Aprueban el “Plan de Estrategia Publicitaria – 2025” del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado

RESOLUCIóN DE GERENCIA GENERAL

N° 000022-2025-SERNANP/GG-SGD

San Isidro, 28 de marzo del 2025

VISTO:

El Informe N° 000128-2025-SERNANP/OPP-SGD de fecha 28 de marzo de 2025 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000143-2025-SERNANP/OAJ-SGD del 28 de marzo de 2025 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Institución, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;

Que, a través de la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal y sus modificatorias, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; así como, para la fiscalización de la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de servicios de publicidad en prensa escrita, radio y televisión;

Que, el artículo 3 de la citada ley, detalla los requisitos de la autorización para la realización de publicidad estatal, encontrándose entre ellos, la elaboración de un plan de estrategia publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, para lo cual deberá proponerse y justificarse la selección de los medios de difusión, así como el proyecto de presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas;

Que, con Decreto Supremo N° 064-2023-PCM se aprueba el Reglamento de los requisitos para la autorización de realización de publicidad estatal establecidos en la Ley N° 28874, con el objeto de establecer los requisitos para la autorización de la publicidad estatal que deben cumplir las entidades públicas y dependencias, de acuerdo a lo dispuesto en los literales c), e), f) y g) del artículo 3 de la referida ley y sus modificatorias;

Que, a través de la Resolución de Secretaría de Comunicación Social N° 03-2023-PCM/SCS de fecha 17 de octubre de 2023 se aprobó la Directiva N° 002-2023-PCM/SCS denominada “Lineamientos para la formulación, aprobación e implementación del Plan de Estrategia Publicitaria de las Entidades del Poder Ejecutivo”, que tiene por objeto establecer disposiciones generales para la elaboración de dicho instrumento de gestión, indicando que contiene la información detallada de cada una de las campañas publicitarias que una institución pública planifica realizar, las cuales deben encontrarse debidamente sustentadas;

Que, el numeral 6.1.5 de la precitada Directiva, indica que: “Con la información ratificada en el último trimestre del año o el primer trimestre del año en que se ejecuta, la Oficina de Comunicaciones o la que haga sus veces elabora y gestiona la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria de la entidad”, asimismo en su numeral 6.1.6 añade que: “la Oficina de Comunicaciones o la que haga sus veces remite antes de su aprobación, vía correo electrónico, el proyecto de Plan de Estrategia Publicitaria del sector al Secretario de Comunicación Social con copia a la Coordinación General, cumpliendo los plazos establecidos en la Directiva N° 002-2022-PCM/SCS”;

Que, de la misma forma el numeral 6.1.8 de la Directiva N° 002-2023-PCM/SCS indica que, el Plan de Estrategia Publicitaria se aprueba por resolución de la entidad, debiendo ser publicado en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano;

Que, mediante el documento del visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto otorga su opinión favorable a la propuesta del “Plan de Estrategia Publicitaria – 2025”, presentado por la Unidad Funcional de Imagen Institucional y Comunicación Social de la Gerencia General a través del Informe N° 000027-2025-SERNANP/GG-UFIICS-SGD del 27 de marzo de 2025, indicando, en el marco de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 002-2023-PCM/SCS, concluyendo que cumple con el trámite correspondiente, encontrándose ajustado a los objetivos estratégicos institucionales y que además cuenta con la aprobación de la Secretaria de Comunicación de la Presidencia del Consejo de Ministros, otorgada con correo electrónico de fecha 27 de marzo de 2025, solicita en consecuencia, proseguir con el trámite de aprobación respectivo;

Que, por su parte, en el Informe N° 000143- 2025-SERNANP/OAJ-SGD, la Oficina de Asesoría Jurídica, concluye que en virtud a la normativa aplicable, y considerando la propuesta presentada por la Unidad Funcional de Imagen Institucional y Comunicación Social de la Gerencia General y a la opinión favorable emitida por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto corresponde aprobar el “Plan de Estrategia Publicitaria - 2025” de la institución, debiendo publicarse la presente resolución en el diario oficial El Peruano, precisando que conforme el literal f) del numeral 1.4 del artículo 1 de la Resolución Presidencial N° 000003-2025-SERNANP/J-SGD, el Gerente General tiene delegada la facultad para aprobar el presente plan;

Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con las facultades delegadas en la Resolución Presidencial N° 000003-2025-SERNANP/J-SGD;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar, el “Plan de Estrategia Publicitaria – 2025” del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, el mismo que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Unidad Funcional de Imagen Institucional y Comunicación Social de la Gerencia General del SERNANP, la difusión, seguimiento y evaluación del plan aprobado en el artículo precedente.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp, en donde además se publica su Anexo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANNY DANIEL MORALES DUEÑAS

Gerente General

2385624-1