Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 1029-2025-MP-FN
Lima, 7 de abril de 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 000747-2025-MP-FN-PJFSCAJAMARCA, de fecha 20 de marzo de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, por el cual remite y expresa conformidad a la carta de fecha 19 de marzo de 2025, suscrita por el abogado Raúl Ríos Pastor, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designado en la Fiscalía Provincial Mixta de Encañada, quien presenta su renuncia al cargo por motivos de salud y de índole personal.
En la carta de renuncia suscrita por el citado abogado, señala como último día de labores el 31 de marzo de 2025 y solicita la exoneración del plazo previsto en la ley, ante lo cual el jefe inmediato otorga su visto bueno, cumpliendo así con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 0006-2025-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 26 de marzo de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del referido fiscal, con efectividad al 1 de abril de 2025.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Raúl Ríos Pastor, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en la Fiscalía Provincial Mixta de Encañada, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 529-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025; con eficacia anticipada a partir del 1 de abril de 2025.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Raúl Ríos Pastor que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones realice la gestión correspondiente a fin de que el abogado Raúl Ríos Pastor contratado a plazo indeterminado en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, retorne a desempeñar funciones de acuerdo a la reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2388831-13