Designan fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1005-2025-MP-FN
Lima, 7 de abril de 2025
VISTOS:
El oficio Nº 000099-2025-SG/JNJ, de fecha 24 de marzo de 2025, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 102-2025-JNJ, de fecha 17 de marzo de 2025, e informe Nº 00036-2025-MP-FN-OREF-DACP, de fecha 27 de marzo de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, cursado por la abogada Giovanna María Díaz Revilla, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 25 de marzo de 2025, se remite copia certificada de la resolución de vistos en el marco del concurso público para la selección y nombramiento de fiscales adjuntos provinciales - acceso abierto, de la convocatoria Nº 006-2024-SN/JNJ; por la cual se nombró al abogado Nike César Calle Mamani como fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima del Distrito Fiscal de Lima Centro.
Con fecha 21 de marzo de 2025, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Nike César Calle Mamani, en el cargo descrito en el párrafo que antecede.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1172-2024-MP-FN, de fecha 16 de mayo de 2024, se resolvió nombrar al abogado Nike César Calle Mamani, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con reserva de su plaza de origen; laborando a la fecha en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1276-2024-MP-FN, de fecha 28 de mayo de 2024, se resolvió nombrar al abogado Paul Fernando Blas Oruna, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima; laborando a la fecha en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.
En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, corresponde emitir el acto resolutivo, a fin de designar al abogado Nike César Calle Mamani conforme a su título de nombramiento, para lo cual previamente corresponderá dar por concluida la designación del abogado señalado en el cuarto párrafo de la presente resolución, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designado el referido fiscal titular.
Asimismo, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar la labor fiscal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”, resulta necesario contar con fiscales con experiencia en el desempeño de la función fiscal, así entonces, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fiscal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, en mérito al marco normativo, se ha considerado oportuno designar al abogado Paul Fernando Blas Oruna, en su condición de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la fiscalía antes señalada.
Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Nike César Calle Mamani, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1172-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 16 de mayo y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Paul Fernando Blas Oruna, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1276-2024-MP-FN, de fecha 28 de mayo de 2024.
Artículo Tercero.- Designar al abogado Nike César Calle Mamani, fiscal adjunto provincial titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima.
Artículo Cuarto.- Designar al abogado Paul Fernando Blas Oruna, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento a los abogados Nike César Calle Mamani y Paul Fernando Blas Oruna, que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Sexto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2388815-10