Autorizan viaje de funcionario diplomático al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 0161-2025-RE

Lima, 17 de marzo de 2025

VISTOS:

La Hoja de Trámite (GAB) Nº 502 del Despacho Ministerial, de 13 de marzo de 2025; el Memorándum Nº OPP007212025, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 14 de marzo de 2025, que otorgó certificación presupuestal al presente viaje; y, el Memorándum Nº OAP008332025, de la Oficina de Administración de Personal, de 14 de marzo de 2025, y;

CONSIDERANDO:

Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO, realizará una visita de trabajo a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, los días 20 y 21 de marzo de 2025;

Que, durante su visita, el Ministro de Relaciones Exteriores sostendrá una reunión con el Secretario de Asuntos Exteriores del Reino Unido, en la cual abordará los principales temas de la relación bilateral y suscribirá el “Convenio para Eliminar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión y la Elusión Fiscal”. Asimismo, mantendrá encuentros con otras altas autoridades británicas con el fin de fortalecer los vínculos entre ambos países;

Que, dada la relevancia de esta visita para el fortalecimiento de la relación bilateral y la promoción de los intereses del Perú en el Reino Unido, se estima necesaria la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Alberto Campana Boluarte, Director General de Europa, a fin de dar un debido seguimiento político y diplomático a la agenda de trabajo entre ambos países;

Que, por razones de itinerario, el viaje del referido funcionario diplomático a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, se realizará del 18 al 22 de marzo de 2025;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Alberto Campana Boluarte, Director General de Europa, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 18 al 22 de marzo de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos de pasajes y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (340) 0137175 “Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el Exterior – Europa 2”; y, Código POI AOI00004500214 “Garantizar permanentemente la acción de cooperación con los países no comunitarios de Europa”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasaje aéreo clase económica (USD)

Viáticos

por día

(USD)

Número

de días

Total viáticos

(USD)

Luis Alberto Campana Boluarte

3,343.26

540.00

2 + 2

2,160.00

Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se han adicionado dos (2) días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Gustavo Lino Adrianzén Olaya

Presidente del Consejo de Ministros

Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores

2381351-1