Aprueban publicación del proyecto de directiva denominada “Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, el proyecto de Resolución de aprobación correspondiente y su exposición de motivos

RESOLUCIÓN JEFATURAL

000030-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA

San Isidro, 27 de marzo del 2025

VISTOS:

El Informe N° 000054-2025-PERÚ COMPRAS-DAM, de fecha 26 de marzo de 2025, emitido por la Dirección de Acuerdos Marco; el Informe N° 000041-2025- PERÚ COMPRAS-OPP, de fecha 26 de marzo de 2025, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 000074-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 26 de marzo de 2025, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las contrataciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procedimientos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la contratación de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modificado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado;

Que, con fecha 24 de junio de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, la cual tiene por objeto establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular, la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública, siendo su finalidad la de maximizar el uso de recursos públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Estado;

Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la citada Ley, establece que la citada norma entra en vigor a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento, excepto los numerales 1 y 2 de la décima tercera, décima sexta, décima novena y vigésima octava disposiciones complementarias finales, así como la única disposición complementaria modificatoria, que entran en vigor a partir del día siguiente de la publicación de la presente ley en el diario oficial El Peruano; asimismo, establece que el numeral 3 de la décima tercera disposición complementaria final entra en vigor a partir del día siguiente de la publicación del reglamento de la referida ley en el diario oficial El Peruano;

Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 3 de la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la referida Ley se habilita a Perú Compras, a partir de la publicación del reglamento, entre otros, a gestionar y aprobar las directivas y/o los lineamientos para el desarrollo y complemento de la Ley N° 32069;

Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, publicado en el diario oficial El Peruano el 22 de enero de 2025, se dispone la aprobación del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas;

Que, de otro lado, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso;

Que, los numerales 21.1 y 21.2 del artículo 21 del Reglamento antes mencionado establecen que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial, y precisa, además, que el proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública. Asimismo, en el caso de una entidad del Poder Ejecutivo adscrita a un ministerio, aquella entidad debe comunicar a este ministerio la publicación del proyecto normativo y dicha comunicación debe incluir el proyecto normativo, la exposición de motivos y la norma que dispone la publicación;

Que, mediante Informe N° 000054-2025-PERÚ COMPRAS-DAM, la Dirección Acuerdos Marco sustenta y propone el proyecto de directiva denominada “Directiva de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, señalando que a través de la misma se establecen los lineamientos generales para el desarrollo del proceso de implementación y la operación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, como parte de la gestión eficiente de procesos de contratación pública, en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente de la materia;

Que, por medio del Informe N° 000041-2025-PERÚ COMPRAS-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable al precitado proyecto;

Que, con Informe Nº 000074-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que es legalmente viable se publique del proyecto de directiva denominada “Directiva de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”;

Que, en ese sentido, considerando que, el proyecto de directiva denominada “Directiva de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco” y el proyecto de resolución que dispone la formalización de su aprobación, constituyen normas de carácter general, resulta necesario aprobar la publicación de los citados proyectos, a fin de recoger los comentarios, aportes u opiniones de los actores involucrados en la contratación pública; así como, del público en general;

Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Acuerdos Marco, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018- EF y modificatorias; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Publicación del proyecto normativo

Aprobar la publicación del proyecto de directiva denominada “Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, el proyecto de Resolución de aprobación correspondiente y su exposición de motivos en la sede digital de la Central de Compras Públicas – Perú Compras (www.gob.pe/perucompras), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recoger los comentarios, aportes u opiniones.

Artículo Segundo.- Mecanismos de participación

Disponer que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado en el artículo precedente son recibidos a través de la Mesa de Partes de la Central de Compras Públicas – Perú Compras – Sede Lima, ubicada en Av. República de Panamá N° 3629, San Isidro y/o al correo electrónico institucional: sugerenciadirectiva@perucompras.gob.pe.

Artículo Tercero.- Unidad de organización encargada

Establecer que la Dirección de Acuerdos Marco es la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten.

Artículo Cuarto.- Remisión

Remitir la presente Resolución, el proyecto normativo de aprobación y la exposición de motivos que lo sustentan, al Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ALBERTO ZAPATA GALLO

Jefe de la Central de Compras Públicas -

PERÚ COMPRAS

2385167-1