Modifican la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y aprueban el Texto Íntegro del ROF

ORDENANZA N° 519-MVES

Villa El Salvador, 27 de marzo del 2025

POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,

VISTOS: El Memorando N° 327-2025-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 063-2025-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 046-2025-UPEMPI-OPP/MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Programación de Inversiones, el Dictamen N° 001-2025-CAPyP-MVES de la Comisión de Administración Planeamiento y Presupuesto, sobre la propuesta de Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza N°369-MVES;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”;

Que, el numeral 3 del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal el de: “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local.”; asimismo en su numeral 8 establece que corresponde al Concejo Municipal: “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.”, lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40° de la acotada norma, que señala que: “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa.”;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública, establecer los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias, siendo de aplicación en todas las dependencias de la Administración Pública a nivel nacional;

Que, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado con Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, establece que el mismo tiene como finalidad que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía, el cual regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; asimismo, respecto a los Lineamientos de Organización del Estado, el artículo 5° refiere respecto al diseño de las entidades lo siguiente: “El diseño consiste en analizar las características de la entidad para identificar un modelo de organización que más se ajuste a esta y facilite la elaboración o modificación de su estructura orgánica o funcional.”, en tanto, el artículo 43°, precisa que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF “Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus Unidades de Organización, así como sus relaciones de dependencia.”; el literal c) del artículo 45° precisa que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las Municipalidades y sus Organismos Públicos Locales, debe ser aprobado por Ordenanza Municipal; en tanto, el numeral 46.1 del artículo 46° establece los supuestos en los que se requiere la aprobación o modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones - ROF precisando lo siguiente: “a) Por modificación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas Unidades de Organización. (…); b) Por modificación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar Unidades de Organización. (…); y c) Por reasignación o modificación de funciones, sin que se modifique la estructura orgánica. (. . .)”; siendo que, el numeral 46.3 del artículo 46°, señala que para la aprobación o modificación del ROF “La Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces es responsable técnico de la propuesta de ROF y el Informe Técnico que lo sustenta.”; posteriormente, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50°, precisa que el expediente del proyecto de ROF debe contener entre otros el siguiente documento: “Informe Legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica que valida la legalidad de las funciones asignadas a las Unidades de Organización de la entidad.”;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP, se aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, y tienen como finalidad orientar a las Entidades Públicas en su diseño organizacional y sobre los diversos aspectos relacionados con el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, en concordancia con lo dispuesto en la normativa de la materia;

Que, el artículo 17° de la Directiva N° 002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, aprobado mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM/SGP, establece que: “El expediente que sustenta la aprobación o modificación del ROF de un Gobierno Regional o de una Municipalidad contiene la siguiente documentación, según corresponda: a) El proyecto de (…) Ordenanza Municipal; b) El proyecto de ROF, el cual contiene títulos, capítulos y artículos; c) El Informe Técnico (…); y d) El informe legal elaborado por el órgano Asesoría Jurídica de la (. . .) Municipalidad proponente, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las Unidades de Organización”;

Que, mediante Ordenanza N° 369-MVES de fecha 27 de enero de 2017, se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, el cual fue modificado mediante Ordenanza N° 374-MVES de fecha 27 de junio de 2017; posteriormente, con Ordenanza N° 419-MVES de fecha 25 de octubre del 2019, se modifica la Estructura Orgánica y se aprueba el Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES; seguidamente, mediante Ordenanza N° 435-MVES de fecha 31 de agosto del 2020, se aprueba una nueva Estructura Orgánica y el nuevo Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF); asimismo, con Ordenanza N° 441-MVES de fecha 27 de noviembre del 2020, se aprueba la Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369 -MVES; finalmente, mediante Ordenanza N°479-MVES de fecha 28 de diciembre del 2022, se aprueba la Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N°369 -MVES;

