefe/a de Oficina General de Gobierno Digital e Innovación.

8. Gerente de Administración Tributaria.

9. Gerente de Desarrollo Ambiental.

10. Gerente de Desarrollo Económico.

11. Gerente de Orden Público.

12. Gerente de Desarrollo Urbano.

13. Gerente de Desarrollo Humano.

8.2 FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO

El equipo técnico está encargado de organizar, desarrollar y monitorear la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas. Este equipo elabora los informes que corresponde según su competencia, promueve la participación ciudadana, articula la participación de la sociedad civil organizada y colabora en la organización y desarrollo del evento.

Artículo 9.- RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL

La realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas es responsabilidad del Titular de la Entidad, como autoridad ejecutiva y política de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. El responsable la convocará y presidirá, pudiendo delegar tal responsabilidad en un funcionario competente en razón del objeto de la misma.

Artículo 10.- RESPONSABLES EN LA ORGANIZACIÓN

En la realización y desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas, participan los diferentes órganos e instancias de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, los cuales asumen diferentes responsabilidades, entre los que se encuentran:

1. Alcaldía

Como órgano ejecutivo de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, le corresponde:

a. Elevar al concejo municipal la propuesta de Reglamento para el desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas.

b. Aprobar la agenda y el informe de rendición de cuentas.

c. Emitir la convocatoria.

d. Realizar la rendición de cuentas.

2. Concejo Municipal

Aprobar el reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas y de todas normas complementarias que favorezcan el desarrollo de este mecanismo de control participación ciudadana.

3. Gerencia Municipal

a. Elaborar el informe sobre la propuesta de Reglamento a ser emitido al Titular de la Entidad, para su posterior aprobación por el Concejo Municipal.

b. Elaborar y proponer la agenda y los temas a tratar en la Audiencia Pública, los cuales deben ser presentados de manera articulada y tomando como eje principal de referencia al Plan de Desarrollo Local Concertado.

c. Liderar la difusión de la convocatoria a la Audiencia Pública.

d. Elaborar el Informe final de rendición de cuentas y el resumen ejecutivo.

4. Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización

a. Coordinar y recabar la información para la elaboración del informe de rendición de cuentas.

b. Centralizar y sistematizar la información.

c. Coordinar con la Oficina General de Comunicación e Imagen Institucional la difusión de la Audiencia Pública.

5. Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional

a. Coordinar y recabar la información para la elaboración del informe de la Audiencia.

b. Centralizar y sistematizar la información entregada por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en los medios digitales más idóneos.

c. Coordinar con la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Gerencia Municipal, la elaboración del informe de rendición de cuentas y el resumen ejecutivo. Es responsable de realizar la difusión de la Audiencia Pública.

6. Gerencia de Desarrollo Humano

a. Conjuntamente con la Subgerencia de Participación Vecinal, tienen la responsabilidad de:

Coordinar la difusión de la convocatoria de la Audiencia Pública ante las organización civil e instituciones públicas y privadas, así como las comunicaciones respectivas entre las instancias pertinentes en condición de veedores, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Contraloría Pública, Policía Nacional y otras entidades afines.

7. Los funcionarios y servidores públicos de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a quienes les corresponde:

a. Promover la participación ciudadana.

b. Articular la participación de las organizaciones e instituciones.

c. Brindar la información sobre sus respectivas unidades orgánicas de manera oportuna para la rendición de cuentas.

d. Colaborar en la organización y desarrollo de la Audiencia Pública.

8. Otras unidades orgánicas

Son responsables de brindar información sobre sus respectivas unidades orgánicas de manera oportuna para la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas y colaborar en la organización y desarrollo de la Audiencia, así como participar como expositores si es necesario.

Artículo 11.- TEMAS A TRATAR EN AUDIENCIA DE RENDICIÓN DE CUENTAS

11.1 Nivel de ejecución presupuestal para el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI). por temáticas como programas sociales, gestión de riesgo de desastres, seguridad ciudadana u otros temas priorizados de acuerdo a la realidad territorial.

11.2 Cartera de proyectos de inversión priorizada, indicando el Código Único de Inversiones (CUI), nombre del proyecto, su estado actual, gestiones realizadas, responsables de ejecución y fecha de cumplimiento.

11.3 Planes para mejorar la gestión y la calidad de servicios públicos específicos, así como los avances, dificultades y lecciones aprendidas en su ejecución, de acuerdo a la realidad territorial.

11.4 Adopción de políticas públicas locales y el avance en su implementación, sobre todo, respecto de aquellas de interés para determinados grupos de la población.

