Aprueban el “Reglamento del Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación - Modelo TEDEF-IPRESS-IAFAS y TEDEF-SUSALUD”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 043-2025-SUSALUD/S
Lima, 19 de marzo de 2025
VISTOS:
El Informe N° 000057-2025-SUSALUD-SAREFIS, de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización; el Informe N° 000516-2025-SUSALUD-INA de la Intendencia de Normas y Autorizaciones; el Memorándum N° 000172-2025-SUSALUD-IID e Informe N° 000216-2025-SUSALUD-IID de la Intendencia de Investigación y Desarrollo; los Informes N° 000280-2025-SUSALUD-OGAJ y N° 000278-2025-SUSALUD-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en concordancia con el Decreto Legislativo N° 1158, se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS), en el ámbito de su competencia;
Que, de conformidad con los numerales 13 y 14 del artículo 13 de la precitada norma y numerales 10 y 11 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1158, modificado por el Decreto Legislativo N° 1289, son funciones de SUSALUD, supervisar la calidad, oportunidad, disponibilidad y transparencia de la información generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS, de acuerdo con el marco legal vigente; así como, regular la recolección, transferencia, difusión e intercambio de la información generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS, respectivamente;
Que, el numeral 2 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1158, modificado por el Decreto Legislativo N° 1289, establece que SUSALUD supervisa que el uso de los recursos destinados a la provisión de los servicios de salud y de los fondos destinados al Aseguramiento Universal en Salud, garanticen la calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad de las prestaciones. En el caso de las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS públicas, de acuerdo a su presupuesto institucional aprobado;
Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2015-SA, se aprobó el Reglamento de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud aplicable a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - UGIPRESS; el cual tiene por objeto normar el ejercicio de la función supervisora de SUSALUD sobre las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS;
Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12.5 del artículo 12 del citado Reglamento de Supervisión de SUSALUD, la Intendencia de Investigación y Desarrollo - IID es el órgano de línea, encargado de validar la calidad, oportunidad, disponibilidad y trasparencia de la información generada por las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS, así como del intercambio de información electrónica en las condiciones, formas y plazos establecidos por SUSALUD;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 094-2013-SUNASA-CD, del 20 de agosto de 2013, se aprobaron las normas relacionadas al “Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación TEDEF - IPRESS - IAFAS”; “Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados TEDEF- SUNASA” y del “Sistema de Acreditación de Asegurados”, disponiendo en su artículo 5 que, la transferencia electrónica de datos del Modelo TEDEF - IPRESS - IAFAS y Modelo TEDEF - SUNASA entraría en vigencia en modalidad de prueba a partir de la aprobación de la citada Resolución, y de manera obligatoria, a partir de la información correspondiente al mes de enero del 2014;
Que, por Resolución de Superintendencia N° 026-2014-SUSALUD-S se modificó el artículo 5 de la Resolución de Superintendencia N° 094-2013-SUNASA/CD, modificada a su vez por la Resolución de Superintendencia N° 020-2016-SUSALUD-S, precisándose que la transferencia electrónica de datos del Modelo TEDEF- IPRESS-IAFAS y Modelo TEDEF-SUNASA entra en vigencia, en modalidad de prueba, a partir de la aprobación de ésta última modificatoria, y de manera obligatoria, a partir de la información correspondiente al mes de enero del 2017;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 195-2016-SUSALUD-S, se modificó el artículo 5 de la Resolución de Superintendencia N° 094-2013-SUNASA-CD, precisándose que la transferencia electrónica de datos del Modelo TEDEF- IPRESS-IAFAS y Modelo TEDEF-SUSALUD entra en vigencia en modalidad de prueba a partir de la aprobación de la citada modificatoria, hasta el 30 de abril de 2017; y, se estableció la obligatoriedad de su uso a partir del 1 de mayo del 2017, con el envío de la información correspondiente al mes de abril del 2017;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 121-2019-SUSALUD-S se derogan los artículos del 11 al 16, relativo al modelo de implementación del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud - Modelo SITEDS, y la Tercera Disposición Transitoria de las Normas relacionadas al “Estandarizados de Facturación TEDEF-IPRESS-IAFAS”; “Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación TEDEF-SUSALUD” y del “Sistema de Acreditación de Asegurados”, aprobados por Resolución de Superintendencia N° 094-2013-SUNASA-CD;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 003-2020-SUSALUD-S, se actualiza la “Tabla 4: detalle de los productos de farmacia” que forma parte de los estándares de transacción electrónica establecidos en los Anexos 1 y 2 de las normas relacionadas al “Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación