Ordenanza que aprueba el estatuto del Instituto Catastral de Lima
ORDENANZA Nº 2713
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 27 de marzo del 2025; en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización mediante Dictamen N° 041-2025-MML/CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen N° 041-2025-MML/CMAL; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;
Ha dado la ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA
EL ESTATUTO DEL INSTITUTO
CATASTRAL DE LIMA
Artículo 1.- Aprobar el estatuto del Instituto Catastral de Lima (ICL) que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza y que consta de 5 títulos, 37 artículos.
Artículo 2.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y, a la Oficina de Gobierno Digital, la publicación de la misma, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Primera.- Facultar al Instituto Catastral de Lima para elaborar su Manual de Operaciones, en un plazo máximo de ciento veinte días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente ordenanza.
Segunda.- El Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Catastral de Lima- ICL, aprobado por Ordenanza N° 2303-2021, mantendrá su vigencia, en lo que fuera aplicable, hasta la aprobación del respectivo Manual de Operaciones.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única.- Deróguese la Ordenanza N° 657 que aprueba el Estatuto del Instituto Catastral de Lima (ICL), publicada el 12 de agosto de 2004, así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente ordenanza.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, notifique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veintisiete días de marzo del dos mil veinticinco.
RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA
Alcalde
2386732-1