Ordenanza que aprueba el Plan Específico que modifica la Zona de Reglamentación Especial ZRE-3 del Sector Ex Escuela de Aviación Civil del Perú - Comas, aprobado mediante Ordenanza N° 1618
ORDENANZA N° 2709
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 13 de marzo de 2025; en uso de la facultad indicada en el numeral 8 del artículo 9, así como lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura mediante su Dictamen N° 026-2025-MML/CMDUVN, el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta para su inmediata ejecución;
Ha aprobado la ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN ESPECÍFICO QUE MODIFICA LA ZONA DE REGLAMENTACIÓN ESPECIAL ZRE-3 DEL SECTOR EX ESCUELA DE AVIACIÓN CIVIL DEL PERÚ - COMAS, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA N° 1618
Artículo 1.- Aprobar el “Plan Específico que modifica la Zona de Reglamentación Especial ZRE-3 del Sector Ex Escuela de Aviación Civil del Perú”, que establece la zonificación de Comercio Zonal - CZ al Sub-Lote N° 4 de la Manzana A, con un área de 4,700.94 m2, ubicado en la intersección de la Av. Micaela Bastidas y la Av. Manuel Gonzales Prada en la urbanización Los Parques de Comas, como parte del Área de Tratamiento Normativo I. Por tanto, se aprueba graficar el perímetro de la Zona de Reglamentación Especial y graficar la zonificación del presente Plan Específico, según el anexo que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- El presente Plan Específico, aprobado en el artículo precedente, conserva las especificaciones normativas generales y específicas así como el índice de usos para la ubicación de las actividades urbanas, establecidos en el Anexo N° 4 de la Ordenanza
N° 1618.
Artículo 3.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación, graficar lo señalado en los Artículo 1 de la presente ordenanza.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de Gobierno Digital su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.gob.pe.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los trece días de marzo del dos mil veinticinco.
RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA
Alcalde
2382974-1