Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Miraflores, aprobado por Ordenanza N° 920

ORDENANZA N° 2705

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 13 de marzo de 2025; en uso de la facultad indicada en el numeral 8 del artículo 9, así como lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura mediante su Dictamen N° 022-2025-MML/CMDUVN, el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta para su inmediata ejecución;

Ha aprobado la ordenanza siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE MIRAFLORES, APROBADO POR ORDENANZA N° 920

Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación, de Comercio Zonal (CZ) a Otros Usos (OU), para el predio de 787.50 m2, ubicado en la avenida 28 de Julio y calle Porta N° 215 y 365, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, presentado por la Procuraduría General del Estado, con Expediente N° 2024-0261330, conforme a lo graficado en el anexo que forma parte de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Aprobar la modificación del plano de zonificación del distrito de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza N° 920, publicada el 30 de marzo de 2006 en el diario oficial El Peruano, en virtud de lo dispuesto en el artículo precedente.

Artículo 3.- Establecer que, el proyecto y licencia de edificación, deberán cumplir con la presentación previa del estudio de impacto urbano - vial y la dotación de estacionamientos, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 2087 y en el Reglamento Nacional de Edificaciones.

Artículo 4.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza N° 920, la modificación aprobada en la presente ordenanza.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la notificación de la presente ordenanza a la entidad administrada y a la Municipalidad Distrital de Miraflores; así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 6.- Encargar a la Oficina de Gobierno Digital la publicación de la presente ordenanza, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.gob.pe, el mismo día de su publicación.

POR TANTO:

Al promulgarla, mando se registre, publique y cumpla.

Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los trece días de marzo del dos mil veinticinco.

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2382968-1