Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Brasil, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00332-2025-DE
Lima, 26 de marzo del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 048 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 00567-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00559-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° 149/24-ADIDEFEX BRA/PERU el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada de Brasil en el Perú comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, el otorgamiento de vacantes para los cursos ofrecidos por el Ejército Brasileño al Ejército del Perú para el año 2025, entre los que se encuentra considerado el Curso de Doblaje, Mantenimiento de Paracaídas y Suministro por el Aire para Técnicos y Suboficiales (DOMPSA), a realizarse en el Centro de Instrucción Paracaidista General Penha Brasil, en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 7 de abril al 10 de octubre de 2025;
Que, con Hoja de Recomendación N° 016/U-4. b.3/05.00 elaborada por la Jefatura de Educación del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General de dicha Institución Armada, se designa al Técnico 3ro EP Edgar FERNANDEZ CONDORI, identificado con DNI N° 40718580, como titular y al Suboficial 3ro EP Daniel Alonso RIOS SANCHEZ, identificado con DNI N° 71112075, como suplente, para participar en el citado curso;
Que, mediante Oficio N° 174-W-d.1 la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú informa al Agregado de Defensa y Militar de Brasil en el Perú, la designación del mencionado personal militar para participar en el citado curso;
Que, a través del Dictamen Legal N° 504-2025/OAJE la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el referido curso, en el lugar y fecha programada, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia;
Que, en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto permitirá contar con personal altamente capacitado, con nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, a fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho del Ejército del Perú, aportando en la creación y mejora de la doctrina actual;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2025 de dicho Instituto Armado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000049 y N° 0000002265 emitidas por el Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejército del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio N° 048 SCGE/N-04 la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el citado curso, a realizarse en el lugar y fecha programada; así como, autorizar su salida del país el 6 de abril y su retorno el 11 de octubre de 2025;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, a través del Oficio N° 00567-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 121-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, por medio del correo institucional de fecha 24 de marzo de 2025 la Sección Resoluciones de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú remite información complementaría relacionada al financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00559-2025-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Técnico 3ro EP Edgar FERNANDEZ CONDORI (titular); y, al Suboficial 3ro EP Daniel Alonso RIOS SANCHEZ (suplente), para participar en el Curso de Doblaje, Mantenimiento de Paracaídas y Suministro por el Aire para Técnicos y Suboficiales (DOMPSA), a realizarse en el Centro de Instrucción Paracaidista General Penha Brasil, en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 7 de abril al 10 de octubre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 6 de abril y su retorno el 11 de octubre de 2025.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima
Clase económica:
US$ 2,000.00 x 1 persona (incluye importe TUUA) US$ 2,000.00
Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero:
US$ 4,976.72/30 x 24 días x 1 persona (7 al 30 de abril de 2025) US$ 3,981.37
US$ 4,976.72 x 5 meses x 1 persona (mayo a setiembre de 2025) US$ 24,883.60
US$ 4,976.72/31 x 10 días x 1 persona (1 al 10 octubre de 2025) US$ 1,605.39
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Total a pagar en dólares americanos: US$ 32,470.36
Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 5.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni la designación del personal.
Artículo 6.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2386983-1