11.5 Las disposiciones municipales de relevancia e impacto para la ciudadanía, emitidas en el último semestre.

11.6 Adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, montos comprometidos, proveedores y consultorías contratadas, indicando las necesidades satisfechas.

11.7 Acciones de prevención en gestión de riesgo de desastres.

11.8 Acciones para promover la implementación de los mecanismos de transparencia e integridad en la gestión regional o local.

11.9 El informe de transferencia de gestión por cambio de titular, de corresponder.

11.10 Funcionamiento de espacios de concertación, como el Consejo de Coordinación Local (CCL), así como otros mecanismos de participación ciudadana que existan en el territorio.

11.11 Funcionamiento de las Instancias de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres, de los comités de seguridad ciudadana, consejos de coordinación de salud y educación, consejos regionales/locales o mesas de trabajo para personas adultas mayores, comisiones de lucha contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, comisiones locales anticorrupción, entre otros que funcionen en el distrito.

11.12 Otros temas que son informados de manera obligatoria en el portal de transparencia estándar de la entidad y demás que la autoridad regional y local consideren de importancia.

Artículo 12.- ALCANCE DE LOS TEMAS A TRATAR

En la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas sólo se podrá tratar los asuntos que fueron establecidos como punto de agenda en la convocatoria. De tal manera que resultan inatendibles las solicitudes de vacancia, reemplazo o suspensión de la autoridad edil, disminución o rebaja de los impuestos municipales y otros con legislación específica.

Todas las opiniones que se recojan en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, son meramente consultivas y no tienen carácter vinculante, a excepción de que la Ley así lo determine.

Artículo 13.- DEL RESUMEN EJECUTIVO

Es una versión corta del informe de rendición de cuentas que contiene la síntesis y conclusiones de cada tema a ser informado en la Audiencia Pública, presentado con un lenguaje sencillo y en formato amigable. Este resumen debe ser difundido a través del portal institucional de la entidad, su portal de transparencia estándar, así como en otros mecanismos que se consideren necesarios, con un plazo no menor de siete (07) días hábiles previos al desarrollo de la audiencia. Sin perjuicio de lo anterior, deberá difundirse el mismo día de la Audiencia Pública.

Artículo 14.- CONVOCATORIA

14.1 El titular de la entidad realiza la convocatoria a través de un decreto de alcaldía, y será realizada con un plazo no menor de treinta (30) días calendario previos a la audiencia, donde se indica expresamente, por lo menos lo siguiente:

a. Tipo de audiencia.

b. Norma que permite la convocatoria.

c. Propuesta de agenda y el plazo de quince (15) días calendarios improrrogables para formular propuestas sobre la temática de la audiencia.

d. Lugar, fecha, y hora de realización de la audiencia.

e. Lugar y plazos para la inscripción de participantes para realizar las consultas en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas.

f. Cronograma, la agenda, entre otros aspectos.

14.2 Cumplido el plazo de quince (15) días otorgado para formular propuestas a la temática de la agenda, la misma se cierra indefectiblemente.

14.3 Aquellos aspectos propuestos de manera extemporánea serán considerados en la siguiente Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, sin perjuicio que la entidad pueda brindar información sobre dicha temática a través de su portal de transparencia estándar, portal institucional u otros que disponga para dichos efectos.

Artículo 15.- PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

15.1 La Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional es responsable de la difusión de las Audiencias Públicas, encargándose de su publicación a través del Portal Web Institucional, redes sociales y, de ser el caso, por lo medios de comunicación masiva (escritos, televisivos y radiales) con mensajes claros y amigables a la diversidad de la población, las que aseguren el cabal conocimiento de la ciudadanía del distrito de San Juan de Lurigancho, a efecto de promover una mayor participación ciudadana. Asimismo, realiza las coordinaciones con la Subgerencia de Participación Vecinal y las demás unidades orgánicas de la corporación municipal con la finalidad de fortalecer la difusión de la Audiencia Pública.

15.2 La Subgerencia de Participación Vecinal es responsable de realizar las convocatorias mediante el trabajo de los promotores, realizando trabajo de campo entre otras actividades para dar conocimiento a los dirigentes y población en general de las Audiencias Públicas.

Artículo 16.- MODALIDAD Y LUGAR

Las Audiencias Públicas de rendición de cuentas deben ser presenciales, salvo excepciones que la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho podrá evaluar en el marco de su autonomía. Respecto del lugar, éste debe garantizar la máxima participación, por ello se deberán realizar en locales de gran aforo en lo posible; asimismo, el recinto elegido deberá reunir las medidas de accesibilidad para las personas con discapacidad.

