Aprueban el Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)

Resolución Directoral Ejecutiva

N° 033-2025/APCI-DE

Miraflores, 18 de marzo de 2025

VISTOS:

El Informe Nº 0009-2025-APCI/DFS del 17 de marzo de 2025 de la Dirección de Fiscalización y Supervisión; el Memorándum N° 0204-2025-APCI/OPP del 18 de marzo de 2025 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 0068-2025-APCI/OAJ del 18 de marzo de 2025 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;

Que, de acuerdo a los artículos 3 y 47 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, se encuentra dentro de las funciones de la APCI el control, supervisión y fiscalización de la cooperación internacional no reembolsable y la correcta utilización de los recursos que en dicho ámbito sean gestionados a través del Estado y que provienen de fuentes del exterior de carácter público y/o privado para el logro de los objetivos de desarrollo nacional, regional y local, que ejecutan las entidades privadas debidamente registradas en la APCI, las cuales son ejercidas a través de la Dirección de Fiscalización y Supervisión;

Que, conforme al artículo 48°, inciso b) del ROF de la APCI, la Dirección de Fiscalización y Supervisión tiene la función de elaborar y ejecutar el Plan Anual de Fiscalización, también denominado Plan Anual de Supervisión;

Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N° 020-2025/APCI-DE del 12 de febrero de 2025 se aprobó la Guía de Fiscalización y Supervisión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

Que, en el marco de lo señalado, con Informe N° 0009-2025-APCI/DFS de fecha 17 de marzo de 2025, la Dirección de Fiscalización y Supervisión (DFS) eleva, el proyecto de Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025; y, con Memorándum N° 0204-2025-APCI/OPP del 18 de marzo de 2025, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que la propuesta de PAF se encuentra alineada a los dispositivos normativos así como a los instrumentos institucionales de planificación estratégica, operativa y de procesos; cuenta con recursos suficientes para su implementación; y, no implica la asignación de recursos presupuestales adicionales; por lo que concluye expresando su conformidad al citado instrumento;

Que, con Informe N° 0068-2025-APCI/OAJ de fecha 18 de marzo de 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica (OAJ) emite opinión favorable a la aprobación del Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la APCI;

Con los vistos de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI; y,

En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modificatorias, así como el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025 de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Remitir el Plan Anual Fiscalización (PAF) 2025 a la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), para los fines correspondientes.

Artículo 3.- La Dirección de Fiscalización y Supervisión es responsable de la implementación del Plan Anual de Fiscalización (PAF) 2025, aprobado por la presente Resolución Directoral Ejecutiva.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva y el Plan anexo en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI (https://www.gob.pe/apci), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NOELA MARÍA EUFEMIA PANTOJA CRESPO

Directora Ejecutiva

2382321-1