TEDEF-IPRESS-IAFAS”, “Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados TEDEF-SUNASA y de “Sistema de Acreditación de Asegurados”, aprobados por la Resolución de Superintendencia N° 094-2013-SUNASA-CD e incorpora la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria, estableciendo que el envío de la información de la citada “Tabla 4” es de aplicación para las liquidaciones efectuadas a partir del mes de abril 2020, correspondiendo su envío a partir del mes de mayo del 2020;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 088-2020-SUSALUD-S se modifica el plazo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria mencionada en el párrafo anterior, disponiendo que el envío de la información es de aplicación para las liquidaciones efectuadas a partir del mes de octubre de 2020, correspondiendo su envío a partir del mes de noviembre de 2020;
Que, mediante Decreto Supremo N° 024-2005-SA, se aprobó entre otros, la Identificación Estándar de Dato en Salud N° 001: “Procedimiento Médico en el Sector Salud”, y la Identificación Estándar de Datos en Salud N° 005: “Unidad Productora de Servicios de Salud”. Asimismo, se establece como objetivos, establecer el marco normativo para la identificación (clasificación, denominación, codificación y descripción) estándar de los procedimientos médicos, así como de los usos de la identificación estándar de los procedimientos médicos en los procesos institucionales y sectoriales;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 902-2017-MINSA se aprueba el Documento Técnico: “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud”, así como el Anexo 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud del citado documento técnico, norma que es de obligatorio cumplimiento en todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud públicas del Ministerio de Salud, EsSalud, Sanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, y otros públicos-, privadas y mixtas;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 550-2023-MINSA se aprueba la actualización del Anexo 1: Listado de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud del Documento Técnico “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud”;
Que, como resultado de las acciones de monitoreo realizadas por IID, se ha considerado necesario abarcar una mayor cantidad de IPRESS privadas obligadas a implementar el Modelo TEDEF, teniendo en cuenta que el valor de la UIT del año 2013, año en que se aprobó el Modelo TEDEF se ha incrementado en 44.59% al año 2025, por lo que resulta necesario actualizar el valor de la facturación promedio mensual mayor o igual a 20 UIT, a fin de incluir la mayor cantidad de IPRESS obligadas a implementar el Modelo TEDEF;
Que, resulta necesario adecuar las disposiciones establecidas en el Modelo TEDEF, a fin que SUSALUD cuente con un instrumento tecnológico que le permita supervisar a las IAFAS públicas y privadas, así como el uso de los recursos y el financiamiento oportuno de las prestaciones de salud; así como, actualizarlas a las normas citadas en los anteriores considerandos, con el objeto de otorgarle mayor organicidad al marco normativo; claridad y transparencia en su contenido, facilitando su correcta aplicación y la supervisión de su cumplimiento; por lo que, amerita aprobarse una nueva norma que incluya las disposiciones y especificaciones de los estándares utilizados en el Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación con el fin de ampliar el alcance, facilitar su implementación y mejorar la identificación de los procedimientos y servicios médicos;
Que, estando a los documentos de vistos, resulta necesario aprobar el “Reglamento del Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación - Modelo TEDEF - IPRESS-IAFAS y TEDEF - SUSALUD”;
Con los vistos del Gerente General, del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, de la Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, del Intendente de la Intendencia de Investigación y Desarrollo y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud; y,
Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud y su modificatoria, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2014-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el “Reglamento del Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación - Modelo TEDEF-IPRESS-IAFAS y TEDEF-SUSALUD”, el cual consta de tres (03) Capítulos, once (11) Artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias Finales, tres (03) Disposiciones Complementarias Transitorias, una (01) Única Disposición Complementaria Derogatoria y, tres (03) Anexos.
Artículo 2.- FACULTAR a la Intendencia de Investigación y Desarrollo - IID a realizar las actualizaciones técnicas de los estándares contenidos en las Tablas de los Anexos 1, 2 y 3 del “Reglamento del Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación - Modelo TEDEF-IPRESS-IAFAS y TEDEF-SUSALUD. Las actualizaciones se ponen a disposición de los usuarios, a través del Portal Web Institucional, fijando en cada caso, la fecha de su entrada en vigencia, previa comunicación de la Intendencia de Investigación y Desarrollo a los administrados.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y, la resolución con sus respectivos anexos en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Salud (www.gob.pe/susalud), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO
Superintendente
2382123-1