Designan fiscales en los Distritos Fiscales de Amazonas y Lambayeque, y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

N° 905-2025-MP-FN

Lima, 21 de marzo de 2025

VISTO:

El informe N° 000068-2025-MP-FN-STI-NCPP, de fecha 21 de marzo de 2025, y;

CONSIDERANDO:

El artículo 158 de la Constitución Política del Estado, establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por la Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo N° 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado, en virtud del cual los fiscales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores.

A través del informe N° 000014-2025-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 17 de marzo de 2025, la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, solicita la creación de una Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar en la provincia de Condorcanqui, en el Distrito Fiscal de Amazonas, a fin de fortalecer la capacidad operativa del Ministerio Público en la citada provincia, permitiendo una atención más oportuna, eficaz y especializada en los casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, así como contribuir a mejorar la persecución penal de delitos de alta gravedad, como feminicidio, violación sexual, agresiones graves y otros, garantizando el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.

Con el informe N° 000002-2025-MP-FN-PJFSAMAZONAS, de fecha 20 de marzo de 2025, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, solicita la conversión de la Fiscalía Provincial Penal de Omia en Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui, así como el traslado de plazas para dicho fin; sustentando su pedido en la grave problemática actual de la región, respecto a la alta tasa de denuncias de delitos contra la libertad e indemnidad sexual en la provincia de Condorcanqui.

Mediante oficio N° 000927-2025-MP-FN-OREF, de fecha 20 de marzo de 2025, la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales informó sobre las plazas fiscales para la conformación de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui, ello de conformidad al numeral 4.5 de la Directiva denominada “Trámite de requerimientos de conversión de fiscalías y/o despachos fiscales, modificación de competencias de fiscalías y traslado de fiscalías, despachos fiscales y/o plazas fiscales”, aprobada mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 437-2025-MP-FN, de fecha 18 de febrero de 2025, en la cual la citada oficina es la responsable de brindar información oficial y actualizada sobre la condición de las plazas y personal fiscal, titular o provisional (…).

A través del informe de visto, la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal recomienda la conversión de la Fiscalía Provincial Penal de Omia en Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui en el Distrito Fiscal de Amazonas, con competencia territorial en los distritos de Nieva, Río Santiago y El Cenepa, de la provincia de Condorcanqui; asimismo, recomienda que la carga procesal de la Fiscalía Provincial Penal de Omia sea asignada a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Rodríguez de Mendoza.

En esa línea, la citada oficina señala que del análisis de la carga procesal de la Fiscalía Provincial Penal de Omia, se tiene que durante el año 2024 registró un total de 648 casos, lo cual denota que no presenta sobrecarga procesal, al no ser muy elevadas las denuncias ingresadas; asimismo, precisa que durante el año 2024 la Fiscalía Provincial Penal de Condorcanqui y la Fiscalía Provincial Mixta de Río Santiago, registraron 1100 casos de violencia familiar, de los cuales 234 se encuentran resueltos y 866 en trámite, lo que permite evidenciar un incremento considerable respecto a los delitos de violencia, generando una sobrecarga procesal a las mencionadas fiscalías provinciales, limitando así su capacidad de brindar una respuesta eficaz a las víctimas, las mismas que requieren un tratamiento especializado y diligente.

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1054-2014-MP-FN, de fecha 25 de marzo de 2014, se modificó la denominación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Omia, en Fiscalía Provincial Penal de Omia.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1531-2016-MP-FN, de fecha 6 de abril de 2016, se dispuso trasladar una plaza de fiscal adjunto provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Mixta de Río Santiago, con sede en el Centro Poblado de Yutupis, del Distrito Fiscal de Amazonas, a la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, del Distrito Fiscal de Lambayeque.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2166-2016-MP-FN, de fecha 10 de mayo de 2016, se dispuso, entre otros, el traslado de un despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, integrado por un fiscal provincial y dos fiscales adjuntos provinciales, todos de carácter permanente, a la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo.

El Ministerio Público ha establecido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI. 01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”; por lo que, estando a la facultad de la Fiscal de la Nación, como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, se considera oportuno adoptar acciones con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual guarda consonancia con la función del Ministerio Público prevista en la Constitución Política del Estado.

En ese sentido, a fin de asegurar una intervención especializada que priorice la protección de las víctimas y fortalezca la respuesta del sistema de justicia frente a los delitos contra la libertad, indemnidad sexual y otros en la provincia de Condorcanqui, así como mejorar el tiempo de atención de las denuncias presentadas por la ciudadanía, en concordancia con el principio de celeridad, en aras de ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y eficaz, corresponde realizar la conversión antes descrita.

Por lo que, en atención a la recomendación de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, en razón al requerimiento de la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, y de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, efectuados en virtud a la carga laboral de la Fiscalía Provincial Penal de Condorcanqui y la Fiscalía Provincial Mixta de Río Santiago, así como a la problemática antes descrita, se ha considerado oportuno convertir la Fiscalía Provincial Penal de Omia en Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui, con competencia territorial en los distritos de Nieva, Río Santiago y El Cenepa, de la provincia de Condorcanqui.

En esa línea, el abogado Manuel Antonio Cieza Sotomayor, fiscal adjunto provincial titular mixto de Ocalli, Distrito Fiscal de Amazonas, ha expresado su consentimiento para que su plaza forme parte de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui, resultando oportuno el traslado de su plaza a la referida fiscalía

Es de precisar, que los abogados Javier Temoche Cavero y Orlando Gonzáles Gonzáles, fiscales adjuntos provinciales titulares penales de Omia, Distrito Fiscal de Amazonas, han manifestado sus consentimientos para que sus respectivas plazas formen parte de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Rodríguez de Mendoza, las cuales vienen siendo ocupadas provisionalmente por los abogados Daisy Giselly Valle Reina y Willian Céspedes Mora, respectivamente; conforme a lo señalado en el informe N° 000002-2025-MP-FN-PJFSAMAZONAS, siendo pertinente el traslado de dichas plazas a la citada fiscalía penal.

