Autorizan viaje de personal militar FAP a los Estados Unidos de América, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00268-2025-DE
Lima, 13 de marzo del 2025
VISTOS:
El Oficio Extra FAP N° 000832-2025-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 00385-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 0461- 2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta s/n de fecha 26 de enero de 2024 el Director Ejecutivo del Programa de Alta Dirección PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura informa a la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú que, se llevará a cabo el Programa de Alta Dirección (AD) 2024, del 13 de agosto al 26 de noviembre de 2024;
Que, por medio del Oficio NC-50-DEPE-Nº 171 el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú remite al Director Ejecutivo del Programa de Alta Dirección PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura, la relación del personal de Oficiales Generales propuestos para participar en el citado Programa de Alta Dirección;
Que, con Carta s/n el Director Ejecutivo del Programa de Alta Dirección PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura comunica a la Fuerza Aérea del Perú que, la Semana Internacional 2025 del Programa de Alta Dirección (AD) 2024, organizado por el PAD, se llevará a cabo en la sede del Instituto de Estudios Superiores de la Empresa (IESE, Business School) de Nueva York, Estados Unidos de América, del 13 al 16 de mayo de 2025;
Que, a través del Informe Legal Nº 006-DEAJ 2025 la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú se pronuncia favorablemente para la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en la Semana Internacional, en el lugar y fechas programadas;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Especialización, Capacitación y Perfeccionamiento de la Fuerza Aérea del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP, que participará en la Semana Internacional del Programa de Alta Dirección (AD) 2024, por cuanto la capacitación permitirá contar en la Institución Armada con personal militar actualizado y calificado académicamente, fortaleciendo su capacidad en la toma de decisiones, a fin de obtener mayor liderazgo en su gestión como directivo, redundando en beneficio de la referida Institución Armada;
Que, conforme a lo indicado en el documento acotado los gastos de alojamiento y alimentación serán asumidos por el Programa de Alta Dirección, de acuerdo a la Carta s/n del Director Ejecutivo del Programa de Alta Dirección PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica (US$ 440.00), de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 27 DGVC-ME/SIAF-RP suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos hasta por un veinte por ciento (20%) de viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000003 y Nº 0000000004 emitidas por el Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con el Oficio Extra FAP Nº 000832-2025-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP, que participará en la Semana Internacional del Programa de Alta Dirección (AD) 2024, a realizarse en la sede del Instituto de Estudios Superiores de la Empresa (IESE, Business School) de Nueva York, Estados Unidos de América, del 13 al 16 de mayo de 2025; así como, autorizar su salida del país el 12 de mayo y su retorno el 17 de mayo de 2025;
Que, a través del Oficio N° 00385-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 38-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 00461- 2025-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente General FAP JOSÉ ANTONIO MARTINELLI ECHEGARAY, identificado con NSA Nº 95178 y DNI Nº 43460895 y del Teniente General FAP VÍCTOR OCTAVIO DÍAZ PACHECO, identificado con NSA Nº 95236 y DNI Nº 43334745, para participar en la Semana Internacional del Programa de Alta Dirección (AD) 2024, a realizarse en la sede del Instituto de Estudios Superiores de la Empresa (IESE, Business School) de Nueva York, Estados Unidos de América, del 13 al 16 de mayo de 2025; así como autorizar su salida del país el 12 de mayo y su retorno el 17 de mayo de 2025.
Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Nueva York
(Estados Unidos de América) - Lima
US$ 2,056.78 x 2 personas US$ 4,113.56
Viáticos (20%)
US$ 440.00 x 4 días x 2 personas x 20% US$ 704.00
Total a pagar en dólares americanos: US$ 4,817.56
Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de personal autorizado.
Artículo 4.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria.
Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2380369-1