Que, con Informe N° 046-2025-UPEMPI-OPP/MVES, la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Programación de Inversiones debidamente visado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, precisa que en cumplimiento de su función contenida en el numeral 26.25 del artículo 26° de la Ordenanza N° 479-MVES, que la modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES realizó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) respecto a la incorporación del COMUDENNA y el COED, la creación de la Oficina de Integridad Institucional y la Unidad de Servicios Generales y Maestranza, la absorción de la Subgerencia de Educación Cultura, Deporte y Juventud por la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, la modificación de funciones del Órgano de Control Institucional, la incorporación de funciones sobre Habilitaciones Urbanas de Oficio, la modificación de dependencia funcional, administrativa e incorporación de funciones de la Procuraduría Pública Municipal, y la modificación de función de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, evidenciándose la necesidad de aprobar dicha modificación en atención a los supuestos a), b) y c) descritos en el numeral 46.1 del artículo 46° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias; por lo que, presentó el proyecto de modificación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión por resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, el cual fue elaborado conforme a los principios y lineamientos contenidos en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y modificatorias; Resolución de Secretaria de Gestión Púbica N° 00010-2021-PCM/SGP que aprueba la Directiva N° 002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, así como la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP que aprueba los Lineamientos N°02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP; asimismo, precisa que cuenta con la opinión presupuestal favorable en los casos de incorporación de órganos consultivos y creación de unidades de organización, lo cual permitirá dotar de operatividad a los nuevos cambios propuestos en este instrumento de gestión, concluyendo en el Informe Técnico que valida técnicamente las funciones asignadas en el proyecto, asimismo, opina técnicamente favorable para su aprobación, y adjunta el proyecto de Ordenanza, Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica para su evaluación y continuar con el trámite de aprobación;

Que, con Informe N° 063-2025-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable señalando que la propuesta de Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones elaborada por la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Programación de Inversiones, cumple con lo establecido en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM modificado con Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, la Directiva N° 002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, aprobado mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 00010-2021-PCM/SGP y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP se aprueban los “Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones -ROF y el Manual de Operaciones - MOP”, asimismo, precisa que se ha verificado que no se trasgrede en ninguno de sus artículos norma vigente y tampoco existe duplicidad de funciones entre las Unidades Organización, opinando favorablemente para que el Concejo Municipal de conformidad a su función establecida el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, apruebe mediante Ordenanza la modificación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones aprobados con Ordenanza N°369-MVES, conteniendo el Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones, cinco (05) Títulos, ocho (08) Capítulos, sesenta y cuatro (64) Artículos, dos (02) Disposiciones Transitorias, dos (02) Disposiciones Finales y un (01) Organigrama;

Que, con Memorando N° 327-2025-GM/MVES la Gerencia Municipal, en virtud a las funciones establecidas en los numerales 14.13 y 14.20 del artículo 14º de la Ordenanza N° 479-MVES, que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N°369-MVES, que precisan “14.13. Disponer la formulación y proponer para su aprobación, ante el/la alcalde/sa, los instrumentos de gestión: ROF, CAP Provisional, MPP, TUPA, PAC y otros.” y “14.20. Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal.”, remite los actuados a la Oficina de Secretaría General a fin de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación;

Estando a los informes técnicos y legales así como al Dictamen N° 001-2025-CAPyP-MVES de la Comisión de Administración Planeamiento y Presupuesto Dictamen N° 001-2025-CAPyP-MVES de la Comisión de Administración Planeamiento y Presupuesto señalados en los considerandos precedentes, y en uso de las facultades conferidas por los numerales 3 y 8 del artículo 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Concejo Municipal aprueba por unanimidad, lo siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA

LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES (ROF) CON ENFOQUE DE

GESTIÓN DE RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA

EL SALVADOR, APROBADO CON

ORDENANZA N° 369-MVES

Artículo Primero.- MODIFICAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza N° 369-MVES y modificado con Ordenanza N° 374-MVES, Ordenanza N° 419-MVES, Ordenanza N° 441-MVES y Ordenanza N° 479-MVES, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- APROBAR el Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, que consta de cinco (05) Títulos, ocho (08) Capítulos, sesenta y cuatro (64) Artículos, dos (02) Disposiciones Transitorias, dos (02) Disposiciones Finales y un (01) Organigrama, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- DEROGAR el Artículo Tercero de la Ordenanza N° 479-MVES, que aprobó el Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza N°369-MVES.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos elaborar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional) y el Manual de Clasificación de Cargos (MCC) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la publicación del presente dispositivo municipal en el Diario Oficial “EL PERUANO”; encargar a la Unidad de Imagen Institucional su publicación en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación de la misma y sus Anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe).

Artículo Sexto.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, con excepción de los artículos 26° y 40° que entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano de los dispositivos legales que formalizan la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-Provisional) y el Manual de Clasificación de Cargos (MCC).

Artículo Séptimo.- ENCARGAR a todos las unidades de organización que integran la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Gerencia Municipal supervisar el cumplimiento de la misma.

Regístrese, publíquese, comuniqúese y cúmplase.

GUIDO IÑIGO PERALTA

Alcalde

2387202-1