Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 873-2025-MP-FN
Lima, 21 de marzo de 2025
VISTO Y CONSIDERANDO:
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 286-2025-MP-FN, de fecha 31 de enero de 2025, se nombró, entre otros, al abogado Andy Maycoll Valdez Dextre como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándolo en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz.
Posteriormente, con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 509-2025-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2025, se nombró al abogado Georges Jhon Tello Bazán como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándolo en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz.
Con oficio Nº 000762-2025-MP-FN-PJFSANCASH, de fecha 4 de marzo de 2025, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, solicitó se deje sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 509-2025-MP-FN, al encontrarse la plaza cubierta por el abogado señalado en el primer párrafo, quien fue nombrado y designado en merito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 286-2025-MP-FN; asimismo, efectuó la propuesta para cubrir la plaza de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaylas.
A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, prevé que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa.
El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, en mérito a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que deje sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 509-2025-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2025.
Consiguientemente, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de coadyuvar la labor fiscal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”, y encontrándose vacante la plaza propuesta corresponde nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el tercer párrafo; en atención al marco normativo antes citado, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe Nº 00030-2025-MP-FN-OREF-DEEC, de fecha 13 de marzo de 2025.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 509-2025-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2025.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Georges Jhon Tello Bazán, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaylas.
Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano realice las acciones que correspondan conforme a los alcances de la cláusula undécima del Convenio Colectivo de Trabajo a nivel descentralizado período 2024 - 2025, de fecha 11 de julio de 2024, considerando el régimen laboral al que se encuentra sujeto el abogado mencionado.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2383639-2