Aprueban el Plan Regional Agrario Huancavelica 2024-2028

ORDENANZA REGIONAL

Nº 543-GOB.REG-HVCA/CR

Huancavelica, 12 de febrero de 2025

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA

EL PLAN REGIONAL AGRARIO

HUANCAVELICA 2024-2028

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.

Que, el artículo 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, prescribe que el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. “Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…)”. Y dentro de las normas que dicta el Consejo Regional, se tiene las Ordenanzas Regionales. De igual forma el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala como una de las atribuciones del Consejo Regional: “a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”;

Que, el artículo 192º de la Constitución, establece que los Gobiernos Regionales tienen competencia en la formulación y aprobación de sus planes de desarrollo, promoviendo inversiones, actividades y servicios públicos en coordinación con el Gobierno Nacional y las municipalidades;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, en su artículo 4, establece que la finalidad de los Gobiernos Regionales es fomentar el desarrollo integral y sostenible de su territorio, asegurando la competitividad económica y el aprovechamiento eficiente de sus recursos;

Que, el Decreto Supremo Nº 022-2021-MIDAGRI, aprueba los Lineamientos de la Segunda Reforma Agraria, estableciendo políticas para fortalecer la agricultura familiar, la asociatividad y el acceso a financiamiento y mercados;

Que, el Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, aprueba la Política Nacional Agraria 2021-2030, definiendo objetivos estratégicos para la modernización y sostenibilidad del sector agrario en el país;

Que, el Decreto Supremo Nº 164-2021-PCM, aprueba la Política General de Gobierno 2021-2026, estableciendo lineamientos prioritarios para el desarrollo productivo, incluyendo la promoción del sector agrario;

Que, el Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM, establece los Ejes y Lineamientos de la Política General de Gobierno, reafirmando la importancia del desarrollo sostenible del agro como un pilar fundamental para el crecimiento económico;

Que, el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, regulando el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, asegurando el financiamiento y la sostenibilidad de proyectos en el sector agrario;

Que, la Resolución de Consejo Directivo Nº 00015-2021-CEPLAN/PCD, aprueba la Guía de Formulación del Plan de Desarrollo Concertado, la cual establece que los planes regionales deben alinearse con las políticas nacionales de desarrollo;

Que, el Plan Regional Agrario Huancavelica 2024-2028, ha sido formulado en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo Regional - PEDR Huancavelica, como un instrumento de gestión que permitirá mejorar la productividad, el acceso a financiamiento, la comercialización, el manejo de los recursos naturales y la articulación institucional para el fortalecimiento del sector agrario;

Que, mediante Opinión Legal Nº 001-2025-GOB-REG-HVCA/GGR/GRDE-DRA-OAJ, de fecha 10 de febrero de 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica confirma que el Plan Regional Agrario Huancavelica 2024-2028 es legalmente viable y factible, cumpliendo con los lineamientos del Plan de Desarrollo Concertado 2024;

Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su correspondencia;

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, con el voto unánime de sus miembros;

ORDENA:

Artículo Primero.- APROBAR el Plan Regional Agrario Huancavelica 2024-2028, como un instrumento de gestión que establece las estrategias, proyectos y acciones necesarias para el desarrollo sostenible del sector agrario en la región. Siendo el objetivo “INCREMENTAR” la competitividad de los productores agrarios de la región de Huancavelica, el cual está compuesto por 14 capítulos, los cuales abarcan desde el diagnóstico situacional hasta la integración con políticas nacionales y regionales, asegurando una alineación con la Política Nacional Agraria 2021-2030, la Segunda Reforma Agraria, el Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) y otras normativas clave Para garantizar la ejecución de este plan, se han identificado 70 proyectos estratégicos distribuidos en ocho ejes , con una inversión total de S/ 913,969,726.45. destinados a mejorar la competitividad agrícola, la gestión de los recursos hídricos, el fortalecimiento institucional, el acceso al financiamiento y la modernización del sector.

Artículo Segundo.- PRECISAR que algunos de los proyectos contemplados en el Plan Regional Agrario Huancavelica 2024-2028 ya se encuentran en ejecución y en desarrollo, mientras que otros cuentan con expedientes aprobados y están listos para su implementación, a la espera de la asignación de recursos correspondientes. Asimismo, existen proyectos en fase de formulación o idea, los cuales requieren estudios adicionales y elaboración de expedientes técnicos para garantizar su viabilidad. Finalmente, algunos proyectos han sido priorizados dentro del plan y están a la espera de asignación presupuestal para su ejecución, sujetos a la disponibilidad de recursos y mecanismos de financiamiento establecidos en el marco normativo vigente.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Dirección Regional de Agricultura y las demás direcciones adscritas a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la ejecución e implementación del Plan Regional Agrario Huancavelica 2024-2028, en coordinación con instituciones públicas y privadas.

Artículo Cuarto.- CRÉASE la Unidad de Monitoreo y Evaluación del Plan Regional Agrario, dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, encargada de supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el Plan Regional Agrario Huancavelica 2024-2028. El funcionamiento de esta unidad será regulado mediante disposiciones complementarias emitidas por el Gobierno Regional de Huancavelica, asegurando su operatividad dentro del marco normativo vigente.

Artículo Quinto.- El financiamiento para la ejecución del Plan Regional Agrario Huancavelica 2024-2028 se realizará con recursos del Presupuesto Institucional del Gobierno Regional de Huancavelica, así como con fuentes complementarias que permitan garantizar su sostenibilidad y escalabilidad. El Gobierno Regional de Huancavelica será responsable de gestionar y priorizar la asignación de recursos para la ejecución del plan, garantizando la eficiencia y transparencia en el uso del presupuesto destinado al sector agrario.

Artículo Sexto.- El Plan Regional Agrario Huancavelica 2024-2028 deberá integrarse con los siguientes instrumentos de planificación y gestión:

• Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC): Garantizando la alineación con los objetivos estratégicos de desarrollo territorial y sostenible de la región.

• Plan Estratégico Institucional (PEI): Asegurando la articulación con la visión y estrategias de desarrollo del Gobierno Regional de Huancavelica.

• Plan Multianual de Inversiones (PMI): Incorporando los proyectos priorizados del plan dentro de la programación multianual de inversiones, para garantizar su financiamiento y ejecución oportuna.

Asimismo, se promoverá la integración del plan con políticas sectoriales y estrategias nacionales que permitan fortalecer la productividad agraria y garantizar la sostenibilidad de los proyectos en el mediano y largo plazo.

Artículo Séptimo.- DERÓGUESE O DÉJESE sin efecto legal, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente ordenanza regional.

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Huancavelica para su promulgación.

En Huancavelica a los doce días del mes de febrero de 2025.

JUAN JOSÉ ANYAIPOMA MALDONADO

Presidente del Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los trece días del mes de febrero de dos mil veinticinco.

LEONCIO HUAYLLANI TAYPE

Gobernador Regional

2381081-1