Artículo 17.- PARTICIPANTES

Podrán participar en las Audiencias Públicas:

a. Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de San Juan de Lurigancho (el Alcalde, los Regidores y los cinco (5) representantes de la sociedad civil).

b. Los presidentes de las Juntas Vecinales de cada sector del distrito de San Juan de Lurigancho.

c. Representantes de los medios de comunicación.

d. Los vecinos del distrito que se encuentren en el local de la Audiencia Pública, respetando el aforo propuesto.

Artículo 18.- INSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE PARTICIPANTES

18.1 El ciudadano o representante de una organización privada o entidad pública podrá registrar su participación a través de las plataformas de atención al usuario que la administración disponga, o inscripción virtual, mediante el Portal Institucional (página web) de la Municipalidad, debiendo llenar la información requerida en el Formulario de inscripción de participantes en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, que como Anexo forma parte de la presente norma.

18.2 La inscripción de los participantes debe iniciarse conjuntamente con la convocatoria y prolongarse hasta el mismo día del desarrollo de la Audiencia Pública. Esta inscripción contribuye a ordenar la audiencia, pero no limita la participación. Se tomará como única limitación la capacidad del local y, para hacer uso de la palabra, los tiempos previstos en el programa de la audiencia.

CAPÍTULO III

ETAPA DE EJECUCIÓN

Artículo 19.- DEL MODERADOR

El moderador de la Audiencia Pública será designado por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, quien será el encargado de conducir democráticamente el evento, asegurando el respeto de los principios y las normas establecidas en el presente reglamento, realizando las siguientes funciones:

a. Presentación de la agenda y explicación de las reglas del evento para el desarrollo de la Audiencia Pública.

b. Lectura de la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas.

c. Control del tiempo de participación de los expositores y de la intervención del público participante.

d. Instar a los participantes a guardar orden durante el desarrollo de la Audiencia Pública.

Artículo 20.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES

20.1 Los participantes de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas tienen los siguientes derechos:

a. Derecho a emitir y realizar preguntas o comentarios referentes a los temas detallados en la agenda de Rendición de Cuentas (por los medios establecidos en el artículo 27°).

b. Derecho a recibir información referente a los temas objeto de la rendición de previo al desarrollo de la Audiencia Pública.

20.2 Los participantes de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas tienen las siguientes obligaciones:

a. Respetar el orden de participación establecido para intervenciones.

b. Acatar lo establecido en el artículo 29° del presente reglamento, en cuanto a las prohibiciones.

c. Respetar las ideas de todos los participantes de la Audiencia Pública.

Artículo 21.- CONDUCCIÓN DE LA AUDIENCIA PÚBLICA

Son integrantes de la mesa directiva el Titular de la entidad (Alcalde) y los funcionarios responsables de presentar los resultados de la rendición de cuentas, así como los logros, avances, dificultades, perspectivas de gestión y puntos correspondientes a la temática priorizada en el artículo 11 del presente Reglamento.

Artículo 22.- DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA

La Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, se realiza en el lugar, fecha y hora prevista en la convocatoria.

22.1 Mesa Directiva: La mesa directiva estará conformada por el titular de la Entidad, conjuntamente con los principales funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, quienes se encargarán de la exposición del Informe de Rendición de Cuentas (el Alcalde está a cargo de la rendición y los funcionarios son el soporte), absolverán todas las consultas formuladas por los participantes, y complementarán con algunos temas que expongan.

22.2 La intervención de los participantes se realizará después de la exposición del informe de rendición de cuentas, de acuerdo al orden de inscripción como oradores, manteniendo un ambiente de respeto y cordialidad. El tiempo destinado para cada intervención será un mínimo de tres minutos y, si el caso lo amerita, se considerará una repregunta con un tiempo no mayor a dos minutos. Las intervenciones deben estar relacionadas a los temas fijados en la agenda de la audiencia.

Artículo 23.- El ingreso de los asistentes a la Audiencia Pública se efectuará con antelación al inicio de la hora convocada para el evento, siendo que todo debe estar listo con dos (2) horas de anticipación. Previa presentación del Documento Nacional de Identidad - DNI, al ingreso serán registrados los datos generales de los asistentes en la ficha establecida para el registro correspondiente, siendo realizada esta tarea por los promotores de la Subgerencia de Participación Vecinal, pudiendo contar con el apoyo de dirigentes y participantes de ser necesario.

