Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00291-2025-DE

Lima, 17 de marzo del 2025

VISTOS:

El Oficio N° 1852/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00445-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00475-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N° 008/MDN-COGFM-COARC-SECAR-JEMOP-CFNA-JEMFNA-OFAINFNA-3.4, el Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Naval de la Amazonía de la Armada de Colombia hace extensiva la invitación al Comandante General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú, para que un grupo de Oficiales de la citada Comandancia General participe en la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) de la XVI Jornada Binacional de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 27 al 28 de marzo de 2025;

Que, con Oficio N° 1772/42, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Comandante de la Fuerza Naval de la Amazonía de la Armada Nacional de la República de Colombia, la designación del Teniente Primero Juan Miguel DÁVILA ARÉVALO y del Teniente Segundo Héctor Aníbal RAMÍREZ PEÑA, como titulares, y del Teniente Segundo Fernando Manuel LUQUE PEREYRA, como alterno, para participar en la citada conferencia;

Que, a través del Informe Legal N° 05-2025, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal naval para participar en la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) de la XVI Jornada Binacional de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, en el lugar y fechas programadas;

Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá identificar y analizar nuevos campos de cooperación entre ambas Instituciones, lo cual redundará en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú. Asimismo, a través del planeamiento, permitirá optimizar los resultados sobre las poblaciones rurales beneficiadas, contribuyendo con el desarrollo social y permitiendo enfrentar a las llamadas nuevas amenazas que compartimos con la República de Colombia;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 043-2025, suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Oficina de Gestión de Remuneraciones, Pasajes y Viáticos de dicha Institución Armada, los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 052-2025, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección General de Personal de la Marina de Guerra del Perú, detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000002 y N° 0000000052, emitidas por el Departamento de Evaluación y Ejecución Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto de la citada Institución Armada, se garantiza su financiamiento;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, con Oficio N° 1852/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará en la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) de la XVI Jornada Binacional de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 27 al 28 de marzo de 2025, así como autorizar su salida del país el 26 de marzo y su retorno el 29 de marzo de 2025;

Que, a través del Oficio N° 00445-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 102-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 00475-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que se detalla a continuación, para participar en la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) de la XVI Jornada Binacional de Apoyo al Desarrollo Colombia - Perú 2025, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 27 al 28 de marzo de 2025, así como autorizar su salida del país el 26 de marzo y su retorno el 29 de marzo de 2025:

• Teniente Primero Juan Miguel DÁVILA ARÉVALO Titular

CIP N° 00121046 DNI N° 73804554

• Teniente Segundo Héctor Aníbal RAMIÍREZ PEÑA Titular

CIP N° 01100385 DNI N° 70334374

• Teniente Segundo Fernando Manuel LUQUE PEREYRA Alterno

CIP N° 01169439 DNI N° 72305480

Artículo 2.- La participación del personal militar alterno queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.

Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima

Clase económica

US$ 661.72 x 2 personas (Incluye importe TUUA) US$ 1,323.44

Viáticos:

US$ 370.00 x 2 personas x 2 días US$ 1,480.00

Total a pagar: US$ 2,803.44

Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal naval comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2382373-1