Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Turístico Local (PDTL) 2025-2030 de la Municipalidad Distrital de Pachacámac

ORDENANZA MUNICIPAL

N° 359-2025-MDP/C

Pachacámac, 31 de marzo de 2025

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC.

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC,

VISTOS: la Ordenanza Municipal N° 296-2022-MDP/C, la Resolución de Alcaldía N° 194-2024-MDP/A, el Informe N° 036-2025-MDP/GTCAI emitido por la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, el Informe N° 118-2025-MDP/OGPPM emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el informe N° 115-2025-MDP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, los memorandos N° 0367 Y 0433-2025-MDP/GM cursados por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley, a su vez, el numeral 4.5 del artículo 73 y el numeral 15 del artículo 82 de la LOM, señala que es competencia de las municipalidades el fomento del turismo local sostenible y la regulación de los servicios deseados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 231-2016-MINCENTUR, se aprueba la actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR) hacia el 2025, el cual establece la necesidad de articular las estrategias de los Planes Estratégicos Regionales de Turismo (PERTUR) y los Planes de Desarrollo Turístico Local de los Gobiernos Locales (PDTL), en coherencia con los planes para la gestión de los destinos turísticos, en tanto, mediante resolución N° 107-2021-MINCETUR se aprueba la Guía Metodológica para la Elaboración del Plan de Desarrollo Turístico Local (PDTL), la misma que dispone que su elaboración tiene una secuencia de cuatro fases, I) diseño del entorno institucional, II) diagnostico turística local, iii) análisis estratégico y iv) plan de acción, fases que se desarrollan utilizando procesos participativos con enfoque multisectorial;

Que, mediante ordenanza de vistos, se aprueba el Plan de Desarrollo Turístico Local (PDTL) del distrito de Pachacámac 2022-2026, y mediante informe de vistos, la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, reporta que dicho plan fue elaborado con diagnósticos, encuestas e instrumentos en contexto de la pandemia producida por el COVID-19, hecho que afectó gravemente la actividad turística a nivel nacional y mundial, por lo que propone uno nuevo, el cual contiene 28 estrategias y 71 acciones estratégicas a implementarse durante el periodo 2025-2030, y que fue aprobado por los integrantes del equipo técnico de turismo, conformado mediante resolución de vistos;

Que, con informe de vistos, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización reporta que el nuevo PDTL del Distrito de Pachacámac, permitirá mejorar la posición del distrito de Pachacámac en el circuito turístico en Lima e impulsará la oferta turística con enfoque cultural e interdistrital, cumpliendo con los objetivos estratégicos establecidos en el Plan de Desarrollo Local Concertado 2019-2030 de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, y con los objetivos del Plan Estratégico Institucional Ampliado 2019-2026 de la Municipalidad Distrital de Pachacámac;

Estando a lo expuesto, en mérito a la opinión favorable emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y el artículo 40 de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Pachacámac, POR MAYORÍA, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA

EL PLAN DE DESARROLLO TURÍSTICO

LOCAL (PDTL) 2025-2030 DE LA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE PACHACÁMAC

Artículo 1.- APROBAR el Plan de Desarrollo Turístico Local (PDTL) del distrito de Pachacámac 2025-2030, en 294 folios, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales la implementación de lo dispuesto en el artículo precedente.

Artículo 3.- DEROGAR la ordenanza N° 296-2022-MDP/C, que aprueba el Plan de Desarrollo Turístico Local (PDTL) del Distrito de Pachacámac 2022-2026.

Artículo 4.- FACULTAR al alcalde del distrito de Pachacámac para que dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y correcta aplicación de la ordenanza.

Artículo 5.- PUBLICAR la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y la ordenanza y su respectivo anexo, en la sede digital de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacámac.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ENRIQUE V. CABRERA SULCA

Alcalde

2387118-1