Prorrogan vigencia de la Ordenanza
N° 716-MSS - Ordenanza de Regularización para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del distrito de Santiago de Surco

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 004-2025-MSS

Santiago de Surco, 20 de marzo del 2025

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO

VISTO: El Memorándum Nº 394-2025-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 181-2025-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1148-2025-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 158-2025-GDE-MSS de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 350-2025-SGCAIT-GDE-MSS de la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, entre otros documentos, respecto de la prórroga de la Ordenanza Nº 716-MSS de regularización para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento temporales en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;

Que, el artículo 42º de la precitada ley, señala que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, la Municipalidad de Santiago de Surco, ha emitido la Ordenanza Nº 716-MSS de regularización para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento temporales en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco, que tiene por objeto la aplicación de las normas técnicas y legales, para regularizar el procedimiento administrativo de Licencias de Funcionamiento a las actividades económicas que se desarrollan en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco, a fin de mejorar la calidad de vida de los vecinos y/o emprendedores; siempre que se traten de personas naturales, con la finalidad de alcanzar el desarrollo económico y el crecimiento comercial del distrito, a efectos que puedan integrarse al mercado laboral formal, estimulando de esta manera la creación de fuentes de trabajo; así como la regularización de las actividades económicas en sectores ya consolidados;

Que, la Séptima Disposición Transitoria y Final, establece que la ordenanza acotada entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y tendrá una vigencia de 90 días calendario, siendo que su publicación se realizó el día 23.12.2024;

Que, asimismo, la Octava Disposición Transitoria y Final de la norma, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, amplíen el listado de vías descritas en el Anexo I de la presente Ordenanza y que corresponden a su ámbito de aplicación, así como emita normas complementarias y reglamentarias para su mejor aplicación, y, asimismo, pueda disponer la prórroga de la vigencia de la presente Ordenanza;

Que, a través del Informe Nº 350-2025-SGCAIT-GDE-MSS de fecha 10.03.2025, la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, indica que durante la primera etapa (de vigencia de la norma), desde los módulos de atención de la referida unidad orgánica, se ha recibido solicitudes para la obtención de licencias de funcionamiento de predios ubicados en vías cercanas a los ejes viales previamente identificados, principalmente en los sectores I y II, cuya cercanía con nodos comerciales de escala local, los convierten en zonas comerciales de impacto barrial; recomendando adicionar los siguientes ejes viales a la relación de vías aprobadas (conforme propuesta de Anexo 1):

Sector 1:

Jr. Los Tilos, Jr. San Antonio, Calle Las Rosas, Calle San Agustín, Jr. Mariscal Andrés Santa Cruz, Jr. Cap. Manuel S. Morales, Jr. Crnel. José González, Jr. Cap. Antonio Barbaran, Jr. Rodríguez Soto, Pj. Huarangalitó, Prolong. García y García.

Sector 2:

Calle Reformistas, Jr. San Estefano, Jr. San Gonzalo, Jr. Tomas Alva Edison, Jr. Nicolas Copérnico, Jr. Minos, Jr. Los Cisnes, Calle Petrel, Calle Fragatas, Calle San Miguel, Jr. Ganimedes, Jr. Artemisa, Jr. Viña Tacama, Jr. Viña Picasso, Calle Don Francisco, Calle Doña Hortensia, Jr. Javier Valdivia Manrique, Al. Juan Pablo Vizcardo y Guzmán, Pj. José Baquíjano y Carrillo, Jr. José Gabriel Aguilar Segura, Al. Juan Parra Del Riego, Av. Paseo de la República (Frente al Urb. Precursores), Jr. Los Detectives, Jr. Manuel Tumba Ortega, Jr. Nelson Queirolo Queirolo, Calle Sandro Botticelli, Calle Giovanni Bellini, Calle José Tnte. Bolognesi Coloma, Al. Francisco Antonio de Zela, Al. Manuel Pérez de Tudela, Jr. José María Corbacho.

Sector 7:

Calle Pampa de Majes, Calle Pampa de Clemes, Calle Pampa de Olmos, Jr. Cerro Azul, Calle Cerro Bello, Calle Cerro Hermoso, Jr. Las Orquídeas, Jr. Los Geranios, Jr. Cerro Gris, Calle Albizia.