En correlación, a fin de conformar la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui, resulta necesario trasladar tres plazas de fiscales adjuntos provinciales, con carácter permanente, provenientes de la Fiscalía Provincial Mixta de Ocalli, Fiscalía Provincial de Familia de Bongará y Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo, de acuerdo a lo señalado en el cuarto párrafo.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483 Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley N° 31718, prevé que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa (promoción en el cargo).

En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

En esa línea, corresponde concluir las designaciones de los abogados Manuel Antonio Cieza Sotomayor y Analid Barboza Vásquez; consiguientemente designarlos en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui.

Asimismo, estando a lo descrito en el décimo cuarto párrafo, dar por concluido el nombramiento y/o designación, según corresponda, de los abogados Willian Céspedes Mora y Javier Temoche Cavero, en consecuencia designarlos en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Rodríguez de Mendoza.

Ahora bien, a fin de no afectar la atención de los casos que se tramitan en la Fiscalía Provincial de Familia de Bongará resulta necesario dar por concluido el destaque de la abogada Sonia Alicia Cueva Quispe para que retorne a la citada fiscalía.

En ese contexto y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar la labor fiscal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”, se considera necesario contar con fiscales con experiencia en el desempeño de la función fiscal, así entonces, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Bagua en el Distrito Fiscal de Amazonas, y una plaza de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque en el Distrito Fiscal de Lambayeque, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, designar a los abogados Daisy Giselly Valle Reina y Flor De Maria Lopez Cespedes, en las fiscalías antes señaladas, respectivamente.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Javier Temoche Cavero, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, y su designación en la Fiscalía Provincial Penal de Omia, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nos 900-2022-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 19 de mayo de 2022 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Willian Céspedes Mora, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Penal de Omia, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2029-2023-MP-FN, de fecha 15 de agosto de 2023.

Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del abogado Manuel Antonio Cieza Sotomayor, fiscal adjunto provincial titular mixto de Ocalli, Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Mixta de Ocalli, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 5315-2014-MP-FN, de fecha 12 de diciembre de 2014.

Artículo Cuarto.- Dar por concluida la designación de la abogada Analid Barboza Vásquez, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial de Familia de Bongará, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 542-2025-MP-FN, de fecha 24 de febrero de 2025.

Artículo Quinto.- Dar por concluida la designación de la abogada Daisy Giselly Valle Reina, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Penal de Omia, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1051-2022-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2022.

Artículo Sexto.- Dar por concluida la designación de la abogada Flor De Maria Lopez Cespedes, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 981-2023-MP-FN, de fecha 28 de abril de 2023.

Artículo Séptimo.- Dar por concluido el destaque de la abogada Sonia Alicia Cueva Quispe, fiscal adjunta provincial titular de familia de Bongará, Distrito Fiscal de Amazonas -designada en la Fiscalía Provincial de Familia de Bongará- en la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nos 2277-2022-MP-FN y 2976-2024-MP-FN, de fechas 21 de octubre de 2022 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; debiendo retornar a su fiscalía de origen.  

Artículo Octavo.- Trasladar dos plazas de fiscales adjuntos provinciales, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal de Omia a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Rodríguez de Mendoza.

Artículo Noveno.- Designar al abogado Javier Temoche Cavero, fiscal adjunto provincial titular penal de Omia, Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Rodríguez de Mendoza.

Artículo Décimo.- Designar al abogado Willian Céspedes Mora, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Rodríguez de Mendoza.

Artículo Décimo Primero.- Convertir la Fiscalía Provincial Penal de Omia en Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui, con todo su personal fiscal y administrativo; teniendo competencia territorial en los distritos de Nieva, Río Santiago y El Cenepa, de la provincia de Condorcanqui.

Artículo Décimo Segundo.- Trasladar una plaza de fiscal adjunto provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Mixta de Ocalli a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui.

Artículo Décimo Tercero.- Trasladar una plaza de fiscal adjunto provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial de Familia de Bongará a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui.

Artículo Décimo Cuarto.- Trasladar una plaza de fiscal adjunto provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui.

Artículo Décimo Quinto.- Designar al abogado Manuel Antonio Cieza Sotomayor, fiscal adjunto provincial titular mixto de Ocalli, Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui.

Artículo Décimo Sexto.- Designar a la abogada Analid Barboza Vásquez, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condorcanqui.

Artículo Décimo Séptimo.- Designar a la abogada Daisy Giselly Valle Reina, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Bagua.

Artículo Décimo Octavo.- Designar a la abogada Flor De Maria Lopez Cespedes, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque.

Artículo Décimo Noveno.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas adopte las medidas pertinentes respecto a la carga laboral de la Fiscalía Provincial Penal de Omia, y demás acciones que correspondan en cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Vigésimo.- Hacer de conocimiento a los abogados Javier Temoche Cavero, Willian Céspedes Mora, Manuel Antonio Cieza Sotomayor, Analid Barboza Vásquez, Daisy Giselly Valle Reina, Flor De Maria Lopez Cespedes y Sonia Alicia Cueva Quispe que deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Vigésimo Primero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Amazonas y Lambayeque, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA

Fiscal de la Nación

2384062-10