Artículo 24.- INICIO DE LA AUDIENCIA Y EXPOSICIÓN DEL INFORME

Una vez instalada la mesa, el moderador anunciará la presentación del Alcalde como autoridad convocante, de los regidores y comitiva participantes; así como de las autoridades o personalidades asistentes. Terminada la presentación, el Alcalde inicia oficialmente la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, y procede a efectuar las exposiciones de los puntos establecidos en el informe de la Audiencia Pública, el cuál puede ser delegado a los funcionarios o especialistas responsables de cada punto.

La exposición del Informe de Rendición de Cuentas estará a cargo del titular de la entidad, Gerente Municipal o los funcionarios que se designe, el cual debe ser desarrollado en un tiempo referencial de una (01) hora, debiendo de apoyarse preferentemente en soportes audiovisuales a fin de poder asegurar la comprensión de los participantes.

Artículo 25.- TIEMPO DE DURACIÓN MÁXIMA DE LA AUDIENCIA

La audiencia no podrá exceder de tres (3) horas. Este tiempo será delimitado en el aviso de la convocatoria.

Artículo 26.- INFORME DE AUDIENCIA PÚBLICA

El Informe de Audiencia Pública es el documento donde se presenta a detalle la información solicitada, siendo el estado situacional de ejecución presupuestaria, los logros obtenidos, las dificultades que enfrenta la gestión municipal, y proyección al cierre del año fiscal, y otros temas de especial necesidad para la comunidad, enmarcados en el Plan de Desarrollo Concertado de la Municipalidad en los que se establecen los objetivos estratégicos a mediano y largo plazo. El informe es elaborado por la Gerencia Municipal en coordinación con la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización.

Artículo 27.- PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA Y ABSOLUCIÓN DE INTERROGANTES

Concluidas las exposiciones, se dará inicio a la ronda de preguntas por parte de la ciudadanía presente, las cuales serán presentadas por escrito mediante fichas que serán entregadas previamente a la hora del registro de ingreso; dichas fichas, con las preguntas formuladas, se depositaran en un ánfora acondicionada para su recepción, para tal caso, se contará con un equipo facilitador integrado por personal de la Municipalidad.

La absolución de las interrogantes será efectuada según la cantidad de preguntas introducidas en el ánfora, y el tiempo que se cuenta para la Audiencia Pública, pudiendo realizar de 3 a 5 preguntas por cada tema de la agenda. La absolución será efectuada por el Señor Alcalde, pudiendo ser delegada o complementada por los Jefes, Gerentes y/o Subgerentes competentes de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho.

Artículo 28.- OBLIGATORIEDAD DE RESPUESTAS A LAS INTERVENCIONES

El vecino debe recibir respuesta inmediata a sus requerimientos, en caso de que no se cuente con información a la mano o se requiera hacer consultas pertinentes, se puede posponer la respuesta y proveerla por escrito en un plazo no mayor de quince (15) días calendario.

Artículo 29.- PROHIBICIÓN

No se admitirán intervenciones orales espontaneas, las excepciones por el interés público serán facultativas del presidente de la Mesa Directiva.

Artículo 30.- ACTA DE LA SESIÓN

La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, concluirá con la suscripción de un acta, por parte de los funcionarios competentes y participantes que deseen realizarlo. Dicha acta dejara constancia de lo actuado en el desarrollo de la audiencia, destacando las principales conclusiones, así como compromisos asumidos.

Artículo 31.- TÉRMINO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA Y SUSCRIPCIÓN DEL ACTA

La responsabilidad de elaborar el acta, la suscripción y la custodia será de la Oficina General de Secretaria General. Luego la Audiencia Pública se dará por terminada con las palabras de agradecimiento y clausura a cargo de las autoridades municipales.

Artículo 32.- SEGURIDAD

Por ser un evento masivo, se deberá contar con la presencia de la Policía Nacional de Perú - PNP, para garantizar el orden y la seguridad en el desarrollo de la Audiencia Pública; siendo responsable de realizar las gestiones y coordinación para tal fin, la Gerencia de Orden Público, convocando adicionalmente al personal de serenazgo para apoyo a la PNP.

CAPÍTULO IV

ETAPA DE SEGUIMIENTO

Artículo 33.- DIFUSIÓN DEL INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS

El Informe de Rendición de Cuentas debe ser difundido en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, con un plazo no mayor a treinta (30) días calendarios después de haberse desarrollado la audiencia.

Artículo 34.- EVALUACIÓN INTERNA

En el plazo de sesenta (60) días contabilizados desde la realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, la municipalidad debe efectuar una evaluación interna sobre el desarrollo de la misma, considerando las acciones de la etapa preparatoria y la etapa de ejecución, así como los compromisos asumidos, acuerdos adoptados y las solicitudes nuevas de información recibidas.

