Disponen ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Amazonas

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000111-2025-CE-PJ

Lima, 28 de marzo del 2025

VISTOS:

El Oficio Nº 000019-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 000019-2025-ST-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, respecto a la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad Familia, subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000103-2025-CE-PJ y Resolución Administrativa Nº 000043-2025-CE-PJ.

Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000136-2021-P-PJ y modificado mediante Resolución Administrativa N° 000052-2024-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa Nº 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los conflictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial.

Tercero. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 000043-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025”, el cual considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) Eficaz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial.

Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil trescientos ochenta y seis órganos jurisdiccionales que ya disponen de los beneficios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial y Civil-Litigación Oral; así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada – etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa Nº 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal.

Quinto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. Nº 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. Nº 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. Nº 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. Nº 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. Nº 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa Nº 338-2022-CE-PJ).

Sexto. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 000103-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba en su artículo tercero, la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas y Piura, para la especialidad Familia, subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.

Sétimo. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo en el marco de la Resolución Administrativa Nº 000103-2025-CE-PJ y Resolución Administrativa Nº 000043-2025-CE-PJ, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe Nº 010-2025-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el Oficio Nº 000584-2025-GTI-GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información que gestiona el Informe Nº 000094-2025-CDI-SDSI-GTI-GG-PJ, mediante el cual informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Amazonas en la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales mediante Oficio Nº 000061-2025-GSJ-GG-PJ, indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico y el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Amazonas. Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas mediante Oficios Nº 000314-2025-P-CSJAM-PJ y 000297-2025-P-CSJAM-PJ, brinda conformidad a los precitados informes, solicitando adicionalmente se efectué la entrada en producción e inauguración correspondiente.

Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la en la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en la Corte Superior de Justicia de Amazonas.

Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 496-2025 de la décima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 26 de marzo de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, a partir del 2 de abril de 2025, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, conforme al detalle siguiente:

Sede Florida – Pomacochas, ubicada en el Jirón Florida con Manco Cápac Cuadra 06 – Florida:

- Juzgado de Paz Letrado de Florida - Pomacochas.

Sede Jazan – Pedro Ruiz Gallo, ubicada en la Av. Sacsahuaman N° 599 – Pedro Ruiz Gallo:

- Juzgado de Paz Letrado de Jazan – Pedro Ruiz Gallo.

Sede Leimebamba, ubicada en el Jirón Bolívar N° 436 - Leimebamba:

- Juzgado de Paz Letrado de Leimebamba.

La ceremonia de inauguración se realizará el 7 de abril de 2025.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Amazonas, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución.

Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Programa Nacional para la Implementación de la Ley Nº 30364, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JANET TELLO GILARDI

Presidenta

2385558-1