Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco
resolución de la fiscalía de la nación
N° 914-2025-MP-FN
Lima, 21 de marzo de 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 000573-2025-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 11 de marzo de 2025, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, que eleva la carta de fecha 9 de febrero de 2025, suscrita por el abogado Jimmy Sinchi Roca Pizarro, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designado en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Quispicanchi, mediante el cual presenta su renuncia al cargo por motivos personales y de salud, precisando que deberá hacerse efectiva a partir del 12 de marzo de 2025.
La citada Coordinación Nacional, eleva la mencionada renuncia a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la conformidad y señala que deberá hacerse efectiva a partir del 12 de marzo de 2025. Asimismo, la citada renuncia cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato.
Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales)”.
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados; así como, considerando el informe N° 00015-2025-MP-FN-OREF-LLRM, de fecha 13 de marzo de 2025, resulta necesario aceptar con eficacia anticipada, la renuncia del referido fiscal, con efectividad al 12 de marzo de 2025.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar con eficacia anticipada, la renuncia formulada por el abogado Jimmy Sinchi Roca Pizarro, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco y su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Quispicanchi, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 1518-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 17 de noviembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; a partir del 12 de marzo de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Jimmy Sinchi Roca Pizarro, que debió efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2384075-1