Los resultados de dicha evaluación serán socializados, en un plazo máximo de treinta (30) días con el personal de la institución, para que éstos tomen conocimiento de la percepción de la comunidad respecto de la gestión institucional y adopten decisiones de mejora para la siguiente Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, la cual puede iniciar dando cuenta de dichas acciones de mejora.

Artículo 35.- ATENCIÓN DE LAS SOLICITUDES DE INFORMACIÓN FORMULADAS

En la siguiente Audiencia Pública de Rendición de Cuentas se debe informar sobre las acciones adoptadas por la municipalidad para atender los pedidos adicionales de información de la ciudadanía, así como para cumplir con los acuerdos adoptados y compromisos asumidos y sus resultados.

Artículo 36.- Si durante la realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas se observa que las posiciones del participante fueren inconciliables, la autoridad podrá realizar una nueva convocatoria, a efectos de conciliar las diferentes posturas.

CAPÍTULO V

DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS

PRIMERA.- Durante el desarrollo de la Audiencia Pública, no podrá realizarse ningún tipo de votaciones.

SEGUNDA.- Los aspectos no contemplados en la presente norma, serán absueltos por el Equipo Técnico de la Audiencia Pública, en el marco de la normatividad legal vigente sobre la materia.

TERCERA.- Los jefes, gerentes y subgerentes de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, competentes en la materia, deben participar activamente durante todo el proceso, en el marco a sus funciones respectivas, así mismo su personal especialista según sea pertinente, para lograr el desarrollo adecuado de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas.

CUARTA.- Este reglamento rige para todos los asistentes, funcionarios y servidores públicos que participen en la Audiencia de rendición de Cuentas.

QUINTA.- El presente reglamento debe ser aprobado mediante ordenanza y rige a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano.

ORDENANZA N° 502-MDSJL

ANEXO

Formulario de inscripción de participantes en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la

Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

Formulario de inscripción de participantes en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del distrito de San Juan de Lurigancho

1) Datos personales

Apellidos y Nombres: …………………………………………………………………………..............................................................

Documento de Identidad:

DNI Carné de extranjería Otro (especificar)

Número de documento de identidad: …………………………………............................

Edad: ………………………………….…..

Dirección domiciliaria: …………………………………………………………………………………………………….........................

……………………………………………………………………………………………………………...................................................

………………………………........

Correo electrónico:

……………………………………………………………………………………………………………..................................................

Teléfono: …………………………………………...... Número de celular: …………………………….........................................

Lengua materna: ………………………………………………………………………………………...................................................

Indicar si requiere de algún ajuste razonable para poder participar en la audiencia

Sí No

Si la respuesta es sí, indique la clase de ajuste razonable requerido

Reducida o nula movilidad

Reducida o nula visibilidad

Reducida o nula audición/habla

Otros

2) Indicar los datos de la institución, entidad, organización o similares a los que representa, de ser el caso.

Nombre de la organización:

………………………………………………………………………………….....................................................................................

R.U.C.: ……………………………………………………

Dirección:

………………………………………………………………………………………………………..........................................................

La organización es una entidad:

Púbica Privada Social/ONG Asociación/ comité/ fundación Empresa

3) Intervención en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas

Marcar la alternativa que corresponda:

Participará como asistente

Participará formulando propuestas, observaciones o comentarios de interés sobre la agenda

Formulará preguntas escritas, las mismas que serán entregadas el día de la audiencia

Intervendrá formulado una pregunta verbal

Indicar el tema o pregunta de interés para la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas (solo un tema o pregunta por participante):

4) Derechos y obligaciones de los participantes a las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas

De acuerdo a la Ordenanza N° XXX-2024, que aprueba el “Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad (Provincial/Distrital) de .........................…”, los participantes de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas tienen los siguientes derechos:

- Participar en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas sin barreras que generen limitaciones por razones de discapacidad, vulnerabilidad o filiación política.

- Hacer uso de la palabra para realizar preguntas o comentarios referentes a los temas detallados en la agenda de rendición de cuentas.

- Recibir información referente a los temas objeto de rendición de cuentas previo al desarrollo de la Audiencia Pública.

Del mismo modo, de acuerdo a dicho Reglamento, los participantes de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas deben observar las siguientes obligaciones:

- Respetar el orden de participación establecido para las intervenciones.

- Vocabulario adecuado al realizar las intervenciones.

- Respetar la participación de todos los involucrados en la Audiencia Pública.

¿Acepta las normas de conducta descritas anteriormente para participar de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas?

Sí No

5) Lugar, fecha y firma del participante

Lugar: ……………………………………................................................

Fecha: ……………………………………................................................

Firma:

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