Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Universidad Nacional de Cajamarca
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA
Resolución Rectoral
N° 100-2025-UNC
Cajamarca, 19 de marzo de 2025
Visto, el Oficio N° 0219-2025-URH-UNC, de fecha 10 de marzo de 2025, suscrito por el jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad Nacional de Cajamarca, referido a la aprobación del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA; el Informe Técnico N° 000040-2025-SERVIR-GDSRH, contenido en el Expediente Administrativo N° 0027635-2025-UNC, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 18 de la Constitución Política del Perú, la Universidad Pública es una entidad de Derecho Público, que goza de autonomía gubernativa, normativa, académica, administrativa y económica;
Que, la autonomía universitaria se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley Universitaria, el Estatuto de nuestra Universidad y las demás normas jurídicas vigentes (artículo 8 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria);
Que, conforme a lo sostenido por el Tribunal Constitucional (Exp. n°00037-2009-PI), en lo referente a la autonomía universitaria, puede ser entendida “como la facultad de autorregulación que tienen todas las universidades ya sea en el ámbito normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, destacando además que dicha autorregulación no implica autonomía absoluta, sino relativa pues su ejercicio debe ser compatibilizado con otros bienes constitucionales”;
Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; asimismo, tienen entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por Servir y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; y, gestionar los perfiles de puestos;
Que, es importante recordar que, con Resolución de Consejo Universitario N° 2266-2022-UNC, de fecha 08 de julio de 2022, se aprobó la actualización del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Universidad Nacional de Cajamarca, el cual establece la estructura orgánica, competencias y funciones de los órganos de la entidad. Posteriormente, mediante Resolución de Consejo Universitario N° 2438-2022-UNC, de fecha 03 de agosto de 2022, se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos de la Universidad Nacional de Cajamarca;
Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), cuya finalidad es viabilizar la operación de la entidad pública durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), ello conforme a la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva n.º000150-2021-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva n.º006-2021-SERVIR/GDSRH - ELABORACIÓN DEL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS Y DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL, con el objetivo de establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; asimismo, tiene como finalidad que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), y administrar los cargos y las posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos;
Que, asimismo, en el numeral 5.2.3 de la citada directiva, se señala que la Oficina de Recursos Humanos elabora la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, así como el informe técnico sustentatorio;
Que, en ese sentido, vía Informe Técnico N° 000040-2025-SERVIR-GDSRH, de fecha 14 de febrero de 2025, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; se otorgó la opinión técnica favorable a la propuesta del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL presentada por la Universidad Nacional de Cajamarca mediante Oficio N° 0652-2024-R-UNC, de fecha 20 de diciembre de 2024;
Que, bajo tal contexto, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos mediante Oficio N° 0219-2025-URH-UNC, de fecha 10 de marzo de 2025, remitió, al Despacho Rectoral, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Universidad Nacional de Cajamarca, teniendo en consideración que dicho instrumento de gestión cuenta con la opinión técnica favorable del SERVIR remitida mediante el Oficio N° 163-2025-SERVIR-PE; y ha sido elaborado bajo los lineamientos establecidos en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH para la “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para asignación del Personal Provisional” aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; por lo que solicitó su aprobación mediante acto administrativo y publicación en el diario El Peruano, de conformidad a las normas vigentes;
Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 5.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa, siendo que de acuerdo con el artículo 111 del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cajamarca, aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario N° 2266-2022-UNC, de fecha 08 de julio de 2022, el Rector es la máxima autoridad ejecutiva de la Universidad Nacional de Cajamarca;
Bajo tal escenario, el Rector de la Universidad Nacional de Cajamarca, vía Proveído N° 01472-2025-R-UNC, de fecha 11 de marzo de 2025, dispuso la emisión del acto administrativo correspondiente;
Estando a lo expuesto y, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 62 y 73 de la Ley Universitaria N° 30220, y el artículo 32 y 239 del Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA, el mismo que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, cualquier disposición que se oponga a lo resuelto en el Artículo Primero de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración, en coordinación con sus dependencias, realizar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. La presente resolución y su anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob. pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución en el portal web de la Universidad Nacional de Cajamarca, www.unc.edu.pe.
Artículo Quinto.- HACER CONOCER, la presente Resolución al Rectorado, Vicerrectorado Académico, Vicerrectorado de Investigación, Facultades, Filiales, Dirección General de Administración, Direcciones, Oficinas, Posgrado, para los fines que considere pertinentes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
SEGUNDO BERARDO ESCALANTE ZUMAETA
Rector
DELIA ESPERANZA BARRANTES MEDINA
Secretaría General
1 Artículo 11. Rectorado.
El Rectorado está cargo del Rector de la Universidad quien es la máxima autoridad ejecutiva de la Universidad Nacional de Cajamarca, en todos sus ámbitos, dentro de la Ley Universitaria y del Estatuto. Es el personero y representante legal de la Universidad.
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