Sector 8:

Jr. Cineraria – Villa Libertad de Monterrico

Sector 9:

Todas las calles del Sector 9

Que, en este contexto, la referida Subgerencia, cree oportuno y necesario, la expedición del Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia por un periodo adicional de 90 días calendarios, la Ordenanza Nº 716-MSS, Ordenanza de Regularización para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del Distrito de Santiago de Surco, permitiendo la regularización de las actividades económicas de los vecinos del distrito; y se apruebe la ampliación del listado de vías conforme se propone;

Que, la Gerencia de Desarrollo Económico, con el Memorándum Nº 158-2025-GDE-MSS de fecha 11.03.2025, considera oportuna y viable la propuesta presentada por la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, en consecuencia, hace suyo el Informe Nº 350-2025-SGCAITSEGDE-MSS, preciándose que no es necesario requerir los informes técnicos de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, así como de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, toda vez que por la esencia y naturaleza del objeto del proyecto normativo no resultan pertinentes;

Que, con el Memorándum Nº 1148-2025-GPP-MSS de fecha 11.03.2025, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ratifica su opinión favorable a la Ordenanza materia de ampliación, a través del Memorándum Nº 5110- 2024-GPP-MSS el mismo que acotó su alineamiento a la misión y visión del Distrito y a los planes municipales (Plan de Desarrollo Local Concertado, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional);

Que, a través del Informe Nº 181-2025-GAJ-MSS de fecha 12.03.2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de la opinión, que es procedente prorrogar por un periodo de noventa (90) días calendarios la vigencia de la Ordenanza Nº 716-MSS que Regula el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del Distrito de Santiago de Surco;

Que, la Gerencia Municipal, a través del Memorándum Nº 394-2025-GM-MSS de fecha 13.03.2025, considerando lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Desarrollo Económico y la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, solicita se emita el Decreto de Alcaldía que amplie por un periodo de noventa (90) días calendario la vigencia de la Ordenanza Nº 716-MSS que Regula el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del Distrito de Santiago de Surco, y apruebe la ampliación del listado de vías consignadas en el Anexo de la misma, lo que permitirá a más establecimientos comerciales poder integrarse al mercado laboral formal;

De conformidad con las facultades señaladas en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR por un periodo de noventa (90) días calendarios la vigencia de la Ordenanza Nº 716-MSS - Ordenanza de Regularización para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del distrito de Santiago de Surco.

Artículo Segundo.- AMPLIAR el listado de vías descritas en el Anexo I de la Ordenanza Nº 716-MSS - Ordenanza de regularización para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento temporales en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco, conforme se consigna en el Anexo I del presente Decreto de Alcaldía y que se incorporará a la referida Ordenanza Nº 716-MSS, con la denominación de “Anexo Ampliatorio de Vías”.

Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico y a la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, el cumplimiento del presente decreto de alcaldía, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances.

Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

CARLOS BRUCE MONTES DE OCA

Alcalde

ANEXO I

ANEXO AMPLIATORIO DE VÍAS

Sector 1

Jr. Los Tilos, Jr. San Antonio, Calle Las Rosas, Calle San Agustín, Jr. Mariscal Andrés Santa Cruz, Jr. Cap. Manuel S. Morales, Jr. Crnel. Jose González, Jr. Cap. Antonio Barbaran, Jr. Rodríguez Soto, Pj. Huarangalitó, Prolong. García y García.

Sector 2

Calle Reformistas, Jr. San Estefano, Jr. San Gonzalo, Jr. Tomas Alva Edison, Jr. Nicolas Copérnico, Jr. Minos, Jr. Los Cisnes, Calle Petrel, Calle Fragatas, Calle San Miguel, Jr. Ganimedes, Jr. Artemisa, Jr. Viña Tacama, Jr. Viña Picasso, Calle Don Francisco, Calle Doña Hortensia, Jr. Javier Valdivia Manrique, Al. Juan Pablo Vizcardo y Guzmán, Pj. Jose Baquíjano y Carrillo, Jr. Jose Gabriel Aguilar Segura, Al. Juan Parra Del Riego, Av. Paseo de la Republica (Frente al Urb. Precursores), Jr. Los Detectives, Jr. Manuel Tumba Ortega, Jr. Nelson Queirolo Queirolo, Calle Sandro Botticelli, Calle Giovanni Bellini, Calle Jose Tnte. Bolognesi Coloma, Al. Francisco Antonio de Zela, Al. Manuel Pérez de Tudela, Jr. Jose María Corbacho,

Sector 7

Calle Pampa de Majes, Calle Pampa de Clemes, Calle Pampa de Olmos, Jr. Cerro Azul, Calle Cerro Bello, Calle Cerro Hermoso, Jr. Las Orquídeas, Jr. Los Geranios, Jr. Cerro Gris, Calle Albizia.

Sector 8

Jr. Cineraria – Villa Libertad de Monterrico

Sector 9

Todas las calles del Sector 9

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