Autorizan viaje de Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA a la República Italiana, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0073-2025-MIDAGRI
Lima, 13 de marzo de 2025
VISTOS:
El documento C/X/NSP-729 del Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO; el Oficio Nº D000094-2025-MIDAGRI-SENASA-JN, de la Jefatura del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; el Memorando Nº 0517-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe Nº 0088-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y el Informe Nº 0282-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1059, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es un organismo público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, el cual es el responsable de promover y participar en la armonización y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias;
Que, mediante el documento C/X/NSP-729 de fecha 18 de diciembre de 2024, el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO cursa invitación a las partes contratantes de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria - CIPF para participar en la 19ª Reunión de la Comisión de Medidas Fitosanitarias - CMF, en adelante la Reunión, a realizarse del 17 al 21 de marzo de 2025, en la sede de la FAO de la ciudad de Roma, República Italiana; además, adjunta el programa de la Reunión;
Que, con el OF.RE (DAS) Nº 2-9-B/669 de fecha 26 de diciembre 2024, el Director para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores traslada a la Directora de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales del MIDAGRI, la invitación indicada en el considerando precedente para participar en la Reunión;
Que, a través del Oficio Nº 0027-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de fecha 9 de enero de 2025, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MIDAGRI se dirige a la Jefa del SENASA con la finalidad de solicitar que se comunique la designación del representante de la institución que participará en la Reunión;
Que, mediante el Oficio Nº D000037-2025-MIDAGRI-SENASA-JN de fecha 24 de enero de 2025, la Jefa del SENASA comunica al Director para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores que se ha designado al señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de Sanidad Vegetal de dicha entidad y punto de contacto ante la CIPF, como su representante para participar en la Reunión;
Que, mediante Oficio Nº D000094-2025-MIDAGRI-SENASA-JN, la Jefa del SENASA solicita al Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, disponer el trámite de autorización del viaje al exterior del señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, quien es propuesto para participar en la Reunión. Para tal fin, adjunta el Informe Nº D000035-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 19 de febrero de 2025, en el que se exponen las razones técnicas que justifican la participación del referido servidor en la Reunión;
Que, en el referido informe se señala que entre los beneficios a obtenerse con la participación del SENASA en la Reunión, se tiene: la elaboración y actualización de normas nacionales acorde con las normas internacionales en materia fitosanitaria, aprobadas para la facilitación del comercio cumpliendo las medidas fitosanitarias; el fortalecimiento de las capacidades técnicas en materia regulatoria internacional, para las regulaciones y soporte para las negociaciones técnicas para el acceso de productos vegetales al mercado internacional; el acercamiento con representantes de las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria - ONPF de los países asistentes, con el propósito de dar seguimiento a los temas de acceso fitosanitario del país; y el diálogo con las autoridades fitosanitarias de los países importadores, con quienes se mantiene gestiones de acceso de productos vegetales desde nuestro país;
Que, a través del Memorando Nº 0517-2025-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP, remite el Informe Nº 0088-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales - OCAI, señala que el expediente de autorización de viaje al exterior del señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, cumple con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización de viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI, en adelante la Directiva;
Que, asimismo, la OCAI señala que dada la naturaleza de la Reunión, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje del referido servidor del SENASA, en tanto su participación en la Reunión permitirá examinar el estado de la protección fitosanitaria en el mundo; determinar las medidas para combatir la propagación de plagas hacia zonas nuevas; elaborar y adoptar normas internacionales en materia fitosanitaria; establecer reglas y procedimientos para la solución de diferencias; acordar reglas y procedimientos para la difusión de información fitosanitaria; y cooperar con las organizaciones internacionales en las cuestiones que comprende la CIPF;
Que, los gastos que irrogue el viaje del servidor comisionado por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo señalado en la certificación de crédito presupuestario contenida en las Notas Nº 0000001213 y Nº 0000001230;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público;
Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que, las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, mediante Informe Nº 0282-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje al exterior del servidor Orlando Antonio Dolores Salas, con la finalidad de participar en la Reunión;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de asegurar la participación del servidor designado, resulta necesario autorizar el viaje del 15 al 23 de marzo de 2025, conforme se señala en el Anexo 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a la reserva de vuelos que obra en el expediente;
Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y, la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y control de pasajes, viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI-SG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a la ciudad de Roma, República Italiana, del 15 al 23 de marzo de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al Presupuesto del Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Viáticos US $ 540 (5 días act. + 1 día instalación) |
Pasajes aéreos US $ (ida y vuelta) |
Monto Total US $ |
Orlando Antonio Dolores Salas |
3,240.00 |
1,839.70 |
5,079.70 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el comisionado citado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar ante el Titular del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2380182-1